Guía para pagar impuestos de Adsense en España: Autónomos y empresas

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Interesante tema. Si ganas menos de 3.000 euros no interesa hacerte autonomo, ya que los gastos se comerian los ingresos.
 
De que forma "entra" hacienda... es decir, de cuanto seria la multa si te pillan?
 
Si ganas menos de 3.000 euros anual no interesa hacerte autonomo, no ? pero si divides 3.000/12 son 250 € al mes y si te haces autonomo se lo quedan todo io no entender :ambivalence:
 
Muchas graciass

Enviado desde mi MB525 usando Tapatalk
 
Aunque el tema del IVA está ya muy claro en el post, es interesante ver esta página de la propia Agencia Tributaria.
Los que residimos en España y tenemos alojado el sitio web también en España estaríamos en el caso 1-A-b-II: prestador del servicio establecido en España (Península y Baleares) y prestando el servicio también desde España, siendo el destinatario del servicio prestado por vía electrónica (Google AdSense) un empresario o profesional establecido en un Estado miembro de la Unión Europea distinto de España:

  1. el lugar de realización de estas prestaciones de servicios es el Estado miembro donde esté establecido el destinatario
  2. Ud no debe repercutir el IVA español
  3. el sujeto pasivo del IVA en el Estado de destino, en estos casos, es el empresario o profesional destinatario del servicio

Sujeto pasivo: aquel sobre el que recae la obligación tributaria, el debe pagar el tributo.

Como ya ha quedado también claro en este post, sí habrá que declarar los ingresos como actividad económica, así como cualquier gasto necesario para la obtención de los ingresos (los gastos de alojamiento del sitio web, por ejemplo), pero no podremos deducir IVA al no ingresar ningún IVA.


Y si mi web que está en inglés, con mi servidor en alemania, y yo residente en españa... tengo igualmente que declarar mis impuestos aqui? el servicio se supone que lo doy en alemania porque es donde están mis servidores....

y si creo una empresa en un paraiso fiscal y facturo en dicho "paraiso", pero me hago un contrato para cotizar aqui en España, con mi seguridad social... etc, los beneficios que tengo en esa empresa que está en otro pais.. tendria que declaralos aqui en España?? 😉
 
Legalmente, lo importante para pagar impuestos, es donde residas.
 
Bastante útil este post. Yo voy a dejar la "ilegalidad" para montar una SL tras pasar el verano. Me surgen algunas dudas, a ver si me las podéis aclarar.
Las reseñas, artículos y demás que se negocian en el foro, ¿habría que contabilizarlos? Ya se que como no se entrega factura no habría que declararlos, pero en el caso de la contabilización no se si se podría poner como "otros gastos" u "otros ingresos" a pesar de no tener factura.
 
Bastante útil este post. Yo voy a dejar la "ilegalidad" para montar una SL tras pasar el verano. Me surgen algunas dudas, a ver si me las podéis aclarar.
Las reseñas, artículos y demás que se negocian en el foro, ¿habría que contabilizarlos? Ya se que como no se entrega factura no habría que declararlos, pero en el caso de la contabilización no se si se podría poner como "otros gastos" u "otros ingresos" a pesar de no tener factura.

No, normalmente no se contabilizan, menos si es a otro pais (sudamerica en este caso).

Decir tambien, que si tienes menos de 30 años, la cuota mensual (tanto de autonomos como de SL) baja a 178€ al mes.

Saludos
 
No, normalmente no se contabilizan, menos si es a otro pais (sudamerica en este caso).

Decir tambien, que si tienes menos de 30 años, la cuota mensual (tanto de autonomos como de SL) baja a 178€ al mes.

Saludos

Interesante cuestión, no la conocía1 :welcoming:
 
Muy buena la explicación, Gracias.
 
Bastante útil la explicación!
Gracias!
 
No, normalmente no se contabilizan, menos si es a otro pais (sudamerica en este caso).

Decir tambien, que si tienes menos de 30 años, la cuota mensual (tanto de autonomos como de SL) baja a 178€ al mes.

Saludos

Algo bueno que tiene nuestro país :encouragement:
 
Muy interesante y necesario.
 
Este tema esclarece muchas dudas, siempre estaba dubitativo con respecto al IVA, pero resulta que no hay que pagarlo :encouragement:
 
Permiteme la actualizacion del iva = 21% y del irpf retenciones = 21%
 
Muchas gracias Carlikos
 
gracias por la info!
 
Realmente hay quien declare sus ganancias en adsense???? hombre....los que ganan 1000 euros para arriba no digo que no...pero los que ganan 100, 200, 300, 500 euros.... sois autónomos? No me lo creo...

No hay nadie que ganando 500, paga 250 de autonomos, + gastos + irpf. Sería de locos.
 
Bueno tampoco veamos los 250 euros de autonomos o seguridad social como un gasto ¿Por qué?

* Nos da cobertura médica gratuita.
* Si se paga el añadido tendremos derecho a paro si algo sale mal
* Y lo más importante, estamos cotizando todos los meses para nuestra futura pensión de jubilación

Más que un gasto es una inversión esos 250 euros, si yo ganara 250 euros y pagara 250 euros, iría en conformidad a la ley, me evitaría cualquier susto y estaría invirtiendo en mi futuro, bien es cierto que sé de buena tinta porque mi padre trabaja en la fiscalía que se ha de declarar hasta el primer euro que se gana, otra cosa es que Hacienda vaya a investigar a 46 millones de españoles, cosa la cual es una quimera...

Cuando tu tienes un negocio, y le compras a tu proveedor un pale de naranjas de 3000 euros, cuando se llega a esta cantidad, el tiene que declararte a ti como comprador y tu como comprador y empresa tienes que declararlo a él, si uno de los dos no se declara se cruzan datos y aquí es cuando aparece hacienda.

Hacienda no va a proceder una proceso judicial o a destinar un inspector que cobra 90.000 euros anuales, para un pobre diablo que cobra de 300 euros al mes, e incluso si sobrepasa los 3000 euros anuales puede que pasen 3 kilos de ti , suelen canalizar sus esfuerzos e investigaciones en cifras más interesantes que la paga de la abuela de navidad o cifras irrisorias, que no compensarían ni el pestañeo de uno de estos investigadores que cobran cifras millonarias. Saludos.
 
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