N
Niell
Esto es solo para personas que viven en españa?
Le enviamos un resumen de texto legal relativo a su consulta realizada, del mismo parece deducirse que si cede o transmite todo a tercero en Mexico, no será de aplicación las directivas europeas que menciona ni la legislación española, salvo los pactos internacionales existentes entre los países o de los que sean parte ambos países. Le conviene tener todo documentado.
De optar por la opción que dice, valore también, si le está permitido contractualmente, el ceder su posición en el contrato que indica tener con google, a los efectos de evitar la posibilidad de que le vinculen como lugar de prestación de los servicios el territorio nacional de España (vea por ello el contrato con google, vea donde consta su domicilio).
Este es nuestro parecer a salvo de mejor criterio fundado en derecho.
Departamento Jurídico
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¿Esta ley solo aplica en sitios de personas de España? Si yo estoy en Uruguay ¿Se aplica?
Solo te aplicaría si tu web está destinada expresamente al publico de la UE. Seguramente no te aplique.
Me podéis recomendar algún plugin que cumpla con la ley y que no haga perder demasiado tráfico?
Saludos!
Tengo una gran duda, en caso de que se instale una cookie no consentida en un equipo, quien seria el denunciante para aplicar dicha sanción ¿El usuario afectado?. Es que no entiendo como van a aplicar esta sanción... que van a revisar web a web ?
Ademas esto es aplicable solo para webs con dominio .es o a toda web alojada en España ?
un saludo
Tengo una gran duda, en caso de que se instale una cookie no consentida en un equipo, quien seria el denunciante para aplicar dicha sanción ¿El usuario afectado?. Es que no entiendo como van a aplicar esta sanción... que van a revisar web a web ?
Ademas esto es aplicable solo para webs con dominio .es o a toda web alojada en España ?
un saludo
No olvidemos que la ley contempla el apercibimiento, es decir, si nos denuncian la APD nos apercibiría para corregir la situación en un plazo determinado, y si no cumplimos viene la sanción.
Por otro lado hay que tener en cuenta que a Google cuando rastree nuestras páginas no podemos presentarle siempre una página de entrada con lo de las cookies porque si no nunca indexará nuestro contenido, habrá que detectar que quien pide la página es un bot y devolver la página normalmente. Por otro lado me pregunto si esto entra en conflicto con las políticas de google adsense que dice que lo mismo que se le presenta al google bot es lo que se le debe presentar al usuario...