Pago de impuestos por publicidad de Adsense en Perú: ¿Cómo hacerlo correctamente?

  • Autor Autor Luisin
  • Fecha de inicio Fecha de inicio
Definitivamente este tema es un gran Lio Conozco a un Amigo que ah Generado en el 2011 una gran cantidad de dinero sobre los 700 000 soles aproximadamente, el tenia su empresa y estuvo declarando como exportación de servicios y demás tenia varios contadores, desde ya hace meses la sunat le fiscalizo y pese a todo argumento lo considero como empresa de publicidad, aplicándolo renta, igv y con todo ello mas multas y todo por mas de 500 000 soles ahora el sigue en pie de lucha ya ante el tribunal fizcal, lamentablemente hay muchos vacios legales tributarios y mucha confusión en este tema y como dicen la sunat no entiende ni el 1% de todo esto.

yo les aconsejo que al final asegúrense bien con este tema, por alli lei que ganan miles de dolares ustedes saben como son la sunat una tira de banda-los ladrones que al mínimo cierran embargan.. etc.

quien quiera saber mas del tema puedo darles el contacto de esa persona y averiguar mas sobre este tema ellos ya están avanzados. escríbanme por privado saludos.
 

hola compatriota, fíjate que yo pienso exactamente lo mismo, es mucho pagar unos 20% o algo por ahí de lo que dicen.. he sacado lo mismo que tú con adsense, gano alrededor lo que ganas tú... y jamás he pagado algo extra aparte de lo que el remitente paga eso del tiff.

yeah me siento identificado contigo.. un saludo amigo :encouragement:
 

HOla denuevo pero en concreto si al mes gano 1000 soles yo a la sunat tendria que abonarle 100 soles ?? esto es asumiendo que me ofrezco a pagar mensualmente para evitar todo el cargamonton de fin de año es asi stnos ?
 
HOla denuevo pero en concreto si al mes gano 1000 soles yo a la sunat tendria que abonarle 100 soles ?? esto es asumiendo que me ofrezco a pagar mensualmente para evitar todo el cargamonton de fin de año es asi stnos ?

Si....

Pero para evitar que otros se confundan sobre tu ejemplo; si alguien gana menos de 2700 soles al mes no esta obligado a declarar, mucho menos a pagar... Si al año todas tus ganancias no pasan de los 30 mil soles (Aproximadamente, no recuerdo el monto exacto) no hay que hacer nada, pueden dormir tranquilos.
 

Muchas gracias, ahora si me lo dejaste todo en clarooooo
 

Tengo entendido que el maximo permitido mensual es 1500 soles y no pagas nada (pero eso no quiere decir que no declares). No confundan con NO DECLARAR y NO PAGAR a DECLARAR y ver SI PAGAS O NO que es muy distinto.

1500 soles mensuales o 18000 anuales bajo el Regimen de 4ta Categoria, si no pasas no pagas pero tienes que declarar. y vive feliz.

Si ganas mas que eso, debes pagar el 10% si declaras como 4ta categoria (trabajo independiente). Si declaras como 3ra Categoria, renta de trabajo. Tienes que pagar el 15%, 25% hasta 30% de tu renta anual y mensual declarar con 2% de renta... IGV no aplica porque es renta extranjera.

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haber si entendi si cada mes generas mil soles, mensualmente tendrias q abonar a la sunat 100 soles ?????

No pagas nada, pero tienes que declarar esos 1000 soles.

Si pasas los 1500 soles, declaras y pagas el 10%

😱

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El que debe de tener experiencia en este tema es Exchangerperu.
A mi hasta ahora en el banco no me dicen nada 😕

jaja.. Yo voy como 5 citaciones del Banco. Mi ultimo fue IBK en las Torres de Interbank que esta ahi en Via Expresa con JavierPrado.


RECUERDEN: Declarar y Tributar es una Obligacion de Todos!!... Sea INJUSTA O NO todos debemos hacerlo. La Omisión es una Evasión. La Evasión se considera DELITO ante las Leyes Peruanas... Asi es que ponganse a Derecho.​
 
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Osea si por ejemplo gano +5k US$ debo declarar como 4ta categoría, asi sin mas, se emite factura, recibo? Se debe llevar libros contables? O solo voy a la Sunat y digo vgengo a declarar y pagar, listo.

He leido acerca de las afjp y eso, eso se incluye? o es solo pago de impuesto al estado y punto....

Que hay del RER, supongo que tenés un contador, por que no le preguntas o que se pase por acá! 😀

Podrias ampliar un poco más el tema, sabes mas que un contador!! :witless:
 

A ver sin tanto tecnicismos y palabras tecnicas.

10% se paga si vas a la Sunat y te presentas como Trabajador Independiente. Si pasas los 1500 soles (500$ aprox mensual) debes pagar el 10%, si es menos no pagas. Pero declaras con tu Recibos por Honorario. Ahora se preguntaran pero como le voy a Girar Recibos a Google. No importe que le hagas llegar, solamente emitelo y es una constancia ante la SUNAT que estas tributando.

Si ganas 5000$ mensual logicamente se recontra paso. Pero tu decide si quieres seguir como trabajador indpendiente pagando el 10%. Acogete al RER y pagas 2% de Renta mensual, el RER no esta obligado a presentar Declaracion de Renta Anual donde te hacen pagar el 30% de tus ingresos. Pero solo si no pasas los 525,000 Soles al año (175,000$)

Suerte
 
Creo que si algún contador peruano ofrece sus servicios de asesoría por acá se va para arriba. Yo tengo algunas dudas pero las iré resolviendo.
 

Perdona que te siga citando, pero veo que entendés mucho del tema, yo me reuno con un contador online y le pago la consulta, pero veo que perdió el interés en asesorarme, o es que no entiende del tema y no tiene ganas de averiguar... Y mi socio que esta en perú y tiene la cuenta compartida conmigo no tiene tiempo, ya que trabaja full time y solo tiene tiempo libre a la noche, así que yo me tengo que hacer cargo de las averiguaciones.


Bueno, al punto. Lógicamente lo ideal seria entrar el el regimem de RER, solo se pagaria 2% y nada más? Lo ultimo que hable con el contador es que se puede uno acoger al RER, ya que nosotros alquilamos espacios para que otros hagan sus ventas. No somos programadores, ni trabajamos para google, somos independientes y no entraria en el rubro "servicios informáticos" mas bien en "venta, alquiles de servicios" o algo así. Incluso no se pagaría impuestos IGV?

Tendrás algún contador de confianza que me asesore? Pagaría la consulta, no es problema eso, pero necesito uno que entienda muy bien del tema. No quiero que mi pata :witless: vaya en cana por hacerme el favor... 😡

Saludos.
 
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¿Y como declaras tus movimientos de paypal y esas cosas? Ya que supongo que no tienes recibos de tus continuos servicios de exchanger.

También consultar esa parte del RER, ¿solo 2% mensual? ¿Ningún otro pago extra?
¿Por qué mencionaste algo del 30% anual?
 
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No solamente me dedico al intercambio de monedas sino tengo otros rubros offline y tambien online.
Lo del exchanger es un servicio que hago cobrando una comision (y esa comision es lo que realmente gano, descontando claro, todos los fees que incurre, eso declaro a la SUNAT. Lastimosamente en mi caso es un servicio que hago en territorio peruano y esta sujeto a Renta e IGV, pero no paso los 525,000 soles al año, asi es que me acojo al RER.

En caso de Regimen General todos los meses pagas el 2% o puede ser menos mediante coeficiente del ejercicio anual anterior, pero a fin de año estas obligado a presentar una Declaracion Anual de Renta y pagar el 30% de tus ingresos (porsupuesto descontando el 2% o el coeficiente que pagaste durante el año en ejercicio). Si pasas el limite de 525k tienes que estar en el General.

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Esto es cierto!!.. Acogete al RER

No tengo contador. Yo mismo soy. Solo lee e investiga. Yo ya perdi la cuenta de todas las veces que he ido a la SUNAT a Ortientacion en sus oficinas para preguntar, hasta que ya me conocían y me consideraban ya cargoso.

Como lei por arriba.

MEJOR DECLARA EQUIVOCADAMENTE a QUE NO DECLARES NADA
 

Como ya lo había dicho anteriormente en mi criterio acogerse al RER es un error si lo que hacemos es tener sitios web o blogs donde ganamos con adsense (u otros) por el contenido que ofrecemos, y como ya también lo dije; la propia SUNAT ya tiene un precedente, el informe que también ya cité:

"El hecho de que se inscriban bajo otra actividad no quiere decir que estén en lo correcto ya que existe un precedente en la SUNAT que tipifica la actividad que la mayoría de este foro realizamos:

CIIU 7240: "Actividades relacionadas con bases de datos y distribución en línea de contenidos electrónicos", la misma que está relacionada con portales web.

Esta sub-clase pertenece a la clase 72 que es: "Informática y actividades conexas", la cual es prohibida por el RER

El precedente es el siguiente:

http://www.sunat.gob.pe/legislacion/.../i057-2010.pdf

Leer el tercer párrafo del punto 3."


Claro, mejor acogerse en una categoría equivocada y declarar a no declarar, pero si hacen una auditoría aunque te hayas acogido equivocadamente te calcularán tu deuda por estar fuera del régimen adecuado.

Lamentablemente no dispongo de tiempo como para hacer la consulta en la SUNAT con documentos en mano, espero hacerlo antes del 2015.

Saludos.
 

Buenas, no es por contradecir, ya que entiendo poco y nada del tema, pero se lo mencione al contador y me dijo algo asi: Suponiendo que hay una persona que vende huevos de pajaro dodo, y para mejorar las ventas lo hace mediante internet, en que categoría encuadra, comerciante vendedor de huevos o informático?

No carga el pdf que pusiste.

Al margen de ello, no entiendo por que pagar impuestos es tan complicado en un pais que en teoría esta encabezando el crecimiento de la región.... Que dificil loco!
 
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Si tienen dudas, así como yo, mejor cada uno va a la Sunat y se informa, ellos le explicarán mejor que cualquiera.
 

Mi primo que trabaja en SUNAT me dijo: "Olvidate de las categorías" Simplemente tienes que declarar como persona natural como ingresos de fuente extranjera. SIMPLE.
 
Mi primo que trabaja en SUNAT me dijo: "Olvidate de las categorías" Simplemente tienes que declarar como persona natural como ingresos de fuente extranjera. SIMPLE.

Y cuando son ingresos de fuente extranjera, ¿se tiene que pagar el 15 - 25% de la renta anual, o cuánto?
 
Y cuando son ingresos de fuente extranjera, ¿se tiene que pagar el 15 - 25% de la renta anual, o cuánto?

Eso depende del monto acumulado anual... No tengo ahora montos exactos.