AdSense Cómo legalizar ganancias de AdSense en España

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Hola a todos.

Desde hace aproximadamente unos 5 meses estoy obteniendo bastantes ganancias con AdSense, digamos que como mínimo 3000€ mensuales, no soy autónomo, ni trabajo como empresa, por hobby creo contenido, aplicaciones y websites de las que reúno estas ganancias.

Ahora bien, no tengo ni idea de que debo hacer para que toda mi actividad sea legal, alguien sabe los pasos que debo seguir? recomendarme una buena asesoría fiscal que sepa tratar temas de adsense?

Muchas gracias de antemano.
 
Hola a todos.

Desde hace aproximadamente unos 5 meses estoy obteniendo bastantes ganancias con AdSense, digamos que como mínimo 3000€ mensuales, no soy autónomo, ni trabajo como empresa, por hobby creo contenido, aplicaciones y websites de las que reúno estas ganancias.

Ahora bien, no tengo ni idea de que debo hacer para que toda mi actividad sea legal, alguien sabe los pasos que debo seguir? recomendarme una buena asesoría fiscal que sepa tratar temas de adsense?

Muchas gracias de antemano.


Según tengo entendido, tienes que presentar declaración cuando ganas más de 3.000 euros al mes o más de 22.000 al año.
Aunque no estoy muy seguro.

Hay foros de abogados, consultas legales, etc. Recurre a google. Si quieres, mándame MP y te paso algunas direcciones (no las pongo aquí por si se considera spam o algo). O pregunta en una oficina de la Enlace eliminado, por e-mail o por teléfono
 
La Agencia tributaria es muy clara, yo les hice una consulta, no fueron rápidos pero sí muy claros en su respuesta, a pesar de que pregunté desde Colombia para un tema de Colombia
 
Hazlo cuanto antes porque desde hace ya un año o mas, Hacienda bajó el listón de los 3k a 1k para "meter las narices" en operaciones, según rumores. Pero vamos, al margen de eso estás obligado a declarar si es tu actividad económica principal y tiene continuidad en el tiempo, como parece ser y más ganando lo que ganas. Salvo si los pagos han sido en mano, eso lo trackean todo, algunas cosas con más detalles y otras con menos, será cuestión del cuidado que tuvieras en su momento.

Lo mismo con esa regulación que pretenden hacer puedes prorratear los pagos a la SS y a hacienda que debas, pero librarte no te libras (a no ser que no lo declares, eso ya es por tu cuenta y riesgo).

País de pandereta
 
Y si estás trabajando en una empresa y tienes ingresos adicionales de Adsense (pongamos que son... muchos) ... cómo lo declaras?

Quiero decir... no eres autónomo, porque eres empleado por cuenta ajena... entonces?
 
no te preocupes... en españa solo tienes que hacer la declaracion de la renta si tus ingresos superan los 700 euros al mes, sino no tienes que hacerla.... es decir, si tu solo obtienes esos 300 euros al mes no deberias preocuparte, pero si aparte de eso trabajas en otra cosa... al hacer tu declaracion de la renta tendrias que añadir todos los ingresos que has conseguido por el google adsense...

Espero que te ayude y un Saludo
 
no te preocupes... en españa solo tienes que hacer la declaracion de la renta si tus ingresos superan los 700 euros al mes, sino no tienes que hacerla.... es decir, si tu solo obtienes esos 300 euros al mes no deberias preocuparte, pero si aparte de eso trabajas en otra cosa... al hacer tu declaracion de la renta tendrias que añadir todos los ingresos que has conseguido por el google adsense...

Espero que te ayude y un Saludo

Dejin, dice que cobra 3.000 mensuales, no 300. En ese caso si deberías de darte de alta como autónomo (según tengo entendido yo), pero lo mejor es que te informes bien antes de comenzar a realizar ningún trámite. Yo una vez estuve leyendo en Google acerca de eso y vi bastante información.
 
a pos si es verdad me he equivocado.... xD, menos mal que me dijiste, sino me muero sin saberlo jajajajaja... pos si ganas 3 mil euros mensuales pffff, no tengo ni idea de que tendras que hacer... hombre si las paginas web son tuyas tendras que darte de alta como autonomo, si solo ers un asociado supongo k ya lo declararas en tu declaracion... xD, aunk si te ingresan directamente a tu cuenta bancaria, creeme que hacienda ya lo sabe, aunk ya sabes si no lo declaras hacienda te cobra el doble
 
Hazlo cuanto antes porque desde hace ya un año o mas, Hacienda bajó el listón de los 3k a 1k para "meter las narices" en operaciones, según rumores.


por favor, si no sabemos de lo que hablamos, es mejor abstenerse de opinar. La ley especifica que se investiga cuando son mas de 3mil euros, no menos de mil, todo lo que la agencia tributaria realice fuera de esos limites es contrario a la ley.

Por favor, un poco de seriedad en estos temas, un saludo.
 
Hola!

Tengo la misma duda que MartyMcFly. En general estais hablando del caso en que ésta sea vuestra actividad principal, pero, qué ocurre si trabajo por cuenta ajena en una empresa y ya estoy dado de alta en la seguridad social. Suponamos que tengo unos ingresos adicionales de 300 ó 400 $ al mes. Cómo se declararían estos ingresos en España?

Gracias!
 
Hola!

Tengo la misma duda que MartyMcFly. En general estais hablando del caso en que ésta sea vuestra actividad principal, pero, qué ocurre si trabajo por cuenta ajena en una empresa y ya estoy dado de alta en la seguridad social. Suponamos que tengo unos ingresos adicionales de 300 ó 400 $ al mes. Cómo se declararían estos ingresos en España?

Gracias!

Y en ese caso tambien te tenes que dar de alta como monotributista ademas de tener relacion de dependencia con la empresa en la que trabajas, y tenes que registrarte en la categoria y el nivel que te corresponda segun tus ingresos. Eso tengo entendido que es en ARGENTINA, allà debe ser parecido...
 
Hola!

Tengo la misma duda que MartyMcFly. En general estais hablando del caso en que ésta sea vuestra actividad principal, pero, qué ocurre si trabajo por cuenta ajena en una empresa y ya estoy dado de alta en la seguridad social. Suponamos que tengo unos ingresos adicionales de 300 ó 400 $ al mes. Cómo se declararían estos ingresos en España?

Gracias!

Si tus ingresos anuales superan los 3.000 euros debes hacerte autónomo y tributar por esa segunda actividad económica. En caso de no superar esa cifra no es necesario, o mejor dicho, Hacienda no se va a meter con ello, aunque en teoría debería tributarse también.
 
Muchas gracias por la información, Alberto. Creo que me falta bastante entonces para tener que preocuparme XDD
 
envia mp y te hago los trámites
 
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