Bueno pues tengo una duda, no se si en España ya hemos tenido que insertar cuando ponemos nuestros datos bancarios el Iban o no. Y es que si en Europa no insertamos este nuevo código, a partir de febrero no vamos a poder recibir ningún ingreso, lo cual me comienza a preocupar, ya que no quiero dejar estas cosas para última hora.
La verdad es que ando un poco perdida, por eso os quiero preguntar.
la palabra de moda será IBAN, el nuevo identificador de las cuentas corrientes que exige la Zona Única de Pagos en Euros (SEPA en sus siglas en inglés) para que se pueda operar en toda la zona desde una cuenta bancaria única. El IBAN sustituirá al Código Cuenta Cliente (CCC), y es este mismo más cuatro dígitos que se anteponen al CCC: dos para identificar al país (ES en el caso de España) y otros dos calculados mediante un algoritmo para cada cuenta bancaria. El IBAN será exigido obligatoriamente a partir del 1 de febrero para efectuar domiciliaciones de recibos, pagos por transferencia, ingresos de nóminas y otras operaciones.
La verdad es que ando un poco perdida, por eso os quiero preguntar.
la palabra de moda será IBAN, el nuevo identificador de las cuentas corrientes que exige la Zona Única de Pagos en Euros (SEPA en sus siglas en inglés) para que se pueda operar en toda la zona desde una cuenta bancaria única. El IBAN sustituirá al Código Cuenta Cliente (CCC), y es este mismo más cuatro dígitos que se anteponen al CCC: dos para identificar al país (ES en el caso de España) y otros dos calculados mediante un algoritmo para cada cuenta bancaria. El IBAN será exigido obligatoriamente a partir del 1 de febrero para efectuar domiciliaciones de recibos, pagos por transferencia, ingresos de nóminas y otras operaciones.