Haber hace un tiempo hable sobre este tema, hace ya mucho en realidad, pero no me pararon bola en el otro foro nacional. XD.
El impuesto que se debe declarar es donde dice RENTAS DE TRABAJO Y/O RENTAS DE FUENTE EXTRANJERA, se declara una vez al año, de acuerdo a la tablita que mostraron por alli.
Si crees que la SUNAT no va saber de donde generas ingresos, es falso, si cobras ADSENSE por PAYONER, te salvas, no tienen como controlar eso, pero si COBRAS ADSENSE, por WESTERUNION, pues si se te ocurre comprar una casa o un automovil, automáticamente ya FUISTE. Y entonces piden a WESTERUNION que revise todos tus recibos, y se quedan calladitos, ya cuando ven que la suma es HONEROSA, entonces comienzas a joder.
Revisan que no tienes ningun negocio ni nada, y entonces sacan pluma de donde este tipo tiene ingresos. (Te investigan por Lavado de Activos: dinero que no se sabe de donde proviene o no tiene fuente legal)
Ahora bien, si recibes por el BANCO, apenas pasas los 10,000 soles, un oficial de cumplimiento te reportar a la central de lavado de activos, y es cuestion de dias o meses para que te caiga el guante.
Si decides declara tu mismo, cierras el año, pagas un contador para una declarion persona natural anual de impuesto a la renta, pones el total de INGRESOS (que la SUNAT pueda chekearte, bacno, wester, etc etc), y pagas el % QUE TE CORRESPONDE, no HAY DE OTRA, hacer una RUS o RUC (Regimen General o ESPECIAL), estas haciendo MAL!, ya que no estan prestando nigun servicio a nadie que si declare, ni ningún servicio, emitir una BOLETA O FACTURA o incluso RECIBO a google?, pues se estan metiendo en problemas porque GOOGLE no tiene RUC en el Peru, a no ser que vayan a google de San Isidro, y les pregunten, quizas elos ya tengan RUC en el PERU, mientras no lo tengan, están hciaendo mal, es como inventarse FACTURAS Y/O Boletas, a nombre de "PEPITO" en fin. Hay algunas otras cosas mas que puedo explicarles pero ando con el tiempo corto.
De todos modos si necesitan ayuda me dicen, soy Bachiller en Contabilidad, y entiendo de todo esto, llevo 5 años tributando.
Si sus ingresos no pasan de 800 dolares mensuales (como 25,000 SOLES AL MES), no se preocupen.
Pero antes de comprar un CARRO DEL AÑO en efectivo piensenlo, mejor busquen a alguien que si declare y gane dinero, y denle la plata a el, XD. Si quieren pasar desapercibidos nunca compren algo caro a su nombre, ni tampoco usen TARJETAS DE CREDITO DEBITO ETC ETC, asi es como hacen cruze de información, y si quieren prestamos y esas cosas, con la declaración de impuestos ANUAL, es suficiente!
FUENTES SUNAT:
RESPECTO DE LAS RENTAS DE PERSONAS NATURALES SIN NEGOCIO:
Cuando hubieran obtenido rentas del trabajo (cuarta y/o quinta categoría) y/o rentas de fuente extranjera que correspondan ser sumadas a aquellas, siempre que se encuentren en cualquiera de las siguientes situaciones:
iv) La suma de la renta neta del trabajo (renta neta de cuarta y quinta categoría) más la renta neta de fuente extranjera supere los S/. 25,000 (veinticinco mil y 00/100 Nuevos Soles), para lo cual se considerará la suma de los montos de las casillas 512 y 116 del d Formulario Virtual N° 691.
Rentas del Exterior (o de fuente extranjera)
En caso se perciban, se declaran anualmente al cierre de cada ejercicio y se suman a la Renta Imponible del Trabajo, que tenga la persona.
El impuesto pagado en el exterior es un crédito sin derecho a devolución, que se determina aplicando fórmula de tasa media.
RENTAS DE FUENTE EXTRANJERA
En las rentas del exterior o de fuente extranjera se aplica el criterio de lo percibido.
Estas rentas son las que provienen de las ganancias en bienes muebles tangibles o intangibles y/o bienes inmuebles, del trabajo o cualquier otra distinta a la actividad empresarial.
En este caso el impuesto se regulariza anualmente, sumando la renta neta de fuente extranjera a la renta neta del trabajo y al monto que resulte (renta imponible) se le aplica la escala progresiva del impuesto del 15%,21% y 30% respectivamente. Se exceptúa de este cómputo a las rentas de valores mobiliarios que se hayan considerado para ser sumadas a la renta imponible de segunda categoría que se regulariza conjuntamente con el impuesto y la Declaración de Renta Anual.
Si desean asesoría para ponerse en regla, enviar PM.
EXITOS!