No solamente me dedico al intercambio de monedas sino tengo otros rubros offline y tambien online.
Lo del exchanger es un servicio que hago cobrando una comision (y esa comision es lo que realmente gano, descontando claro, todos los fees que incurre, eso declaro a la SUNAT. Lastimosamente en mi caso es un servicio que hago en territorio peruano y esta sujeto a Renta e IGV, pero no paso los 525,000 soles al año, asi es que me acojo al RER.
En caso de Regimen General todos los meses pagas el 2% o puede ser menos mediante coeficiente del ejercicio anual anterior, pero a fin de año estas obligado a presentar una Declaracion Anual de Renta y pagar el 30% de tus ingresos (porsupuesto descontando el 2% o el coeficiente que pagaste durante el año en ejercicio). Si pasas el limite de 525k tienes que estar en el General.
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Esto es cierto!!.. Acogete al RER
No tengo contador. Yo mismo soy. Solo lee e investiga. Yo ya perdi la cuenta de todas las veces que he ido a la SUNAT a Ortientacion en sus oficinas para preguntar, hasta que ya me conocían y me consideraban ya cargoso.
Como lei por arriba.
MEJOR DECLARA EQUIVOCADAMENTE a QUE NO DECLARES NADA