¿Cuánto debo pagar al SAT por mis ingresos de 1900 dólares este mes en México?

hanamichi

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Las únicas facturas que llevan IVA es cuando alguna empresa en México te la pida para que te deposite, ahí si se debe desglosar el iva, yo trabajo con empresas en México y ahí si desgloso el IVA y en otras empresas que están en Europa que también me piden factura para pagar esas se hacen sin iva y como te menciono las ganas de adsense hago la factura al público en general por el monto que me depósito, sin iva listo
 

Triztan

Gamma
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que tal mi duda es la siguiente, quienes de mexico han pagado impuestos por sus ingresos recibidos? , y cuanto pagan , por ejemplo yo , este mes hice 1900 dlls, cuanto tendria que pagarle al sat?


Como lo hiciste? com paginas web o youtube?
 

belze7

Épsilon
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Cuando haces facturas al público en general no llevan IVA, la haces tal cuál con la cantidad que te deposite Adsense, ya en tu declaración dependerá en que régimen estés, por ejemplo yo soy RIf y el primero año no pague nada de iva e ISR, ya ahora en el segundo año que estos solo pago el 10 % de ISR y el IVA sigo con el 100% de condonación, he realizado mis declaraciones así y cero problemas, es más en marca sat y llendo a las oficinas me dijeron que así realizara las facturas

Ya veo, muchas gracias.

De hecho también estaba pensando entrar al rif, ya que promueve que se hagan las cosas bien con beneficios para los pequeños freelancers. Aprovechando el inicio de año iré a darme de alta como se debe.

Gracias nuevamente.
 

iGabriel

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Conozco varias personas de Mexico que llevan años y nunca han declarado nada.

Lo que no entiendo como un país donde hay tanto lavado de dinero por las drogas y más no controla los impuestos de declaración :/
 

elpilotodelaire

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Conozco varias personas de Mexico que llevan años y nunca han declarado nada.

Lo que no entiendo como un país donde hay tanto lavado de dinero por las drogas y más no controla los impuestos de declaración :/

Siempre va a existir limites en cada pais, cuando generes poco puedes vivir años y no pasa nada, ejemplo en Ecuador si se genera mas de 10 mil dolares mensuales la entidad bancaria cruza la informacion al ente de control tributario, y en muchos paises como el mio en un inicio no te dicen nada y pueden hasta pasar por alto, pero toma en cuenta que ellos tienen la potestad de cobrarte impuesto de lo que hayas generado 3 o hasta mas de 5 años, eso varia de acuerdo a la legislacion de cada pais, a mi me paso que yo todo feliz de la vida cuando en el 2018 me aplicaron del 2015, 2016, 2017, tenia que pagar como 150 mil dolares en impuestos, pero con movimientos tranfugos logre disminuir, es mejor prevenir que lamentar.

Se me olvidaba lo del lavado la mayor parte del dinero no ingresa por un sistema financiero regulado.
 

Ryan Flores

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Sigues obteniendo los mismos ingresos y no has tenido problemas con el sat?
No de un solo golpe últimamente pero si he recibido de 2k USD y sin problemas
 

vdhg01

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No de un solo golpe últimamente pero si he recibido de 2k USD y sin problemas
Cuanto tiempo llevas, que banco tienes? Recién en octubre monetice mis pagos mensuales han sido estos:
1k usd, 1.5k usd, 3k usd, este mes de enero genere 3kusd.
Tengo banco azteca, no se si debo declarar ante el sat. Nunca he declarado nada ni estoy registrado.
 

capone2

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Sí es posible deducir esos gastos siempre que se traten de servicios, aunque es un montón de requisitos, tus proveedores extranjeros tienen que emitirte una especie de "factura" con el que puedas deducirlos. En una oportunidad busco esa información y te la paso.

Muchas gracias, en efecto si me sirvió. Lo del IVA si lo sabía que todo mi ingreso es extranjero en USD a una cuenta en USD en México, pero igual va sin IVA. Lo que mi contador no sabe hacer es lo de las deducciones extranjeras, son inversiones de compra de tráfico, diseños web, servicios de traducción todo en verdad es necesario para elaborar mi trabbajo pero mi contador no me supo decir como meterlas. También estoy en RIF.

En fin, investigaré un poco más a ver quien me puede orientar localmente porque son temas complicados. Con eso que me has dicho yo puedo "hablar en idioma contador" para que entiendan ellos que es lo que quiero que hagan XD Muchas gracias, un abrazo y saludos desde la frontera norte.
 

capone2

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La Ley de ISR en su artículo 1, párrafo 1 es muy clara:

"Artículo 1. Las personas físicas y las morales, están obligadas al pago del impuesto sobre la renta en los siguientes casos:
  1. Las residentes en México, respecto de todos sus ingresos cualquiera que sea la ubicación de la fuente de riqueza de donde procedan."
Hay mucho desconocimiento y que el tabú de internet y bla bla bla. Lo único cierto es que si reciben depósitos bancarios el SAT te está viendo y en cualquier momento te puede caer a cobrarte impuestos (en el supuesto que estén yéndose por la libre).

El monto es un tema relativo, pueden ingresos medianos al mes y tener la suerte de que el SAT nunca te busque, puedes tener ingresos pequeños y requerirte de inmediato. En los últimos años llegaban cartas invitación hasta por depósitos de 5000 pesos (260 dólares) o menos, aunque principalmente fue a los que recibieron dinero en efectivo. Lo malo de esto es que hay un delay enorme, generalmente de 2 o 3 años, puedes pensar que todo va bien y te sientes Juan Camaney por estar recibiendo cantidades fuertes sin ser molestado por Hacienda y cuando te caigan la cuenta será una cantidad enorme como le pasó al compañero que le cobraron 700,000 pesos.

¿Vale la pena arriesgarse? Pues depende, si sus ingresos son demasiado intermitentes o muy bajos el riesgo es bajo. Si sus ingresos son medianos y quieren arriesgarse, pues no malgasten sus ganancias y tengan un fondo grande para cuando te lleguen a requerir. Si sus ingresos son grandes y constantes tarde o temprano tendrán que empezar a declararlos, de lo contrario no podrán formar un patrimonio tan fácilmente.

Los perros comunistas llegaron con las garras afiladas en cuestión de recaudación, ya para este 2020 los cambios fiscales han sido para mal (aumento de IEPS, aumento de 200% ISR en ahorros respecto a 2018, amenazas de equiparar ciertas conductas de evasión fiscal con crimen organizado, extinción de dominio, acoso y terrorismo fiscal, y adivinen quiénes serán las principales víctimas, ¿los comerciantes ambulantes o los grandes políticos y empresarios?, fallaron, como siempre la clase media será la que pague los programas de compra de votos y las estupideces de este desgobierno como hundir 100,000 millones de pesos bajo agua solo por venganza al grupo Atlacomulco.

Conclusión: Aprovechen el RIF, deduzcan todo lo que puedan y duerman tranquilos.
 

darkcrizt

Alfa
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Cuando haces facturas al público en general no llevan IVA, la haces tal cuál con la cantidad que te deposite Adsense, ya en tu declaración dependerá en que régimen estés, por ejemplo yo soy RIf y el primero año no pague nada de iva e ISR, ya ahora en el segundo año que estos solo pago el 10 % de ISR y el IVA sigo con el 100% de condonación, he realizado mis declaraciones así y cero problemas, es más en marca sat y llendo a las oficinas me dijeron que así realizara las facturas
Hola buen dia.

Me surge una duda. Cuando se tratan de ingresos que recibes por Paypal, de igual forma se hace factura al público en general o al extranjero.
Tengo entendido que Paypal es una empresa que esta formalmente constituida en Mexico, pero los pagos los hace desde una cuenta en el extranjero (bank of america, si no mal recuerdo).

Para hacer la factura de lo que recibo, se manejaría con IVA a tasa 0 (es decir sin iva) o ¿si tengo que considerarlo?
Es decir tomando el ejemplo de que si recibo $100 pesos, para facturar ese ingreso se maneja como

Ingresos al público en general = 100
Ingresos con tasa del 16% = 0
Ingresos con tasa 0% = 0

¿Estoy en lo correcto?
 

hanamichi

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Hola buen dia.

Me surge una duda. Cuando se tratan de ingresos que recibes por Paypal, de igual forma se hace factura al público en general o al extranjero.
Tengo entendido que Paypal es una empresa que esta formalmente constituida en Mexico, pero los pagos los hace desde una cuenta en el extranjero (bank of america, si no mal recuerdo).

Para hacer la factura de lo que recibo, se manejaría con IVA a tasa 0 (es decir sin iva) o ¿si tengo que considerarlo?
Es decir tomando el ejemplo de que si recibo $100 pesos, para facturar ese ingreso se maneja como

Ingresos al público en general = 100
Ingresos con tasa del 16% = 0
Ingresos con tasa 0% = 0

¿Estoy en lo correcto?
Yo hasta la fecha los he declaró al público en general y así como dices en tu ejemplo sin IVa y como le caen varios pagos así no solo de Paypal, al final de bimestre cuando voy hacer la declaración hago una sola factura al público en general por esas cantidades que entraron a mi cuenta sin iva
 

Tony

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Hola buen dia.

Me surge una duda. Cuando se tratan de ingresos que recibes por Paypal, de igual forma se hace factura al público en general o al extranjero.
Tengo entendido que Paypal es una empresa que esta formalmente constituida en Mexico, pero los pagos los hace desde una cuenta en el extranjero (bank of america, si no mal recuerdo).

Para hacer la factura de lo que recibo, se manejaría con IVA a tasa 0 (es decir sin iva) o ¿si tengo que considerarlo?
Es decir tomando el ejemplo de que si recibo $100 pesos, para facturar ese ingreso se maneja como

Ingresos al público en general = 100
Ingresos con tasa del 16% = 0
Ingresos con tasa 0% = 0

¿Estoy en lo correcto?
Es correcto, taza 0 pero lo que si vas a pagar es ISR (checa con tu contador para ver como bajarlo lo más posible).
 

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