Blog de España y cookies

  • Autor Autor krusty72
  • Fecha de inicio Fecha de inicio
K

krusty72

Kappa
¡Usuario con pocos negocios! ¡Utiliza siempre saldo de Forobeta!
Tengo un blog de noticias de España con .com y pronto registraré el .es.

El hosting está en Estados Unidos, debo hacer mención de las cookies como ahora es obligación para sitios españoles después de comprar el .es?

O solo es si estuviera alojado en España?
 
Básicamente son 2 aspectos que se toman en cuenta:
1.-Que vivas en España
2.-Que tu sitio sea dirigido a residentes de España (no importa si no vives en un estado de la Unión Europea)



CAPÍTULO II

Ámbito de aplicación

Artículo 2 Prestadores de servicios establecidos en España

Artículo 3 Prestadores de servicios establecidos en otro Estado miembro de la Unión Europea o del Espacio Económico Europeo
Artículo 4 Prestadores establecidos en un Estado no perteneciente a la Unión Europea o al Espacio Económico Europeo

Artículo 5 Servicios excluidos del ámbito de aplicación de la Ley

1. Se regirán por su normativa específica las siguientes actividades y servicios de la sociedad de la información:

a) Los servicios prestados por notarios y registradores de la propiedad y mercantiles en el ejercicio de sus respectivas funciones públicas.
b) Los servicios prestados por abogados y procuradores en el ejercicio de sus funciones de representación y defensa en juicio.
 
Atrás
Arriba