Estimados,
Por favor me pueden ayudar en el siguiente caso?
Una empresa PYME compra servicios de publicidad en Google y en otras redes sociales en el extranjero. Antes, a este gasto se le aplicaba el impuesto adicional de 35%, pero desde el 1/1/2017 estos servicios se encuentran exentos de ese impuesto por la circular 43 del 2016 del SII (
http://www.sii.cl/documentos/circulares/2016/circu43.pdf, página 47).
Entiendo que anualmente debe hacer una declaración jurada 1854 sobre la exención de impuesto adicional.
Se debe declarar mensualmente (y cómo) este gasto en el extranjero exento de impuesto adicional?
Se debe ingresar mensualmente en los libros de compra (y cómo)?
Muchas gracias