Hay que tener en cuenta que hablamos siempre de beneficios (ingresos - gastos), con lo que se tributa por los beneficios y todos los gastos son deducibles. Todas las facturas de gastos asociadas a la actividad hay que contabilizarlas (hosting, dominos, publicidad, equipos informáticos, reparaciones,...) también son deducibles los gastos de alquiler de oficinas, o intereses de la hipoteca si las oficinas son propias. La forma de evitar pagar tantos impuestos es generar gastos y demostrar que estos están asociados a la actividad, eso puede llegar a ser un arte. Afortunadamente nuetra actividad es muy variada, tanto como la temática de nuestros blogs y son muy variadas las facturas de gastos que se pueden meter.
La verdad que lo que se lleva Hacienda es una pasada, pero no olvidemos que cuando trabajamos por cuenta ajena nos están reteniendo aroximadamente un 20% para unos 1200 euros entre Hacienda y Seguridad Social, la empresa nos paga 1500 euros y antes de que lo veas ya te han retenido 300 para que tu sueldo quede en los 1200 que cobramos netos, pero como no hemos visto, no nos parece tanto. Lo del 45% es el caso máximo, cuando se ingresas crifras de beneficios muy altas, en esos casos supongo que la gente sacará el dinero de España y lo lleva a paraísos fiscales como Suiza o Mónaco, pero calculo que un 35% / 40% si te pueden quitar teniendo unos beneficios altos pero no millonarios.