Entendiendo las normas de protección de datos en España y Europa

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Épsilon
Redactor
Verificación en dos pasos activada
Como jurista (fijaos si llevo años en Foro Beta que empecé la carrera estando aquí y aquí estaba cuando la acabé 😛4🙂, me chirría ver la confusión reinante que hay respecto a las diferentes tipos de normas existentes en España y Europa. Sé que es un poco lioso, pero no es lo mismo una ley estatal, un reglamento estatal, un reglamento europeo o una directiva europea.

Una ley estatal (la LOPD, p. ej.) es una norma aplicable sólo a los españoles, mientras que un reglamento europeo (el Reglamento europeo de Protección de Datos, p. ej.) es una norma europea aplicable a todos los países miembros de la Unión Europea (salvo que en el propio Reglamento se deje algún país fuera, por haberlo pactado en su tramitación, como solía pasar con Reino Unido –país que solía exigir quedarse fuera–). Existen los reglamentos estatales, pero la función de estos es desarrollar lo que dicen las leyes estatales, no tienen nada que ver con los reglamentos europeos.

Jerárquicamente los reglamentos europeos están por encima del ordenamiento jurídico de cada Estado miembro de la UE (ordenamiento jurídico es el conjunto de normas de cada país), de forma que, p. ej., lo que dice el Reglamento Europeo de Protección de Datos prevalece sobre lo que diga cualquier ley española, como pueda ser la LOPD. Las normas clave de la UE están incluso por encima de la Constitución de cada Estado miembro (España, al entrar en la UE, tuvo que adaptar su Constitución p. ej.).

Finalmente, hay que diferenciar los Reglamentos europeos de las Directivas europeas. Un Reglamento UE es una norma que se aplica directamente en todos los Estados miembros de la UE, mientras que la obligación de los Estados miembros en relación a lo que diga una Directiva es trasladar lo que esta diga a una ley estatal (así, muchas leyes españolas tienen su origen en directivas europeas, su contenido equivale al contenido de la directiva). Las Directivas europeas sólo se aplican directamente a un Estado miembro de la UE cuando el Estado en cuestión no ha trasladado el contenido de la directiva a una ley en el plazo que se le da (o la ha "transpuesto" –es el término que se utiliza– o trasladado indebidamente).
 
Última edición:
Amigo, aprovechando la oportunidad y tu conocimiento como jurista, tengo algunas dudas. En el caso de la GPDR, ¿Cómo es que obligan a ciudadanos de países no miembros a adherirse a lo que dictamina la ley? Además, ¿cómo es que procede una sanción? Para poner un ejemplo práctico. Soy de un país de Centro América, supongamos que tuviera un sitio que tuviera tráfico europeo, ¿cómo es que estoy obligado a cumplir esa normativa si no tuviera servidores en ninguna parte de Europa ni tampoco la oficina administrativa en un ambiente europeo.
 
Amigo, aprovechando la oportunidad y tu conocimiento como jurista, tengo algunas dudas. En el caso de la GPDR, ¿Cómo es que obligan a ciudadanos de países no miembros a adherirse a lo que dictamina la ley? Además, ¿cómo es que procede una sanción? Para poner un ejemplo práctico. Soy de un país de Centro América, supongamos que tuviera un sitio que tuviera tráfico europeo, ¿cómo es que estoy obligado a cumplir esa normativa si no tuviera servidores en ninguna parte de Europa ni tampoco la oficina administrativa en un ambiente europeo.

Con los negocios electrónicos cuesta verlo, pero es un poco como si tu blog estuviese físicamente en Europa, y los europeos entrasen en él (técnicamente estás dando un servicio a un europeo y el europeo sigue estando en jurisdicción europea, no se ha movido). Los europeos tienen sus derechos en Europa de igual forma que una persona de Argentina tiene sus derechos en Argentina.

Existiendo una serie de infracciones, si se cometen los comportamientos que las mismas recogen, existe una sanción (las sanciones respecto a las infracciones cumplen la misma función que las penas respecto a los delitos, ser un desincentivo a que se cometan). Antes era España la que tenía que poner las sanciones a extranjeros, si es que los sancionaba, mientras que ahora es la Unión Europea... la diferencia es que la Unión Europea tiene mucho más poder que España, se supone tendrá más fácil hacer que las sanciones sean efectivas (aquí entrarían los embargos de los bienes que los extranjeros podáis tener en Europa, o bien la solicitud al país del extranjero en cuestión para que haga efectiva la sanción –y como a Argentina, siguiendo con el ejemplo, le interesa que España traslade las sanciones que la Administración argentina pueda imponer a un español, si se da el caso, tiene incentivos para colaborar con España–.

Por supuesto para los extranjeros será más complicado que os cobren las sanciones, de darse, que a un español, pero no hay que subestimar la capacidad y el poder de la UE para hacer cumplir estas (ojo con los que digan que es imposible –no es lo mismo difícil que imposible–).
 
Como jurista (fijaos si llevo años en Foro Beta que empecé la carrera estando aquí y aquí estaba cuando la acabé 😛4🙂, me chirría ver la confusión reinante que hay respecto a las diferentes tipos de normas existentes en España y Europa. Sé que es un poco lioso, pero no es lo mismo una ley estatal, un reglamento estatal, un reglamento europeo o una directiva europea.

Una ley estatal (la LOPD, p. ej.) es una norma aplicable sólo a los españoles, mientras que un reglamento europeo (el Reglamento europeo de Protección de Datos, p. ej.) es una norma europea aplicable a todos los países miembros de la Unión Europea (salvo que en el propio Reglamento se deje algún país fuera, por haberlo pactado en su tramitación, como solía pasar con Reino Unido –país que solía exigir quedarse fuera–). Existen los reglamentos estatales, pero la función de estos es desarrollar lo que dicen las leyes estatales, no tienen nada que ver con los reglamentos europeos.

Jerárquicamente los reglamentos europeos están por encima del ordenamiento jurídico de cada Estado miembro de la UE (ordenamiento jurídico es el conjunto de normas de cada país), de forma que, p. ej., lo que dice el Reglamento Europeo de Protección de Datos prevalece sobre lo que diga cualquier ley española, como pueda ser la LOPD. Las normas clave de la UE están incluso por encima de la Constitución de cada Estado miembro (España, al entrar en la UE, tuvo que adaptar su Constitución p. ej.).

Finalmente, hay que diferenciar los Reglamentos europeos de las Directivas europeas. Un Reglamento UE es una norma que se aplica directamente en todos los Estados miembros de la UE, mientras que la obligación de los Estados miembros en relación a lo que diga una Directiva es trasladar lo que esta diga a una ley estatal (así, muchas leyes españolas tienen su origen en directivas europeas, su contenido equivale al contenido de la directiva). Las Directivas europeas sólo se aplican directamente a un Estado miembro de la UE cuando el Estado en cuestión no ha trasladado el contenido de la directiva a una ley en el plazo que se le da (o la ha "transpuesto" –es el término que se utiliza– o trasladado indebidamente).

Qué bueno un jurista ¡ por cierto sabes algo acerca del rumor que hay sobre que en Noviembre se van a endurecer las reglas del juego con una presunta ley en borrador de iPrivacy que obligará a cargar las cookies de manera que el usuario pueda bloquearlas desde el navegador, osea cookies granulares teniendo la posibilidad de bloquear adsense y con ello los ingresos de toda una web... Es una locura si aprueban esta ley se cargan Internet ya que nos guste o no se gestiona todo con publicidad, muchas gracias.
 
Flipando me hallo.

O sea no solo lo que diga la UE prevalece ante una ley orgánica nada más y nada menos, sino que más que la constitución

Los que más hablan de fascismo son los más fascistas, patético.
 
Qué bueno un jurista ¡ por cierto sabes algo acerca del rumor que hay sobre que en Noviembre se van a endurecer las reglas del juego con una presunta ley en borrador de iPrivacy que obligará a cargar las cookies de manera que el usuario pueda bloquearlas desde el navegador, osea cookies granulares teniendo la posibilidad de bloquear adsense y con ello los ingresos de toda una web... Es una locura si aprueban esta ley se cargan Internet ya que nos guste o no se gestiona todo con publicidad, muchas gracias.

Eso mismo leí yo en un grupo de Telegram, que vienen mayores restricciones, lo que me llamó más la atención también fue lo de las cookies granulares, muchos piensan que por eso Adsense morirá pero no creo que Google permita eso
 
Eso mismo leí yo en un grupo de Telegram, que vienen mayores restricciones, lo que me llamó más la atención también fue lo de las cookies granulares, muchos piensan que por eso Adsense morirá pero no creo que Google permita eso

Estoy seguro de que no Google no lo va permitir..
 
Con los negocios electrónicos cuesta verlo, pero es un poco como si tu blog estuviese físicamente en Europa, y los europeos entrasen en él (técnicamente estás dando un servicio a un europeo y el europeo sigue estando en jurisdicción europea, no se ha movido). Los europeos tienen sus derechos en Europa de igual forma que una persona de Argentina tiene sus derechos en Argentina.

Existiendo una serie de infracciones, si se cometen los comportamientos que las mismas recogen, existe una sanción (las sanciones respecto a las infracciones cumplen la misma función que las penas respecto a los delitos, ser un desincentivo a que se cometan). Antes era España la que tenía que poner las sanciones a extranjeros, si es que los sancionaba, mientras que ahora es la Unión Europea... la diferencia es que la Unión Europea tiene mucho más poder que España, se supone tendrá más fácil hacer que las sanciones sean efectivas (aquí entrarían los embargos de los bienes que los extranjeros podáis tener en Europa, o bien la solicitud al país del extranjero en cuestión para que haga efectiva la sanción –y como a Argentina, siguiendo con el ejemplo, le interesa que España traslade las sanciones que la Administración argentina pueda imponer a un español, si se da el caso, tiene incentivos para colaborar con España–.

Por supuesto para los extranjeros será más complicado que os cobren las sanciones, de darse, que a un español, pero no hay que subestimar la capacidad y el poder de la UE para hacer cumplir estas (ojo con los que digan que es imposible –no es lo mismo difícil que imposible–).

Que excelente que como jurista puedas darnos un poco de luz en estos momentos acá en ForoBeta, muchas gracias por la información. Ahora tengo más claro todo el asunto de esta ley. Por otra parte, por lo visto, una forma de evitar problemas es simplemente bloquear a los usuarios de países europeos (más específicamente, conexiones de IPs de países miembros europeos).

Y de nuevo, reitero mi agradecimiento por compartir tu conocimiento con nosotros, tu aporte es de mucho valor para todos los miembros del foro :encouragement:
 
Flipando me hallo.

O sea no solo lo que diga la UE prevalece ante una ley orgánica nada más y nada menos, sino que más que la constitución

Los que más hablan de fascismo son los más fascistas, patético.

No es que lo que diga la UE prevalece, sino que España como parte de los acuerdos internacionales que subscribió al formar parte de la UE, decide modificar su propio sistema legal para adecuarlo a las decisiones que se toman en el propio seno comunitario, del que también forma parte. Es lo que se conoce como "primacía del derecho comunitario".

No hay nada de fascismo en decidir formar parte de un ente supranacional, tener derecho de decisión y voto, y por tanto obligarse a cumplir las decisiones que dicho ente apruebe.
 
Qué bueno un jurista ¡ por cierto sabes algo acerca del rumor que hay sobre que en Noviembre se van a endurecer las reglas del juego con una presunta ley en borrador de iPrivacy que obligará a cargar las cookies de manera que el usuario pueda bloquearlas desde el navegador, osea cookies granulares teniendo la posibilidad de bloquear adsense y con ello los ingresos de toda una web... Es una locura si aprueban esta ley se cargan Internet ya que nos guste o no se gestiona todo con publicidad, muchas gracias.

Si amigo eso dicen pero hasta ahora no hay nada claro, en todo caso creo que lo mejor sera tener un plan b si esto llega a pasar, es decir no depneder solo de adsese.
 
Flipando me hallo.

O sea no solo lo que diga la UE prevalece ante una ley orgánica nada más y nada menos, sino que más que la constitución

Los que más hablan de fascismo son los más fascistas, patético.

A España no sólo nadie la obligó a entrar en la UE, sino que fue precisamente por causa de un régimen perfectamente calificable de fascista, el del general Franco, que entramos tan tarde. Nos tiramos bastantes años de hecho esforzándonos por cumplir con los requisitos exigidos por la UE... que es un "club" en el que muchos países quieren entrar (y otros salir, pero bueno 😉).

Como ha comentado un compañero cuando España accedió a entrar cedió soberanía. Por un lado te sometes a la legalidad europea (al TUE –Tratado de la Unión Europea– y TFUE –Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea–, así como a los Tratados Internacionales que la UE tenga con otros Estados u Organizaciones Internacionales), pero por otro lado pasas a formar parte de los órganos que elaboran dicha legislación (el Parlamento Europeo, p. ej., al que mandamos nuestros representantes, tras votarlos en las elecciones que se celebran cada cinco años).

La UE en definitiva puede gustar más o menos, pero cada Estado miembro puede irse cuando guste, como hizo p. ej. Reino Unido.

Qué bueno un jurista ¡ por cierto sabes algo acerca del rumor que hay sobre que en Noviembre se van a endurecer las reglas del juego con una presunta ley en borrador de iPrivacy que obligará a cargar las cookies de manera que el usuario pueda bloquearlas desde el navegador, osea cookies granulares teniendo la posibilidad de bloquear adsense y con ello los ingresos de toda una web... Es una locura si aprueban esta ley se cargan Internet ya que nos guste o no se gestiona todo con publicidad, muchas gracias.

La verdad es que no lo había escuchado, aunque reconozco que no estoy al día en ese sector (yo me quiero dedicar al Derecho de los impuestos y un poco de Derecho penal, al final el Derecho es tan extenso que toca especializarse).

Que excelente que como jurista puedas darnos un poco de luz en estos momentos acá en ForoBeta, muchas gracias por la información. Ahora tengo más claro todo el asunto de esta ley. Por otra parte, por lo visto, una forma de evitar problemas es simplemente bloquear a los usuarios de países europeos (más específicamente, conexiones de IPs de países miembros europeos).

Y de nuevo, reitero mi agradecimiento por compartir tu conocimiento con nosotros, tu aporte es de mucho valor para todos los miembros del foro :encouragement:

Por supuesto no tener tráfico de la Unión Europea es una manera de evitar esto, pero en mi opinión es matar moscas a cañonazos, como se suele decir (es como si destruyes tus empresas para no tener que pagar el IS, el impuesto de sociedades). En Blogger por ejemplo te lo dan todo hecho, el problema es que como consigues el consentimiento con posterioridad a que el usuario haya entrado ya la publicidad que se le muestra inicialmente es la que no está basada en sus intereses (y como tal, al no interesarle especialmente, pinchan bastante menos).
 
Hola!

Ya han caído muchos? es decir, ya se ha sabido que hayan hecho muchos detenciones por esta ley? Cuántos van, y cuales han sido las penas?
 
Con las multas que se prevén, si te toca te cae una buena. Tú y yo tenemos, según me consta, los blogs en Blogger, y es cierto que te viene, entre comillas, todo hecho (digo entre comillas, porque con la configuración actual el consentimiento se obtiene para el público español tras mostrarse la publicidad, por lo que la que se muestra inicialmente no es la publicidad basada en intereses, sino la contextual y demás –y el CTR para el tráfico de España ha bajado consecuentemente, ya que es publicidad no segmentada, que es más difícil que interese–), pero si quisieras volver a las ganancias de antes tendrías que hacer cambios (p. ej., retrasar la aparición de los anuncios hasta que haya obtenido el consentimiento, tácitamente, por parte del visitante).

A mí no me apetece jugármela a que me multen, pero ya eso cada uno.
 
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