Pago de impuestos por publicidad de Adsense en Perú: ¿Cómo hacerlo correctamente?

  • Autor Autor Luisin
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Buenas compañeros, se que este tema es un viejo debate, pero todo termina en supuestos y los que supuestamente están pagando sus respectivos impuestos, no dicen nada o es que simplemente están diciendo cualquier cosa o inventando lo que leyeron por alli. Nada serio.

He estado averiguando por mi cuenta y hasta donde se, uno se debe registrar como RER(Regimen especial de renta) y como vendedor de bienes(no publicista, o vendedor de espacios de publicidad o informático) ya que estos no encuadran en esta categoría. Regimen Especial de Renta - RER
Por ello deben pagar solo 1.5% de cada cobro y hacer una factura correspondiente. La idea es pagar lo justo, al no estar encuadrados en ninguna categoria específica esto se puede aprovechar.

Hable con un contador que como el 99% no entiende nada, y me dijo: Al emitir una factura y no estar enviándola a nadie(Google no te la pide, y no te da datos legales de como hacerlo, hay una dirección, pero no sabes a donde llega) es como si hicieras facturas apócrifas(facturas a empresas fantasmas) y eso también es delito ya que estas lavando dinero, pero te queda el recibo de WU. Y al menos uno tiene otro argot legal, que es los impuestos que estas pagando.

También leí de que las facturas por exportación están exentas de IGV(el contador me va a averiguar) ya que nosotros haríamos una factura a una empresa extranjera pero no enviamos nada(En este caso, estaríamos exportando servicios profesionales y eso nos quita la opción de poder quedar en la categoría RER).

Bien, quiero que este sea un thread serio y con personas que conozcan el asunto, o en el mejor de los casos estén al tanto de esto y esten tributando como y de que manera.
Por favor, si no sabes del tema o supones algo que no estas seguro, no entres a comentar que confundís en vez de ayudar.

Al margen de esto les digo:
Yo soy Argentino y soy monotributista(Por lo menos acá te la hacen más fácil, no hablemos de donde va a parar ese dinero, esa ya es otra historia). Acá pagas según la categoría de ingresos anuales brutos. Listo.

Saludos.
 
Última edición:
hola
puede detalla como es para argentina??
 
Todavía no tributo pero lo que narras es muy importante. Hasta ahora internet no está en la mira de las leyes peruanas. Esto a largo plaza servirá para los que viven de esto. Saludos.
 
hola
puede detalla como es para argentina??

Aunque este thread es solo para Perú, te voy a dar algunos datos de como es en Argentina.

1. Debes ir a la AFIP para obtener tu clave fiscal 3(monotributista)
2. Ellos te indican los pasos a seguir, de lo contrario por teléfono te van indicando lo que tenés que hacer para darte de alta en la página de la AFIP(cuando ya tengas tu clave fiscal y tu clave de acceso que debes sacarla personalmente en las oficinas de los ñoquis de la afip)
3. Elegís la obra social(la menos peor es Osecac) Despues podes pagar cualquier prepaga que se te cante, dependiendo de cual te hacen un descuento por monotributo, pero si o si debes pagar la obra social del monotributo.

Dependiendo de tus ingresos anuales(podes ganar 100 un mes y 1000 el otro mes, es indistinto, se tributa por año fiscal) es la categoría que te toca AFIP - Administración Federal

OJO con elegir la categoría correcta, por que si elegís la mínima por ejemplo la C, pero tenes ingresos por una categoría superior, cuando quieras hacer algún gasto alto, salta la alarma y te jodés. Como paso con los gatos y piratones que fueron al mundial de Brasil siendo categoría C.... y gastos de 100.000 pesos...? es muy obvio no?

Y nada mas, pagas todos los meses, por internet o pagofacil con tu constancia. Cuando vas a cobrar por WU haces una factura E, de exportación, te lo imprimen en cualquier imprenta habilitada(también viene a ser apócrifa, pero bueno). Si lo queres hacer mas legal, pagas un contador que te haga una constancia de liquidez(para sacar tarjetas, prestamos, etc.) No hace falta llevar libros contables. Salvo tengas ingresos muy grandes y tu categoría se englobe como empresa.

Listo todo en regla, en 3 días o menos lo tenes todo, y a garparle a los ladris K, vos cumpliste, ahora que se fumen tu guita o que se la regalen a la piba chorra esa del celular en el bondi es otro tema... :witless:

Saludos.

- - - Actualizado - - -

Todavía no tributo pero lo que narras es muy importante. Hasta ahora internet no está en la mira de las leyes peruanas. Esto a largo plaza servirá para los que viven de esto. Saludos.

Tal cual, yo me pienso largar por un par de años a Perú, no es que Argentina esté mal, pero acá no se puede pensar en futuro, muchos de mis amigos y colegas están trabajando y ganando muy bien allá, pero antes quiero abrir una empresa o como persona jurídica en Peru, y al menos poder recibir todos los pagos que pueda, por que acá en Argentina te afanan con extrema crueldad y alevosía, y ya me canse de alimentar orcos choripaneros. Sumado a los ladrones de WU, no entiendo por que Xoom y Moneygram, te pagan la media del dolar paralelo y WU se hacen los piolas pagando incluso menos que el oficial.
 
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Aunque este thread es solo para Perú, te voy a dar algunos datos de como es en Argentina.

1. Debes ir a la AFIP para obtener tu clave fiscal 3(monotributista)
2. Ellos te indican los pasos a seguir, de lo contrario por teléfono te van indicando lo que tenés que hacer para darte de alta en la página de la AFIP(cuando ya tengas tu clave fiscal y tu clave de acceso que debes sacarla personalmente en las oficinas de los ñoquis de la afip)
3. Elegís la obra social(la menos peor es Osecac) Despues podes pagar cualquier prepaga que se te cante, dependiendo de cual te hacen un descuento por monotributo, pero si o si debes pagar la obra social del monotributo.

Dependiendo de tus ingresos anuales(podes ganar 100 un mes y 1000 el otro mes, es indistinto, se tributa por año fiscal) es la categoría que te toca AFIP - Administración Federal

OJO con elegir la categoría correcta, por que si elegís la mínima por ejemplo la C, pero tenes ingresos por una categoría superior, cuando quieras hacer algún gasto alto, salta la alarma y te jodés. Como paso con los gatos y piratones que fueron al mundial de Brasil siendo categoría C.... y gastos de 100.000 pesos...? es muy obvio no?

Y nada mas, pagas todos los meses, por internet o pagofacil con tu constancia. Cuando vas a cobrar por WU haces una factura E, de exportación, te lo imprimen en cualquier imprenta habilitada(también viene a ser apócrifa, pero bueno). Si lo queres hacer mas legal, pagas un contador que te haga una constancia de liquidez(para sacar tarjetas, prestamos, etc.) No hace falta llevar libros contables. Salvo tengas ingresos muy grandes y tu categoría se englobe como empresa.

Listo todo en regla, en 3 días o menos lo tenes todo, y a garparle a los ladris K, vos cumpliste, ahora que se fumen tu guita o que se la regalen a la piba chorra esa del celular en el bondi es otro tema... :witless:

Saludos.

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Tal cual, yo me pienso largar por un par de años a Perú, no es que Argentina esté mal, pero acá no se puede pensar en futuro, muchos de mis amigos y colegas están trabajando y ganando muy bien allá, pero antes quiero abrir una empresa o como persona jurídica en Peru, y al menos poder recibir todos los pagos que pueda, por que acá en Argentina te afanan con extrema crueldad y alevosía, y ya me canse de alimentar orcos choripaneros. Sumado a los ladrones de WU, no entiendo por que Xoom y Moneygram, te pagan la media del dolar paralelo y WU se hacen los piolas pagando incluso menos que el oficial.

Perú vive un buen momento económico. Lo que me preocupa es que no haya mucha regulación en las empresas y las inmobiliarias. Lo que me preocupa es que la burbuja inmobiliaria aquí explote como lo fue en España. Pero hay optimismo en que todo mejorará por acá.
 
Alguien que se haya acogido al RER? Bajo que rubro? Ya que en RER se prohibe a las actividades informáticas y conexas, y esto incluye disipación (redactor? bloguero?), generacion de una base de datos, etc etc.
Cualquier ayuda seria excelente.
Saludos
 
copio algunas preguntas que hice en otro thread:

por favor ayudenme con estas dudas:

1. alguien tiene idea de cuando se aplicaran estos cambios? el email dice "pronto estarán disponibles como nueva forma de pago en tu país.", espero que no tan pronto,

2. yo no tengo ninguna cuenta bancaria, ¿puedo crearme una cuenta en cualquier banco para este proposito? cual me recomiendan

3. y por ultimo, no gano mucho de adsense, solo el equivalente a unos 1100 soles, ¿eso aplica para pagar impuestos?

gracias
 
Mi experiencia:

- No me he acogido a ningún régimen.

- Los impuestos los pago como persona natural.

- Declaro los ingresos como "ingresos de fuente extranjera".

- No emito boletas, recibos ni nada parecido.

- Pago el 15% de los ingresos anuales.

- Para evitar pagar tanto a fin de año hago pagos a cuenta de 10% cada mes (opcional).

- Mi amigo contador me recomendó todo esto.

- Hay otros usuarios que declaran de forma diferente, a ciencia cierta no hay ley específica para este tipo de ingresos, pero por consejo de un primo que trabajaba hasta hace poco en SUNAT, la que uso es la más acertada.


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Bueno, ahora que los pagos de adsense en Perú se harán vía ETF es más probable que SUNAT empiece a tener más control sobre las ganancias por internet a través de sitios web, que es lo que la mayoría de webmasters hacemos.

En mi opinión los que se han acogido al RER están equivocados por que en la ley del RER dice claramente que no pueden acgerse a este régimen los que realicen la actividad de "Informática y Conexas" según el CIIU aplicable al Perú.

El hecho de que se inscriban bajo otra actividad no quiere decir que estén en lo correcto ya que existe un precedente en la SUNAT que tipifica la actividad que la mayoría de este foro realizamos:

CIIU 7240: "Actividades relacionadas con bases de datos y distribución en línea de contenidos electrónicos", la misma que está relacionada con portales web.

Esta sub-clase pertenece a la clase 72 que es: "Informática y actividades conexas", la cual es prohibida por el RER

El precedente es el siguiente:

http://www.sunat.gob.pe/legislacion/oficios/2010/informe-oficios/i057-2010.pdf

Leer el tercer párrafo del punto 3.

En mi opinión esto ya es un hecho, con precedentes emitidos por la propia SUNAT.

¿Bien entonces qué queda?

Personalmente creo que la mejor opción es acogerse al Regimen General, a pesar de los altos impuestos que ello conlleve.

Pagar impuestos a fin de año no me parece tampoco bueno, por que no son ingresos recibidos del exterior tipo remesas o regalías, sino que son ingresos personales percibidos por una actividad hecha en Perú, por lo tanto nuestra actividad es como domiciliados en Perú por más de que cobremos del extranjero.

Por mi parte me falta averiguar si se puede uno acoger al RUS ya que en ninguna parte de la ley del Nuevo RUS dice que no se pueda cobrar del extranjero ni "exportar" servicios, en mi concepto no exportamos servicios, adsense no nos paga por lo que escribimos sino por el espacio de nuestros portales web, tal como lo dice claramente el informe antes citado por la SUNAT.

Iré uno de estos días a la SUNAT con el informe impreso, la clase del CIIU en la cual nos encontramos yo diría casi exactamente sin lugar a error, y trataré de hacer entender a quien me toque (cabezas duras) que no somos publicistas ni agentes de publicidad ni exportamos servicios, sino que somos personas naturales que nos dedicamos a la clase 72 (Informática y actividades conexas), más específicamente a la 7240, y que deseo acogerme al Nuevo RUS.

Adicionalmente en el foro de peru.com nadie dice por que no se podría uno acoger el Nuevo RUS, solo lo dicen pero sin ningún sustento.

A ver qué dicen los demás...

Saludos.
 
Todos son supuestos, vas a sunat y uno te dice A, el otro B.

Declararlos como ingresos de renta extranjera sigue siendo para mi la mejor opción. No importa sin son remesas, pagos, etc, son simplemente "ingresos".

Si vas a Sunat nos cuentas que te dijeron, seria bueno que otros también lo hagan para comparar.




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el problema es que en sunat tampoco estan informados, segun fuente de una persona conocida me dijeron que los que han ido a pagar impuestos han seguido el tutorial de Facturar y Pagar Impuestos por Adsense | « Adsense | Perú » , pero en los ultimos comentarios cito:
Eso de emitir facturas o recibos a una empresa que "no existe"(sede google no es adsense) se presta para lavar dinero... Usando cualquier opción puedo lavar dinero facilmente, incluso respaldado por la sunat... los narcos se envian dinero y pagan impuestos y listo, lavadito.... creo que es incorrecto hacer eso y que la sunat te diga que hagas eso...

Google no te pide recibo, y google no te da un recibo con valor legal en Perú... tu tampoco trabajas para google.. eso siginifica que no le das servicio a google ni le vendes nada, tampoco que tienes domicilio fizcal en EEUU...

LA UNICA MANERA DE SUSTENTAR TU INGRESO ES POR TU RECIBO DE "WESTER UNION", NO EXISTE OTRA.

Esto se asemeja a ingreso por REMESA, y las remesas hasta hoy no tienen impuestos...

pero, de igual forma eso de no pagar impuestos es mentira, resumiendo se debe pagar si o si pero no hay mucha informacion en la misma sunat, pero como dicen es mejor tributar erróneamente a no tributar nada que es mucho peor. Saludos
 
el problema es que en sunat tampoco estan informados, segun fuente de una persona conocida me dijeron que los que han ido a pagar impuestos han seguido el tutorial de Facturar y Pagar Impuestos por Adsense | « Adsense | Perú » , pero en los ultimos comentarios cito:


pero, de igual forma eso de no pagar impuestos es mentira, resumiendo se debe pagar si o si pero no hay mucha informacion en la misma sunat, pero como dicen es mejor tributar erróneamente a no tributar nada que es mucho peor. Saludos

Buenas, gracias por poner el link, leyendo un poco que también habla del régimen RER, y que fácilmente podemos saltar la restricción de no encuandrarnos como informáticos. Por ejemplo alguien que vende frutas por internet, en que régimen entra? Obviamente en venta de frutas, supongo que será venta de perecederos y que usa internet y su página como medio de venta, así que es imposible encuadrarlo como informático. Que opinas [MENTION=3254]BloggerAmigo[/MENTION]

Entonces, nosotros hacemos prácticamente lo mismo, cedemos espacios en nuestra web para que un tercero realice sus ventas. Nosotros no trabajamos para google ni para ese tercero, simplemente le cedemos espacios en nuestro medio para sus ventas. Eso nos quita de la categoría de informáticos(donde si estarían los programadores, administradores de servidores, dueños de empresas de software, etc etc).

Esta semana me reúno de nuevo con el contador a ver que me dice.
Sigan aportando sus averiguaciones, la idea es pagar lo menos posible pero que sea legal, ya que un 15% del que habla Rickroma, me parece como mucho....:grumpy: Si ganas poco, parece poco, pero si tus ganancias son altas, se va sintiendo la diferencia.
 
Última edición:
me uno al hilo!, También Peruano, gano una cantidad formidable, y estoy en la duda de formalizar el negocio o no.
 
Mi experiencia:

- No me he acogido a ningún régimen.

- Los impuestos los pago como persona natural.

- Declaro los ingresos como "ingresos de fuente extranjera".

- No emito boletas, recibos ni nada parecido.

- Pago el 15% de los ingresos anuales.

- Para evitar pagar tanto a fin de año hago pagos a cuenta de 10% cada mes (opcional).

- Mi amigo contador me recomendó todo esto.

- Hay otros usuarios que declaran de forma diferente, a ciencia cierta no hay ley específica para este tipo de ingresos, pero por consejo de un primo que trabajaba hasta hace poco en SUNAT, la que uso es la más acertada.


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haber si entendi si cada mes generas mil soles, mensualmente tendrias q abonar a la sunat 100 soles ?????
 
haber si entendi si cada mes generas mil soles, mensualmente tendrias q abonar a la sunat 100 soles ?????

Desaprobado en comprensión lectora ...

Estoy viendo Lost luego vuelvo [emoji1]


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yo saco varios miles de soles por mes y no he pagado ni un sol, ya me verán algún día.. forobetano está preso, colaboración para sacarlo :s la última parte no creo que lo pongan..

saludos :encouragement:
 
pero si lo dices claramente

- Para evitar pagar tanto a fin de año hago pagos a cuenta de 10% cada mes (opcional).


X eso yo te hablo pago mensual estoy omitiendo el anual :welcoming:

Conectate al skype hace tiempo que te quiero hablar de eso ¬¬
 
El que debe de tener experiencia en este tema es Exchangerperu.
A mi hasta ahora en el banco no me dicen nada 😕
 
Hola, Al igual que ustedes soy de Lima , Perú y en algún momento mi espíritu altruista me llevo a informarme. Pero todo quedo allí, pagar 15% como impuesto me parece demasiado. Yo he percibido ingresos de 9K mensual y he oido opiniones de todo tipo. Desde personas que emiten recibos por honorarios ?WTF hasta personas que facturar ya sea en el RER o Regimen General.

Para entender un poco, la ley indica que se deben declarar todos los ingresos, (rentas) por trabajos realizados. Todos debemos declarar, en teoria, aunque en la practica es algo que no se cumple, debido a una mala formación tributaria.

SUNAT:
Rentas del Trabajo (cuarta y/o quinta categoría) y Renta de Fuente Extranjera, tributan con tasas progresivas acumulativas de 15%, 21% y 30%, es decir, a mayor renta en el año (mayor ganancia), mayor será la tasa (%) de impuesto que deba pagar.

Pagar de forma progresiva, 15%, 21% y 30% me parecen impuestos demasiado altos para declarar. Pero es lo que "en teoria" se debe pagar.

Ahora, si piensas que la SUNAT no sabe que recibes pagos del extranjero de forma regular estas equivocado, existe un impuesto llamado "ITF" que son centavos que toda entidad financiera aplica al momento de hacer una trasacción, (retiro de dinero o deposito) , de esa manera la SUNAT graba tus movimientos para detectar posibles caso de fraude y lavado de dinero. No es nuestro caso, pero podrían pensar eso.

A pesar de que ya no trabajo con AdSense, de los 60K que he recibido no he pagado ningún tipo de impuesto.

Como dice AdSense en sus clausulas, es responsabilidad de los anunciantes pagar los impuestos que correspondan.

Salsaludos.
 
Última edición:
pero si lo dices claramente

- Para evitar pagar tanto a fin de año hago pagos a cuenta de 10% cada mes (opcional).

X eso yo te hablo pago mensual estoy omitiendo el anual :welcoming:

Conectate al skype hace tiempo que te quiero hablar de eso ¬¬

A ver paso a explicar:

Al declarar como renta de fuente extranjera no es OBLIGATORIO pagar cada mes, pero yo hago PAGOS A CUENTA para así a fin de año no tener que pagar una cantidad fuerte.

- - - Actualizado - - -

A pesar de que ya no trabajo con AdSense, de los 60K que he recibido no he pagado ningún tipo de impuesto.

Como dice AdSense en sus clausulas, es responsabilidad de los anunciantes pagar los impuestos que correspondan.

Salsaludos.

Sería perfecto no pagar nada a la SUNAT, yo detesto hacerlo en verdad porque el dinero que recaudan es en su mayoría destinado a engordar a la clase política parásita, pero solo queda cumplir con la obligación.

Y la SUNAT no es Dios, no puede estar en todos lados, en realidad ellos aun no conocen bien este mercado online, o si lo conocen tal ves es un muy pequeño para ellos, a la SUNAT le gusta más complicar la vida a los pequeños comerciantes. El problema es que si tienes la mala suerte de prender las lucesitas de alarma allí recién revisan tus movimientos de dinero a través del famosos ITF, y como activas esas alarmas, pues comprando una casa, terreno, departamento, auto o lo que sea de alto valor, por si no lo saben la SUNAT está interconectada (tienen un pacto diabólico) con Registros públicos, notarios, bancos, etc.

Pero tampoco es para asustarse, si te detectan solo tienes que pagar lo que no declaraste más una multa que no es muy grande , además que puedes fraccionar y con suerte te reducen la multa...
 
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