Se solicita Abogado entendido sobre ejecuciones hipotecarias

Estado

🔒 Este tema está cerrado para nuevas respuestas.

⏰ Solo el creador del tema puede solicitar la reapertura de sus propios temas, pero únicamente dentro de los 60 días previos a la última actualización.

K

Kaserap

Buenas,

Tengo unas consultas que necesito resolver pues de ellas depende lo que vaya a hacer..

Son:

- Soy inquilino y el banco embarga el piso al propietario.
¿Qué derechos tengo ante esta situación?
¿El banco tiene la obligación de seguir ofreciendo el alquiler del piso?

¿Qué me recomiendan hacer ante un caso así?
 

sigma

Gamma
Desde
18 Abr 2011
Mensajes
268
Porcentaje - 100%
23   0   1
Hola! de metido pregunto: Tienes un contrato de alquiler ? si es asi, se van a ceñir al contrato, probablemente. Si estás sin contrato, y no hay nada formal que estipule cuanto tiempo tienes aún para estar de inquilino, mi voto lamentablemnete es que te van a dar salida sumariamente, ni bien pongan en remate el apto, una vez observados los tiempos eventuales que puedan haber en alguna ley de protección al inquilino propias de tu país. Suerte y que sea leve!!
 

CarlosGarrigos

Zeta
Social Media
Verificación en dos pasos activada
Verificado por Whatsapp
Desde
8 Jul 2012
Mensajes
1.703
Porcentaje - 98.2%
108   2   0
No conozco bien la ley de tu pais, pero el derecho es similar. Tú en primera tienes el derecho de posesión, cualquier desalojo debe ser por orden judicial y dos , si existe un juicio y no se te notifico, debes ser esuchado y vencido en juicio, claro de todos modos de desalojan por que no estan obligados a alquilarte, pero por lo menos tienes tiempo para que no te saquen a mitad de la noche.
 

enmalaga

Iota
Verificación en dos pasos activada
Desde
16 Feb 2013
Mensajes
2.111
Porcentaje - 100%
95   0   0
Creo que esto no debería ir en la sección de negocios, puesto que estás pidiendo opiniones. Ahí va la mía: habla con los de la PAH, que seguramente han tenido muchos casos como el tuyo.

Lo malo es que si el nuevo propietario deja de pagar la luz y el agua, que probablemente esté a nombre del anterior propietario, te irás de ahí rápidamente, renunciando a todos tus derechos.

Yo por si acaso, haría un giro postal al banco por el importe del alquiler. Así no tendrán motivos para echarte alegando falta de pago, y tampoco podrán decir que desconocían tu contrato de alquiler.

¡Suerte!
 
K

Kaserap

Porcentaje - 100%
95   0   0
Os agradezco vuestras opiniones.

Pero estoy buscando un profesional, sé que este no es el lugar indicado donde conseguir pero mañana tengo que ir a ver un abogado para informarme sobre el tema. Si hubiera algún abogado con una opinión firme sustentada en leyes, etc, etc; estaría interesado en pagarle una consultoría.

Gracias a todos.
 

visitardubai

1
Ro
Verificación en dos pasos activada
Verificado por Whatsapp
Suscripción a IA
Desde
27 Feb 2013
Mensajes
8.159
Porcentaje - 100%
315   0   0
Por favor, ten en cuenta 📝 que si deseas hacer un trato 🤝 con este usuario, está baneado 🔒.
Mp enviado
 

Ford89

Delta
Redactor
Verificación en dos pasos activada
Desde
10 Nov 2011
Mensajes
589
Porcentaje - 100%
106   0   0
Buenas, soy casi Licenciado en Derecho

Aunque el arrendador no haga efectivos los pagos de su hipoteca, no tiene porque afectar al inquilino. Como se busca favorecer la buena fé del inquilino, la situación sería la siguiente. Siempre que el contrato de alquiler fuera anterior a la ejecución hipotecaria o embargo, se respetaría tu derecho. Por tanto permanecería el inquilino (tú) abonando el alquiler correspondiente en lugar del banco a quién se determine (habitualmente al banco acreedor).

Cualquier cosa, estoy a un MP de distancia.

Saludos

edito: Importante tener en cuenta la fecha de finalización del contrato de alquiler, ya que a ella se remitirá el banco.
 
Última edición:
Estado

🔒 Este tema está cerrado para nuevas respuestas.

⏰ Solo el creador del tema puede solicitar la reapertura de sus propios temas, pero únicamente dentro de los 60 días previos a la última actualización.

Arriba