Cómo funcionan los impuestos de AdSense en España

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Buenas a todos.

Existe un tema anterior pero veo que aún existen muchas dudas y con este post voy intentar resolver todas vuestras dudas.

Para comenzar, según he revisado no estaremos obligados a darnos de alta en el régimen de autónomo hasta superar el salario mínimo establecido.
¿Que quiere decir esto? Pues que si estas comenzando y ganas 300 € al mes, lo único que debes hacer es declarar estos ingresos en tu declaración de la renta como ingresos adicionales.

LLegados al punto de estar ganando unos 1200 / 1500 o más os recomendaría daros de alta y facturar estos ingresos.

¿Donde nos tenemos que dar de Alta?

Primero, debemos de darnos de Alta en Hacienda. En el I.A.E en el epígrafe 844 (Publicidad). Segundo debemos de darnos de alta como trabajador autónomo en la seguridad social y en último debemos darnos de alta como operador intracomunitario.

IVA, IRPF y RENTA.

IVA: De esto se ha hablado muchisimo, y aún hay gente que factura a google ireland con iva. NO debemos de hacer la factura con IVA, por que? Porque google nos paga desde irlanda, y no aplica iva.
De hecho nosotros declararemos nuestros gastos con iva y este nos será devuelto o recompensado.

IRPF: Si estamos obligados a declararlo, de hecho tendremos que declarar el 21% de irpf. Pagandolo de forma trimestral a hacienda.

RENTA: La renta en nuestra caso puede o no puede ser obligatoria, dependiendo del nivel de nuestros ingresos. Hay unos varemos establecidos dependiendo de los ingresos que obtenemos. Cuanto más ganas, mas pagas 🙂

De todo esto podemos resumir:

  • Estar dado de alta en autonomo, iae y como operador intracomunitario.
  • Declaraciones trimestrales
  • Facturas SIN aplicar IVA y aplicando 21% de IRPF.


Espero haberle aclarados sus dudas.
 
yo sin tanta movida en cuanto llegue a los 800 euros mensuales empezare a pensar en declarar
 
Vamos que si ingresas mil euros al mes de adsense, en verdad te quedan tan solo 600.
 
Todo lo que dices es cierto salvo lo de "no estaremos obligados a darnos de alta en el régimen de autónomo hasta superar el salario mínimo establecido", hasta lo que se y según me dijeron en hacienda hace dos años, esto es una normal general que no esta legislada, por lo tanto si te cae un inspección estas realizando una actividad laboral, ganando dinero, la multa por trabajar en negro te la pueden poner igual, porque aun que no ganes lo suficiente para ser autónomo o ni para vivir también estas haciendo competencia desleal.

Lo que me dijeron fue claro, te puedes arriesgar y va ser raro si no mueves mas de 3.000€ al año te pasen un inspección, pero si dado el caso hacienda se entera, o otra persona o empresa te denuncia vas a tener que ir a juicio y pagar la multa + las costas del proceso. La otra opción es hacer las cosas sin animo de lucro y cuando tengas, caso de adsense, suficientes visitas darse de alta y empezar a monetizar, esa es la forma mas segura de empezar en el mundo web.

Todo esto es de hace dos años, lo ultimo que se son las propuestas de los nuevos partidos de que si no llegas al salario mínimo no pagas la cuota de autónomo, pero son propuestas a falta de saber quien gane.
 
Muchas gracias.. La verdad es que se pasan un poquito con todo lo que nos quitan.. Asi se les van las ganas a uno de hacer nada..Entre papeleo y el tiempo que tienes que invertir en todo ello para luego quedarte con la mitad de lo que generes o menos.. Prfh..
 
Siempre que se publican este tipo de posts digo lo mismo.

Trabajo en una asesoría, y me he encontrado con un caso de una chica con una web de turismo que, no recuerdo mal ganaba unos 100€ al mes. Al existir asiduidad e indiferentemente del importe ganado le han obligado a pagar TODAS las cuotas de autónomos con recargo y sin bonificación.
Exactamente la ley dice que están obligados a ser autónomos:

Trabajadores mayores de 18 años, que, de forma habitual, personal y directa, realizan una actividad económica a título lucrativo, sin sujeción a contrato de trabajo. Dejo el link de la web de Seguridad Social.

Si se trata de un trabajo que realizas de forma asidua estás obligado a ser autónomo. En cambio, si haces una conferencia 1 día al año y te pagan 40.000 euros por ella no lo estarías.

No es justo, pero es legal.
 
Y si es una faucet, como declararias los gastos de comprar bitcoin??

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La chica de la web de turismo ganaba con adsense??

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Eso es imposible. No puede ser que alguien gane 100€ al mes y esté obligada a pagar la cuota de autónomos que es de 270€. Es decir, que todos los meses debes pagar 170€ en lugar de ganar dinero.
Lo que ocurre es que hay un vacio legal y lo que suele pasar es que si no se llega al SMI la sentencia judicial no te obliga a hacerte autónomo.
 

Eso del SMI es leyenda urbana. No hay vacío legal ni nada. La ley es clarísima al respecto (puedes realizar la consulta por escrito a seguridad social y te responderán).

Otra cosa es que por regla general no se sancione a los que ganan poco. Pero poder sancionar pueden (y ya he dicho que me he encontrado con eso). Realicé la misma consulta a un inspector en una charla que tuve unos meses atrás y me dijo que podían sancionar igual, sólo que suelen empezar por los que más ganan y van bajando la "lista". Otra cosa es, si por lo que sea se encuentran con alguien que gana poco pero lo hace de forma habitual y lo sancionan igual. Digamos que el riesgo de que te sancionen es bajo, pero si te cazan te caerá sanción (en el caso de las cuotas de autónomos es perder la bonificación si tenías derecho a ella y pagar, además, con el recargo correspondiente).

Repito que no es lógico (cómo muchas otras cosas) pero es legal y si te quieren sancionar te sancionarán. Que ganes o no dinero con tu actividad es tu problema, la obligación de cotizar es la misma.
 
Alguien sabe si con una cuenta Pyonner puedo gastar dinero en España....sin pagar impuestos?

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Pero esos casos se recurren por juzgado y el tribunal retira los cargos
 
Pero esos casos se recurren por juzgado y el tribunal retira los cargos

Como siempre eso dependerá de la decisión de un juez, y con la ley en la mano tienes las de perder. Que cada uno haga lo que quiera. Yo solamente he hecho un comentario por lo que me he encontrado. No tengo ganas de seguir dando vueltas a un tema que a mi no me aporta nada. Quien quiera pensar que cobrando menos del SMI es inmune a sanciones, pues que lo haga así.

Por mi trabajo hablo con frecuencia con la inspección de trabajo y cuento lo que veo. Es difícil que te pillen ganando menos del SMI, pero si lo hacen tienes las de perder, sobretodo si cobras cada mes.
 

Lo siento pero te equivocas de pleno. No hay que hacerse autónomo aunque ganes solo 100€ habitualmente, es una incongruencia porque deberías pagar por trabajar. Lo que se está es obligado a declarar ese dinero dándote de alta en Hacienda, pero eso es algo bien distinto a hacerse autónomo.

El Tribunal Supremo, que fija jurisprudencia, tirará esa demanda de Hacienda pues no supera el SMI.
 

La demanda de hacienda? Qué tienen que ver los autónomos con hacienda? La sanción te la pondrá seguridad social y normalmente es por actuación propia o de la inspección de trabajo. Me dedico a esto y sé perfectamente de lo que hablo.

En serio crees que puedes llevar un tema de éste tipo al supremo? Revisa bien las competencias de ese tribunal porque no las tienes claras... El hecho de que no te salga a cuenta ser autónomos porque ganas poco dinero es tu problema, no el de la tesorería.
La cotización no se paga por lo que te salga a cuenta dependiendo de tu negocio, sino por la asiduidad de una actividad lucrativa.

Si no te resulta rentable, dedícate a otra cosa que lo sea más o trabaja en negro. Seguramente no te lleguen a descubrir si ganas tan poco, pero eso no significa que sea legal..

Agradecería me enlazaras la jurisprudencia del tribunal supremo al respecto de éste tema al igual que yo hice con la norma aplicable...
 

Tres sentencias del Tribunal Supremo (29 de octubre de 1997, 17 de Junio de 2002 y 23 de septiembre de 2002) corroboran la jurisprudencia que afirma que se da habitualidad al percibirse una remuneración superior al Salario Mínimo Interprofesional. Es lo que digo los inspectores podrán sancionarte pero en el juicio si demuestras que no llegas al SMI perderán.

Sentencia T.S. (Sala 4) de 29 de octubre de 1997. Afiliación al RETA. Subagente de seguros - 79618 - Lex Nova, información jurídica actualizada
 

Habitualidad hace referencia al tiempo, no a la cantidad...