Declarando ingresos en México desde sistemas de afiliado y Adsense

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OscarVP

Épsilon
Bueno, esa es mi pregunta. Cuándo te debes dar de alta en hacienda (en México y respecto a las ganancias) para declarar ingresos provenientes de Internet.

Me interesan sobre todo la experiencia de usuarios que trabajan con sistemas de afiliados tipo clickbank.

¿Y en adsense?

Esto con el fin de evitar multas o cosas así. Muchas gracias por sus respuestas.
 
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Esa siempre ha sido mi duda.... en mexico se pagan impuestos por trabajos en internet?
 
Al igual que los dos usuarios anteriores, tambien tengo esa duda ! Espero que alguien que sea de Mexico y tenga ingresos de Adsense pueda aclararnos esto !
 
Bueno en colombia se debe hacer si superas unos $45000 dolares anuales. si no lo superas no toca declarar. Creeria yo que es igual en mexico, ahora bien si tienes empresa constituida asi ganes $1 dolar mensual debes declararlo.
 
Yo en su momento también investigue y no encontré nada, solo que el internet aun no esta siendo regulado y que no tendrías que pagar impuestos a menos que lo lleves a lago físico, como por ejemplo Amazon tiene sus oficinas y así ya entras en otra categoría de negocio que es el físico.

Yo e cobrado por clickbanck, adsense y otros demás sistemas de afiliados y no e pagado nada de impuestos, por lo mismo que no esta regulado aun.

Ovinamente creo que cuando llege a cantidades grandes podría ser que si se page algo, el gobierno no se quedara así de brazos cruzados tampoco verdad 😛 pero contratare abogados y contadores para evadirlos por la vía legal claro XD
 
O podriamos crear una cuenta en algun paraiso fiscal. Como Belize o Islas Caiman.

Sin embargo, mientras en mexico el internet no este regulado. Tenemos aqui nuestra minita. 😀
 
Bueno en colombia se debe hacer si superas unos $45000 dolares anuales. si no lo superas no toca declarar. Creeria yo que es igual en mexico, ahora bien si tienes empresa constituida asi ganes $1 dolar mensual debes declararlo.

o 45.000 en un sólo contrato o dependiendo del tipo de registro empresarial... pero bueno, esos son detalles... le preguntaré a mi socio a ver si sabe...
 
Todo lo que se gana, tiene que ser declarado, ahora bien, si tus ganancias son pocas y declararlas o facturarlas supondria un gasto mayor a lo recaudado, en España "no hace falta declararlo", ahora bien, cuando ya se llegan a sumas que si pueden llamar la atencion, ya sea 3mil euros anuales, deberiamos declararlos por lo que pueda pasar, pero si se tiene dudas, lo mejor es ir a una gestoria e informase del tema, yo si digo que de momento no he declarado nada, tampoco soy rico con adsense...
 
Si la empresa de afiliados de la que hablas está en México, esta empresa retiene tus impuestos y los paga por tí. No es un favor, lo manda la ley.

Con respecto a las ganancias de AdSense no están reguladas todavía, mas que nada cómo declararlos. Como ingresos por actividad empresarial "o profesional con actividad empresarial" pagas IVA, IETU, ISR y todas esas madres. Si los declaras como otros ingresos nomás pagas el ISR, pero sigue habiendo broncas.
 
o 45.000 en un sólo contrato o dependiendo del tipo de registro empresarial... pero bueno, esos son detalles... le preguntaré a mi socio a ver si sabe...

Es decir si durante el periodo fiscal de 1 año superas los $45000 dolares aproximadamente en ingresos no importa si es por cualquier transaccion, ingresos de trabajo, compras, etc por esa cifra debes declarar renta y pagar impuestos.
 
Eso de que en mexico no esta regulado es una mentira, que de momento no se den cuenta y nadie te diga nada no quiere decir que esta bien lo que haces, pues la ley fiscal es muy clara en ese sentido pues estamos obligados a declarar por cualquier tipo de ingreso.

Si estas obligados a el pago de impuestos segun los Articulos 1, 1, 1 de cada Ley ISR, IETU e IVA

Te pongo el del ISR

Artículo 1o. Las personas físicas y las morales, están obligadas al pago del impuesto sobre la renta en los siguientes casos:

I.Las residentes en México, respecto de todos sus ingresos cualquiera que sea la ubicación de la fuente de riqueza de donde procedan. (mas claro ni el agua).

IETU e IVA es similar.

Por lo tanto debemos declarar por cualquier tipo de ingreso independientemente su naturaleza.

Desafortunadamente en Mexico somos mañosos podemos hacer algo que esta mal, pero si nadie nos dice que esta mal entonces suponemos que no esta tan mal y lo seguimos haciendo. jajaja

Si hacienda no te ha investigado, si aun no te han multado, entonces creeras que entonces no esta mal lo que haces, pero alli estan las leyes y lo que exigen es que todos declaremos por lo que ganamos.

Enlace eliminado codigo fiscal de la federación
Enlace eliminado Ley ISR (Impuesto sobre la renta)

En mi caso tengo 3 años declarando por mis ingresos de Google Adsense. Estoy registrado en regimen intermedio para facturar, pero no es obligatorio pueden registrarse como pequeños contribuyentes.
Expido facturas y me ha permitido vender banners a hoteles y restaurantes de mi zona en mis paginas web.
Uno de los mayores beneficios es que hago deducible cualquier chucheria tecnologica que compre, gasolina, hasta algunas comidas. Y tengo un negocio legalmente registrado con una actividad principal "Procesamiento electronico de Informacion, hospedaje Web y otros servicios relacionados." Y solo trabajo en mis webs.
Otra ventaja es que como declaro hasta el ultimo peso que recibo, cuando fui al banco a solicitar credito, me dieron ese mismo dia una tarjeta de credito con un credito disponible muy bueno.
Ademas que pude sacar un financiamiento para mi Auto solo presentando mi ultima declaración de impuestos.

Como recomendación debo decirles que no deben temer a hacienda pues en mi caso me a traído mas beneficios de los que esperaba, claro que tienes obligaciones, pero a cambio de eso hacienda te respalda para cualquier cosa, por cierto en unos días voy por mi VISA para viajar a EU.

Pero bueno solo recuerden que el no declarar es evasión fiscal.

Ahora les pongo una situación:

Les empieza a ir bien ganando por Internet y se compran un coche o una casa y el día de mañana les cae la justicia por que un excelente vecino suyo denuncio que ustedes adquieren bienes y no trabajan (me a pasado) ustedes pueden ir a parar a la cárcel por enriquecimiento ilícito por que no pueden demostrar como se hicieron de sus bienes o si lo demuestran en ese momento se van por evasión de impuestos pues nunca pagaron impuestos por lo ganado.

En cambio si ustedes siempre han declarado solo muestran sus ultimas declaraciones ante hacienda se hace una investigación y si efectivamente todo lo hicieron legal vendrá el típico "Disculpe Usted". y listo. A seguir chambiando. y tendrán una nueva historia para contar en su blog. jeje

Se quieren arriesgar?
 
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Muy interesnate respuesta Michel.
Pero me queda la duda de cuál es el límite para declarar impuestos en México.
Por cierto, si no es mucha indiscreción, ¿tú haces tu declaración o tienes algún contador que te asesora?
Saludos.
 
Si la empresa de afiliados de la que hablas está en México, esta empresa retiene tus impuestos y los paga por tí. No es un favor, lo manda la ley.

Con respecto a las ganancias de AdSense no están reguladas todavía, mas que nada cómo declararlos. Como ingresos por actividad empresarial "o profesional con actividad empresarial" pagas IVA, IETU, ISR y todas esas madres. Si los declaras como otros ingresos nomás pagas el ISR, pero sigue habiendo broncas.

me olvidaba, esto es así en Colombia también (siempre me olvido porque detesto hacer trabajos para Colombia, así que generalmente los rechazo), pero la empresa que te contrata es la que te retiene los impuestos (reteIVA, reteICA, etc), y sí, a partir de pequeñas cantidades (no sé exactamente en cuánto está ahora, hace un par de años era como a partir de unos 80 usd si no recuerdo mal), pero es evidente que AdSense no sabe nada de los impuestos de Colombia, ya que sólo aplica los impuestos propios de su país... así que...

para Colombia toda esta información se consigue en las siguientes páginas web
Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales de Colombia
Cámara de Comercio de Bogotá
actualicese.com - Información Contable y Tributaria Al Día
 
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