- Desde
- 15 Oct 2014
- Mensajes
- 638
¿Y los reportaste? ¿Qué tiene que ver eso con este tema?
No lo reporte, pero puedo buscar el post. Y el tema con este post tiene algo que ver, osea el tema de reventas, cierto?
🔒 Este tema está cerrado para nuevas respuestas.
⏰ Solo el creador del tema puede solicitar la reapertura de sus propios temas, pero únicamente dentro de los 60 días previos a la última actualización.
¿Y los reportaste? ¿Qué tiene que ver eso con este tema?
No lo reporte, pero puedo buscar el post. Y el tema con este post tiene algo que ver, osea el tema de reventas, cierto?
Bueno mi opinión es que no se permitan más miembros en la conjunta, después de haber establecido un limite o acuerdo:
Ejemplo: Conjunta de 10 usuarios para "X Tema" de $1.50 total
Media vez han pagado todos, ya nadie entra a la conjunta, solo retirar a quien no pague y agregar a otro usuario a quien le interesa, pero ya no extender la conjunta.
O solo que, desde un principio hayan limites y precios, si llegamos a 10=1.50, 20=1.10, 30=0.75, etc=etc
También agregar una fecha para establecer el limite de miembros y otra fecha para pagar ya teniendo el total de usuarios, a cumplirse estas 2 fechas, se expulsaría a quien no haya pago y de regalo una negativa por irresponsable y se agrega a quien este interesado.
Pero que el organizador agregue a más a la conjunta por el mismo precio, después que ya la mayoría haya pagado, eso si esta mal.
* Estoy a favor que si una conjunta ya termino y un usuario quisiera una copia de la misma, creo que podría contactar a cualquiera de la conjunta y pedirle una copia por el mismo precio o menor, o llegar a un mutuo acuerdo, así evitamos hacer nuevas conjuntas para lo mismo y no se corre el riesgo que nadie participe en una segunda conjunta.
PD: No todos cumplimos los requisitos para abrir una conjunta, que son 100 puntos de comerciante.
Saludos.
🔒 Este tema está cerrado para nuevas respuestas.
⏰ Solo el creador del tema puede solicitar la reapertura de sus propios temas, pero únicamente dentro de los 60 días previos a la última actualización.