SENIAT, Impuesto a USDT-BTC en Venezuela

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Según el portal Criptonoticias, ahora los venezolanos debemos declarar sí tenemos o cobramos USDT. Lo que me asombra es que el mínimo es de 40 USDt recabados en 2025, pero con aquello de que hay que declarar impuestos por encima de las 1.000 unidades tributarias, veo que hay un patrón.

¿Cómo hacen ustedes eso?, ¿Hay que mostrar lo guardado en una wallet o Binance?, sí alguien tiene información, compartan, porque el Seniat es muy ambiguo para responder y sus trabajadores no me inspiran confianza.

Tengo que declarar y es un lío sumarle esto
 
Entiendo tu preocupación. La normativa del SENIAT puede ser confusa. Es recomendable llevar un registro detallado de tus transacciones y saldos en wallets o exchanges como Binance. Aunque no se especifica claramente, tener documentación es clave para respaldar tu declaración. Podrías buscar asesoría legal o contable especializada en criptomonedas para evitar complicaciones. ¡Suerte!
 
Entraste en el portal de SENIAT? alguna información oficial debe aparecer allí
 
Esa es la otra parte, no aparece mayor cosa. Este fin de semana tendré que ocuparme de entrar al área de declaración, pero son cosas que uno debería tener a mano para no repetir el proceso y más cuando ya comienza a colgarse el portal.
 
¿Este tipo de cosas no es las que debería informar la sunacrip? ¿no?
No pudieron controlar quien minaba y quien no...
Buena suerte intentando controlar esto, supongo.



ah, link a la noticia.
 
"Sobre este cumplimiento, Jan Domínguez, CEO y fundador de la herramienta tecnológica Cointable, destaca en un comunicado de prensa enviado a CriptoNoticias que la forma más efectiva de mitigar riesgos legales es generar una contabilidad que incorpore formalmente estas ganancias."

La noticia de este enchufado se está desparramando en varios diarios desde ayer. Obviamente no está fundada en ningún reglamento actual, por lo que no hace más que desinformar y generar una clase de "terror mediatico" para los incautos.

Derrumbemos este bulo, con un poco de investigación en buscadores y con la ayuda de IA (por supuesto):

Fuente principal: https://www.criptonoticias.com/regulacion/venezolanos-declaracion-impuestos-criptomonedas/

Respuesta resumida y analizada por la IA:

"Esta afirmación es falsa según la normativa legal vigente para el año fiscal 2025. Aunque el criterio de residencia de 183 días es correcto, el umbral de ingresos mencionado es drásticamente menor al establecido por la ley y los decretos de exoneración actuales.

Sustento Legal y Análisis

La obligatoriedad de declarar el Impuesto sobre la Renta (ISLR) en Venezuela se rige por la Ley de Impuesto sobre la Renta y el valor de la Unidad Tributaria (U.T.).

  1. Criterio de Residencia (Correcto):
    • Según el Artículo 2 del Código Orgánico Tributario, se considera residente a quien haya permanecido en el país por un período continuo o discontinuo de más de 183 días en un año calendario.
  2. Umbral de Ingresos (Falso):
    • La ley establece que las personas naturales deben declarar si obtienen un enriquecimiento neto superior a 1,000 U.T. o ingresos brutos superiores a 1,500 U.T..
    • Para el año 2025, el valor de la U.T. se ajustó a Bs. 43,00 mediante la Providencia Administrativa SNAT/2025/000048, publicada en la Gaceta Oficial N° 43.140 del 2 de junio de 2025.
    • Esto situaría el umbral base en Bs. 43.000 anuales (aproximadamente 1.000 USDT al año a tasas de cambio actuales), lo cual ya es superior a los 30-40 USDT mensuales (360-480 USDT anuales) mencionados en el texto.
  3. Exoneración Vigente:
    • Históricamente, y con alta probabilidad de mantenerse o ampliarse para el ejercicio 2025 (como ha ocurrido en años anteriores), existen decretos que exoneran del pago a personas naturales con ingresos de hasta 32.000 U.T. (equivalente a Bs. 1.376.000 con la UT de Bs. 43).
    • Aunque la declaración informativa podría ser requerida para quienes superen las 1.000 U.T., el monto de 30-40 USDT mensuales es insuficiente para activar esta obligación bajo los parámetros legales de 2025. [1, 2, 3, 4, 5]

Comparativa de Datos

[th]
Concepto [2, 4, 6, 7]​
[/th][th]
Afirmación del Texto​
[/th][th]
Realidad Legal (2025)​
[/th][th]
Fuente Legal​
[/th]​
[td]
Días de permanencia
[/td][td]
+183 días​
[/td][td]
+183 días (Correcto)​
[/td][td]
COT / Ley ISLR​
[/td]​
[td]
Ingreso mensual mín.
[/td][td]
30 - 40 USDT​
[/td][td]
~85 USDT (Mínimo para declarar)​
[/td][td]
G.O. 43.140​
[/td]​
[td]
Unidad Tributaria
[/td][td]
No menciona​
[/td][td]
Bs. 43,00
[/td][td]
Prov. SNAT/2025/000048​
[/td]​
[td]
Monto anual mín.
[/td][td]
~420 USDT​
[/td][td]
1.000 U.T. (Bs. 43.000)
[/td][td]
Ley de ISLR​
[/td]​
Conclusión: La cifra de 30-40 USDT mensuales no tiene sustento en ninguna Gaceta Oficial. Es un monto demasiado bajo que no alcanza ni siquiera el umbral mínimo de las 1.000 Unidades Tributarias requerido para la declaración informativa básica en Venezuela. [4]"
 
Gracias, usuario @Jovis4 por la excelente aclaración. Ya me parecía extraño tanto por el monto como por aquello de las exoneraciones a las cuales sigo sujeto.

Y razón hay al usuario que explica la dificultad de aclarar cómo y cuánta cripto tenemos, ya que nuestro control impositivo no asemeja al de España.

Un contador me aclaró ello y me recordó que, por mí salario normal, no llego a la UT necesarias ni aunque aplique honorarios profesionales.

Rudo sería que nos midan por transferencias bancarias, ahí sí se sube la gata a la batea.
 
Gracias, usuario @Jovis4 por la excelente aclaración. Ya me parecía extraño tanto por el monto como por aquello de las exoneraciones a las cuales sigo sujeto.

Y razón hay al usuario que explica la dificultad de aclarar cómo y cuánta cripto tenemos, ya que nuestro control impositivo no asemeja al de España.

Un contador me aclaró ello y me recordó que, por mí salario normal, no llego a la UT necesarias ni aunque aplique honorarios profesionales.

Rudo sería que nos midan por transferencias bancarias, ahí sí se sube la gata a la batea.
Claro...y lo conversaba con un conocido, si en algún momento caes en auditoria flash.
Razon de la transferencia?
Vendí un mueble
De esta?
Compré una licuadora usada
Y esta?
Le hice un favor a una vecina y configuré su router y me dio una colaboración

Casi toda nuestra economia es informal y no regulada a diferencia de vecinos paises...
¿Quien te va a demostrar que es falso lo que dices?
No quiero decir que está bien evadir impuestos o algo similar, pasa que actualmente nuestro sistema tributario es absurdamente abusivo y sin control real sobre trabajadores independientes. Y si esta noticia fuera real, entonces es mas control sin forma de aplicarlo a gran escala. Ahora, si aplican como en Perú o Colombia la conexion entre bancos y ente de impuestos si podría presentarse un problemon (Para nosotros).


......

Con esto quiero recordar, que cuando la mineria estaba en su pico a quienes jodieron fue a los que voluntariamente (bajo amenazas de que si les conseguian equipos no registrados les caería sanción) fueron a inscribirse a sunacrip.
" Tengo estas maquinas, vivo en tal sitio, mino tanto diario " O te jodia el ente regulador o te jodian los corruptos, pero te jodian.
Secuestros, robos, desapariciones...
 
pero recuerda que el gobierno no tiene como ver lo que hacemos en binance. Las cuentas bancarias los bs si. Ademas al ser crypto no tienen como saber realmente lo que haces. Pero si llegas a tener movimientos en los bancos y de cuentas diferentes alli si lo del favor de la licuadora estaria complicado.
 
Tomado de X:
En los últimos días ha circulado la idea de que existe un “nuevo impuesto” sobre las criptomonedas en Venezuela. Esto es una información errada.Lo que estamos viviendo es simplemente el período anual de declaración del ISLR, que ocurre cada año durante el primer trimestre.Como ocurre con cualquier actividad económica, si una persona obtuvo ingresos durante el año (sea por comercio, servicios, inversiones o incluso operaciones con criptoactivos) esos ingresos forman parte de su realidad fiscal y pueden considerarse dentro de su declaración.Pero es importante aclararlo: no existe una nueva providencia del
@SENIAT_Oficial
que cree un impuesto específico para las criptomonedas ni un tributo nuevo sobre transacciones cripto, ni tampoco una propuesta de ley o proyecto presentado por el ente regulador. Mi apreciación puntual: Veo que lo que ocurrió fue una interpretación mediática fuera de contexto de un tema mucho más simple: estamos en temporada de declaración de impuestos.
 
Tomado de criptonoticias:

El abogado Daniel Betancourt, especialista en Derecho Financiero y Administrativo, analiza la situación legal de quienes ahorran en criptomonedas en #Venezuela. Según el experto, no hay una norma actual que obligue a informar al Estado sobre estos #activos si se mantienen como #inversión o ahorro. ¿Sabías esto? ¿Qué opinas al respecto?
 

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