Aviso Legal? Politicas de Cookie? Blog fuera de Europa

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Hola estoy rematando mi Blog en lengua Española, yo vivo actualmente en Australia y siempre sera mi lugar en este pais.

Mi duda.

Tengo que incluir Aviso Legal? Politicas de Cookie? o puedo omitirlo porque me encuentro en Australia.

Saludos.
 
Hola, buenos días {hora peninsular} claro que si, creo que con las cifras de las multas, queda más que aclarado pasando a ser algo tan obvio como la vida misma.
 
NO.

A no ser que en australia tengan ley de cookies.

Si tu sitio está ÚNICA O PRINCIPALMENTE enfocado a España o Europa, si. Pero si tu sitio está enfocado a TODO EL MUNDO, no, ya que en Australia (y si los servidores están ubicados en un país que no esté en Europa o no tenga politica de cookies) no es necesario (igual, fijate).

De todos modos, te recomiendo ponerlo, ya que no cuesta nada y te ahorrará posibles problemas.
 
Por muy enfocado a España que este y aunque sea en español, si el propietario y alojamiento no se encuentra en España no te pueden aplicar sus leyes.

Si fuera de otro país de Europa todavía a lo mejor, por le tema de que hay muchas leyes que vienen desde Europa, pero Australia... si en su país no hay obligación de ello no tiene sentido.
 
La respuesta es simple: si tiene visitantes de la Unión Europea (y España obviamente cuenta) SÍ. Las normas europeas se aplican a prestadores de servicios (el propietario de un blog, p. ej.) si se disfrutan por ciudadanos europeos (un ejemplo es Google, si no hubiese implementado el aviso de cookies en Blogger para los visitantes europeos, le multarían desde la UE). Aquí lo que se protege son los datos de los ciudadanos, y a dicha normativa le da igual si la vulneración la lleva a cabo un mexicano, un español o un australiano.

Yo sé que es tentador hacer afirmaciones de temas que desconocemos basándonos en nuestra propia lógica, pero la lógica (que es subjetiva, cada uno podemos tener la propia) no siempre coincide con el Derecho: las leyes de un país SÍ se pueden llegar a aplicar a un ciudadano de otro país si las actividades de dicho ciudadano afectan a los ciudadanos del primero (es todo mucho más complejo, pero por resumir). Llevo 4 meses estudiando una asignatura dedicada precisamente a esta problemática, os aseguro que existir existe 🙂

Objeto y función del Derecho Internacional Privado: la situación privada internacional - Derecho Internacional Privado
 
Derecho, corrígeme si me equivoco, pero según recuerdo la ley de cookies (al igual que otras leyes) solo es aplicable si la empresa esta situada en España o si la empresa/empresario se encuentra en cualquier otro lugar pero esta enfocada al publico español y este represente una amplia mayoría.

Por lo que a no ser que vendas un servicio/producto exclusivamente a españoles, esta complicado que llegues a entrar dentro de los supuestos que se aplican la ley

Recuerdo que hace tiempo que anduve mirando la creación de una sociedad en Gibraltar/Reino Unido, era exactamente igual, mientras la mayoría e mis clientes no fueran españoles no tendría problema.

PD: Un paisano gaditano del campo de gibraltar por aquí :welcoming:
 
Última edición:
Por aquí uno de Jerez de la Frontera 🙂

Tienes razón, la Ley de cookies se aplica para los prestadores establecidos fuera de España sólo cuando dirijan sus servicios al territorio español. El problema es que esto es interpretable: ¿si escribes en español no se entiende que te estás dirigiendo, entre otros, a los españoles? Y quien lo va a interpretar es la Agencia Española de Protección de Datos, que decide si pone o no la sanción.

http://www.pabloburgueno.com/2013/08/sancion-por-incumplir-la-ley-de-cookies/

En cualquier caso, ya ha entrado en vigor el Reglamento europeo de protección de datos, y aquí no hay interpretación, se aplica a todo aquel que 'trate' datos de ciudadanos que vivan en Estados miembros de la Unión Europea. No se aplica aún igualmente, hay un tiempo de adaptación.

Lo que sí te puedo decir, en la práctica, es que todas las webs con visitantes de España lo están instalando para dichos visitantes (por curarse en salud, imagino).
 
Si, supongo que si hablamos de interpretaciones ya sabemos el afán recaudatorio que tienen los organismos español/europeo y saldríamos mal parados.

Y no recordaba lo que comentas del reglamento europeo de protección de datos y que hace como un año anularon el safe harbour con estados unidos.

Gracias [MENTION=21976]Derecho[/MENTION], siempre es importante poder contar con la opinión de un experto en la materia.
 
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