¿Declarar ganancias blog a hacienda en México?

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Dseda
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Hola amigos hace alrededor de un año cree un blog educativo y hace un mes aproximadamente vi la manera de monetizarlo en serio (aparte de adsense) y decidí vender cierto material educativo para profesores, al poco tiempo recibí pedidos del material así que he podido hacer más dinero con ésto que con adsense en mucho mas poco tiempo, pero los pagos me los hacen a mis cuentas bancarias ( hablo de méxico), y me pregunto o más bien les pregunto si debo declarar a hacienda el dinero de los depósitos.

Gracias
 

neohunter

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Conocen contadores que manejen bien el tema web?

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Mr. Nitro

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Hola amigos hace alrededor de un año cree un blog educativo y hace un mes aproximadamente vi la manera de monetizarlo en serio (aparte de adsense) y decidí vender cierto material educativo para profesores, al poco tiempo recibí pedidos del material así que he podido hacer más dinero con ésto que con adsense en mucho mas poco tiempo, pero los pagos me los hacen a mis cuentas bancarias ( hablo de méxico), y me pregunto o más bien les pregunto si debo declarar a hacienda el dinero de los depósitos.

Gracias

De acuerdo a lo que dice la Ley de ISR si debes declararlo

Conocen contadores que manejen bien el tema web?

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Cualquier contador que este actualizado en lo fiscal puede ayudare a hacer las declaraciones, solo hay que calcular el monto del impuesto, saludos
 

tepublico

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Si eres de España y no pasas los 3000 euros anuales no tienen ninguna obligación.

edito...

Hay que Pagar, aunque sean 10 euros al año :distant:

saludos !
 
Última edición:

javier29pe

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Si eres de España y no pasas de 3000 euros el computo de la suma de todas tus ganancia sea cual sea el origen de tus ganancias, en la declaracion anual del siguiente año te saldra que no tienes obligacion de realizar la declaracion anual, sin embargo hacienda vera que tu no has hecho las declaraciones trimestrales (cuando tus pagadores les envien su contabilidad a hacienda) lo cual te representara si o si una inspeccion fiscal con citacion por delito fiscal y hacienda tras ver que has ejercido actividad economica sin declarar notificara a la seguridad social que has estado realizando actividad economica laboral sin pagar seguro de la seguridad social, con lo cual recibiras otra citacion de la seguridad social por impago de cuotas, con lo cual tendras otra citacion por impago a la tesoreria de la seguridad social.

Magicamente en la declaracion anual del siguiente año no pagaras y no tendras obligacion de pagar.

Pero .... nada mas que en citaciones y revisiones prepara unos cuantos centenares de euros y buscate un asesor fiscal para que te explique en que consisten las multas que tendras que pagar por creerte que trabajar en España ganando poco te exhime de pagar impuestos y de cotizar al seguro de la seguridad social.

Por amor de Dios dejad de decir a la gente que si una cantidad u otra no tienes que pagar, una cosa es que te salga a devolver en la declaracion del siguiente año y otra que te pases por el forro las legislaciones laborales y fiscales.

Si eres de España y no pasas los 3000 euros anuales no tienen ninguna obligación.

saludos !
 

tepublico

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Vamos que a pesar de ganar poco tenemos que seguir manteniendo a los parasitos :/
después preguntan por que España esta mal, cuando hay gente como urgandarin que se pasan la ley por donde se le da la gana.
y mejor me cayo por que si no me entra la impotencia con este pais tan bonito legislado por incompetentes.

lo consultare con mi asesora gracias por el dato :)

--

Si eres de España y no pasas de 3000 euros el computo de la suma de todas tus ganancia sea cual sea el origen de tus ganancias, en la declaracion anual del siguiente año te saldra que no tienes obligacion de realizar la declaracion anual, sin embargo hacienda vera que tu no has hecho las declaraciones trimestrales (cuando tus pagadores les envien su contabilidad a hacienda) lo cual te representara si o si una inspeccion fiscal con citacion por delito fiscal y hacienda tras ver que has ejercido actividad economica sin declarar notificara a la seguridad social que has estado realizando actividad economica laboral sin pagar seguro de la seguridad social, con lo cual recibiras otra citacion de la seguridad social por impago de cuotas, con lo cual tendras otra citacion por impago a la tesoreria de la seguridad social.

Magicamente en la declaracion anual del siguiente año no pagaras y no tendras obligacion de pagar.

Pero .... nada mas que en citaciones y revisiones prepara unos cuantos centenares de euros y buscate un asesor fiscal para que te explique en que consisten las multas que tendras que pagar por creerte que trabajar en España ganando poco te exhime de pagar impuestos y de cotizar al seguro de la seguridad social.

Por amor de Dios dejad de decir a la gente que si una cantidad u otra no tienes que pagar, una cosa es que te salga a devolver en la declaracion del siguiente año y otra que te pases por el forro las legislaciones laborales y fiscales.
 

javier29pe

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Es injusto, totalmente de acuerdo, si se gana poco se paga mucho mas de lo que se gana = cierto.

pero esto funciona en plan cabeza cuadrada = desarrollas actividad economica = pagas todas las bases por entrar en dicho sistema, sin consideracion alguna.

Cierto es que en la declaracion anual del siguiente año te puede tocar a devolver, pero Primero pagas si o si (y por adelantado = tu pagas el dia 29 o 30 de cada mes anterior al que ejerces actividad economica)
 

webofthegames

Kappa
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Y decian que hemos vivido por encima de nuestras posibilidades y no digo que no pero lo que se esta destapando en la actualidad en España es para decir los politicos si que vivian por enciam de sus posibilidades y para ello robaron "un puñao" de millones xD me rio pero la verdad que la situacion aqui es lamentosa y la politica que se esta aplicando no creo que ayude a levantar esto, si devolvieran todo el dinero robado que no es poco y que seguro que saltaran mas casos de robo y corrupcion nos ayudaria a levantar un poco. Esta son las consecuencias de dar el poder obsuloto durante muchos años a los politicos y a la banca que lo unico que han hecho ha sido moldear las leyes para que en caso de que todo se fuese al traste ellos no fuesen perjudicado( ellos seguro que ya lo veian venir)

Vamos que a pesar de ganar poco tenemos que seguir manteniendo a los parasitos :/
después preguntan por que España esta mal, cuando hay gente como urgandarin que se pasan la ley por donde se le da la gana.
y mejor me cayo por que si no me entra la impotencia con este pais tan bonito legislado por incompetentes.

lo consultare con mi asesora gracias por el dato :)

--
 
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Añado además a lo dicho anteriormente, que si facturas menos de 3.000 euros anuales no tienes obligación de presentar declaración ni tampoco de darte de alta como autónomo en actividades económicas en la seguridad social ni pagar las cuotas mensuales, pero SÍ TIENES OBLIGACIÓN DE HACER FACTURAS a tus clientes. Probablemente tus facturas no lleven IRPF pero sí deben llevar el IVA que les corresponda. Y esas facturas debes presentarlas cada trimestre.

Todo el dinero, y toda actividad económica en España está sujeta a impuestos, que se pagan de una forma u otra (directos o indirectos). En este caso los productos que venden llevan IVA. Si fuesen actividades formativas (que tú dieras clase) no llevarían IVA pero sí IRPF. Como dice el compañero de arriba, es rotundamente falso que en España sea legal mover dinero negro por debajo de una determinada cantidad: todo el dinero que se mueve debe pagar impuestos. Otra cosa distinta es que no haya que hacer declaración de la renta si ganas menos de 15.000 euros brutos por cuenta ajena porque ya te retienen los impuestos de la nómina, o que no haya que darse de alta como autónomo si facturas menos de 3.000 euros al año porque ya declaras el IVA en tus facturas. Pero eso de que "por debajo de x cantidad no hay que declarar" es falso.

---------- Post agregado el 15-jul-2013 hora: 10:53 ----------

Si eres de España y no pasas los 3000 euros anuales no tienen ninguna obligación.

saludos !

:pirate:

Falso. Si no pasas de los 3.000 euros anuales hay CIERTAS OBLIGACiONES que no tienes. Pero eso de "ninguna obligación" es rotundamente falso.
- Si no pasas de los 3.000 euros anuales no tienes obligación de darte de alta como autónomo en la seguridad social.
- Si no pasas de los 3.000 euros anuales no tienes obligación de pagar la cuota de autónomo
- Pero aunque no pases de los 3.000 euros anuales SÍ tienes obligación de hacer facturas a tus clientes, guardar las facturas de tus proveedores, declarar el IVA y en aquellos casos en los que la actividad esté sujeta, también el IRPF.
 

tepublico

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Ya me lo comentaron, no tienes por que hacer leña del árbol caído....
vienes de foroches ? lo digo por la forma de citar. aquí nos respetamos :)

Añado además a lo dicho anteriormente, que si facturas menos de 3.000 euros anuales no tienes obligación de presentar declaración ni tampoco de darte de alta como autónomo en actividades económicas en la seguridad social ni pagar las cuotas mensuales, pero SÍ TIENES OBLIGACIÓN DE HACER FACTURAS a tus clientes. Probablemente tus facturas no lleven IRPF pero sí deben llevar el IVA que les corresponda. Y esas facturas debes presentarlas cada trimestre.

Todo el dinero, y toda actividad económica en España está sujeta a impuestos, que se pagan de una forma u otra (directos o indirectos). En este caso los productos que venden llevan IVA. Si fuesen actividades formativas (que tú dieras clase) no llevarían IVA pero sí IRPF. Como dice el compañero de arriba, es rotundamente falso que en España sea legal mover dinero negro por debajo de una determinada cantidad: todo el dinero que se mueve debe pagar impuestos. Otra cosa distinta es que no haya que hacer declaración de la renta si ganas menos de 15.000 euros brutos por cuenta ajena porque ya te retienen los impuestos de la nómina, o que no haya que darse de alta como autónomo si facturas menos de 3.000 euros al año porque ya declaras el IVA en tus facturas. Pero eso de que "por debajo de x cantidad no hay que declarar" es falso.

---------- Post agregado el 15-jul-2013 hora: 10:53 ----------



:pirate:

Falso. Si no pasas de los 3.000 euros anuales hay CIERTAS OBLIGACiONES que no tienes. Pero eso de "ninguna obligación" es rotundamente falso.
- Si no pasas de los 3.000 euros anuales no tienes obligación de darte de alta como autónomo en la seguridad social.
- Si no pasas de los 3.000 euros anuales no tienes obligación de pagar la cuota de autónomo
- Pero aunque no pases de los 3.000 euros anuales SÍ tienes obligación de hacer facturas a tus clientes, guardar las facturas de tus proveedores, declarar el IVA y en aquellos casos en los que la actividad esté sujeta, también el IRPF.
 

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[MENTION=44732]EsLoQueHiHa[/MENTION] Doy por hecho entonces que tu cumples la Ley a raja tabla y emites facturas de todo, explica entonces cómo se declaran las reseñas o enlaces que se venden en el foro, así como lo de AdSense, para el usuario que preguntó y los demás, pues si no me equivoco está preguntando el modo de hacerlo.
 
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14 Jun 2013
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[MENTION=44732]EsLoQueHiHa[/MENTION] Doy por hecho entonces que tu cumples la Ley a raja tabla y emites facturas de todo, explica entonces cómo se declaran las reseñas o enlaces que se venden en el foro, así como lo de AdSense, para el usuario que preguntó y los demás, pues si no me equivoco está preguntando el modo de hacerlo.

Haz lo que yo diga, no lo que yo haga ;)
Que deba hacerse de determinada forma no implica que lo habitual sea hacerlo así. Si todo el mundo cumpliera la ley a rajatabla, no habría economía sumergida, dinero negro, mafias, etc. Un mundo ideal :D

En respusta a tu pregunta, las reseñas y enlaces que se venden en el foro deberían llevar factura emitida por parte del proveedor, esto es, quien te vende el servicio. Y tú deberías guardarla y deducirlo de tus ganancias en caso de que presentes contabilidad trimestral (si es que no puedes acogerte al sistema de módulos). Y ambas partes deberían declarar esas facturas y deducirse el IVA correspondiente.

Y adsense emite facturas también válidas para la Unión Europea.

Ya me lo comentaron, no tienes por que hacer leña del árbol caído....
vienes de foroches ? lo digo por la forma de citar. aquí nos respetamos :)

No hago leña del árbol caído, simplemente amplío información y resalto las partes que no son ciertas. ¿Me quieres explicar dónde te he faltado al respeto?
Estamos un poco susceptibles, tal vez...
 
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