Impuestos y Seguridad Social en Adsense Colombia

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Alguien dijo por ahi que si se ganaba mas de un salario minimo en adsense en Colombia se debe pagar salud y pension , pro yo digo que eso es falso por que deben pagarlo cuando hay un contrato laboral o de servicios, y en el caso de adsense no existe contrato laboral ni de servicios , los independientes deben tener un contrato de servicios y en adsense no existe, que opinan?

si gano 1.000.000 mensulal, en adsense en Colombia deberia pagar algun tipo de impuesto?
 
teoricamente debes pagar salud y pensión como independiente 40% de lo que ganas, como minimo ( Ejemplo: "me gano 10.0000 el 40% es 4.000.000 sobre esos 4 paquetes pagas como el 18 % que es salud y pensión 600.000 mal contados")ya que por robo que parezca y escasa la posibilidad tener un pension en un futuro es un ideal.

Sobre pagar impuestos el tema ya se trato en otro post pero en resumen
es colombia pais desordenado debes tributar si ganas mas de 3.2 millones mensuales ("asesorate contador") y tener sentido comun si compras carro, casa o mueves mucho dinero y q la diana tiene 5 años para fiscalizar

Un saludo 😛7:
 
puede llegar a ser un arma de doble filo. no soy de colombia pero si llegas a generar eso y todo se va por la parte legal ley colombiana tendrias que tu también declarar o adsense poderle un tarifa ganes mas o menos. pienso yo
 
no amigo ya investigue el tema decalarar ernta solo es cuando pasas de 35.591.000 y yo solo gano mensual 1.000.000 x 12 = 12.000.000 asi que ni por asomo debo pagar renta, en el caso de salud y pension PARA PAGAR DEBE HABER UN CONTRATO LABORAL O DE SERVICIOS y adsense no se configura como ninguno de estos , PARA SER INDEPENDIENTE SE DEBE TENER UN CONTRATO DE SERVICIOS y adsense no se configura como tal por eso no debemos cotizar a salud ni pensiones, ademas que yo apenas estoy en sisben xd, asi que yo por lo menos por ningun lado debeo pagar ni impuestos ni cotizar a salud y pension, eso de pagar salud y pension 600.000 cuando solo gano 1.000.000 mensual suena hasta gracioso, por eso es FALSO

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teoricamente debes pagar salud y pensión como independiente 40% de lo que ganas, como minimo ( Ejemplo: "me gano 10.0000 el 40% es 4.000.000 sobre esos 4 paquetes pagas como el 18 % que es salud y pensión 600.000 mal contados")ya que por robo que parezca y escasa la posibilidad tener un pension en un futuro es un ideal.

Sobre pagar impuestos el tema ya se trato en otro post pero en resumen
es colombia pais desordenado debes tributar si ganas mas de 3.2 millones mensuales ("asesorate contador") y tener sentido comun si compras carro, casa o mueves mucho dinero y q la diana tiene 5 años para fiscalizar

Un saludo 😛7:

No amigo ya investigue el tema declarar renta solo es cuando pasas de 35.591.000 y yo solo gano mensual 1.000.000 x 12 = 12.000.000 asi que ni por asomo debo pagar renta, ademas las personas naturales de regimen simplificado no pagan impuestos como puede ver aqui Tratamiento tributario de los ingresos de Google Adsense en Colombia | Gerencie.com en el caso de salud y pension PARA PAGAR DEBE HABER UN CONTRATO LABORAL O DE SERVICIOS y adsense no se configura como ninguno de estos , PARA SER INDEPENDIENTE SE DEBE TENER UN CONTRATO DE SERVICIOS y adsense no se configura como tal por eso no debemos cotizar a salud ni pensiones, ademas que yo apenas estoy en sisben xd, asi que yo por lo menos por ningun lado debeo pagar ni impuestos ni cotizar a salud y pension, eso de pagar salud y pension mas o menos 72.000 cuando solo gano 1.000.000 mensual suena hasta gracioso, por eso es FALSO
 
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Costele que se le advirtio! un saludo ( si ganas mas de 3.2 millones mensuales ) un año tiene 12 meses no lo olvides 😎😎 exitos
 
Hola [MENTION=146351]sella[/MENTION]

¿Estás registrado con RUT? ¿Cómo haces para acudir al médico?

En el futuro, cuando la vejez esté cerca ¿no consideras que sería mejor tener ahorrado para tu pensión?
 
Buenos días.
Creo que el enfoque que tienes está mal. Te explico un poco, para complementar lo que te han explicado los compañeros en sus comentarios.

a). IMPUESTOS
Todos los colombianos pagamos impuestos, estemos trabajando en el sector productivo o no; es decir, si eres propietario de una Pyme (empleador), trabajador común (empleado), trabajador informal o independiente (sin vínculos laborales) o desempleado. Estos impuestos se corresponden con los servicios de energía, telecomunicaciones, etc. Otra cosa diferente es el llamado:

b). IMPUESTO SOBRE LA RENTA
El importe sobre la renta es un impuesto especial para todos los colombianos que deriven un salario de 3'200.000 mensuales aproximadamente (multiplicar por 12 meses para obtener el ingreso anual). Esto indica que todo trabajador (propietario de Pyme, empleado común, trabajador informal o trabajador independiente) que gane el salario en mención o más de ello debe pagar el impuesto sobre la renta. Evadir este impuesto puede traer consecuencias fiscales desagradables para los trabajadores evasores. Para calcular el valor de su importe anual sobre la renta, es recomendable consultar a un contador cualificado para que le ayude con el papeleo y le indique cuáles son los documentos para anexar (lo que le permitirá enviar un reporte exacto o recibir descuentos sobre el valor total, si lo amerita).

Una vez clara la diferencia entre los impuestos generales y el impuesto sobre la renta, considero necesario explicar el concepto de pago de salud y pensión.

c). SOBRE EL PAGO DE SALUD Y PENSIÓN
Por disposiciones de la legislación vigente en Colombia, todos los trabajadores colombianos (propietarios de Pymes, empleados comunes, trabajadores informales e independientes) deben realizar sus aportes a salud y a pensión como garantía para el empleado y sus familias.

En el caso de los propietarios de Pymes y los empleados comunes, el empleador o responsable de realizar el pago de nómina descuenta de manera automática el valor total mensual del importe por concepto de salud y pensión. Por su parte, los trabajadores informales e independientes deben realizar esos pagos por cuenta propia (aunque nadie los obliga a ello); sería ideal que pensasen en su futuro y el de sus familias y realizaran los pagos a salud y pensión.

En tu caso, como veo que eres trabajador informal o independiente, es decir, no tienes un contrato laboral (ni fijo ni por prestación de servicios), sería ideal que empieces a aportar a salud y pensión desde ahora, pues recibirás sus beneficios luego de 1.200 semanas laboradas (realiza el cálculo pues cada año lectivo tiene sólo 52 semanas, ¿comprendes que serás mayor al término de este período?).

Es necesario que consultes en Protección o en Suramericana, entre otras entidades que ofrecen el servicio integral de salud, pensión y riesgos laborales para trabajadores informales e independientes. Con tu salario actual de 1'000.000, el pago que realizarás mensualmente no superará los 100.000 aproximados. No dejes para mañana esta diligencia. El SISBÉN es funcional cuando eres soltero dependiente de tus padres o estás desempleado temporalmente. Aún yo me he beneficiado del sistema de salud estatal, sin embargo, sus beneficios no se acercan al régimen diseñado para cuando alcanzamos la mayoría de edad e ingresamos al mundo laboral (como propietario de una Pyme, empleado común o trabajador informal o independiente).

Espero que mi aporte te ayude a analizar el tema, buscar mayor información sobre ello y tomar una decisión informada.
 
Muy buena la explicación de [MENTION=122918]AlbertoTB[/MENTION]

Sólo añadir que otra opción para pagar pensión es con Colpensiones y que en realidad el pago por salud/pensión actualmente no ronda los 100 mil sino los 180.000 (sin riesgos laborales).

Y me gustaría preguntar, ya que estamos con este tema [MENTION=122918]AlbertoTB[/MENTION] ¿cómo está el tema de pagos de impuestos por servicios de hosting? Creo que hay una ley de hace un par de años que ahora exige pagar impuestos cuando se ofrecen este tipo de servicios (pero no sé si aplica sólo para régimen común).
 
[MENTION=1576]ramonjosegn[/MENTION], me alegra saludarle.

Con respecto a su pregunta, creo que para Pymes instituidas (NIT), hay que averiguar el proceso en la DIAN. Sin embargo, muy pocos funcionarios dan detalles precisos sobre este tema.

Si tienes RUT, aún no estoy enterado sobre este proceso. El tema es muy oscuro todavía. Mi pyme la legalizaré, si todo continúa bien como hasta ahora, al finalizar el año. Hay un proyecto con el municipio y necesito tener NIT para aplicar. Me acercaré a la DIAN al finalizar este mismo mes. Podré hacer un post sobre este tema tan pronto reviba mayor información.

Observación: muchas gracias añadir más información en el hilo; quizá este tema puede beneficiar a muchos otros usuarios con las mismas inquietudes.
 
Buenos días.
Creo que el enfoque que tienes está mal. Te explico un poco, para complementar lo que te han explicado los compañeros en sus comentarios.

a). IMPUESTOS
Todos los colombianos pagamos impuestos, estemos trabajando en el sector productivo o no; es decir, si eres propietario de una Pyme (empleador), trabajador común (empleado), trabajador informal o independiente (sin vínculos laborales) o desempleado. Estos impuestos se corresponden con los servicios de energía, telecomunicaciones, etc. Otra cosa diferente es el llamado:

b). IMPUESTO SOBRE LA RENTA
El importe sobre la renta es un impuesto especial para todos los colombianos que deriven un salario de 3'200.000 mensuales aproximadamente (multiplicar por 12 meses para obtener el ingreso anual). Esto indica que todo trabajador (propietario de Pyme, empleado común, trabajador informal o trabajador independiente) que gane el salario en mención o más de ello debe pagar el impuesto sobre la renta. Evadir este impuesto puede traer consecuencias fiscales desagradables para los trabajadores evasores. Para calcular el valor de su importe anual sobre la renta, es recomendable consultar a un contador cualificado para que le ayude con el papeleo y le indique cuáles son los documentos para anexar (lo que le permitirá enviar un reporte exacto o recibir descuentos sobre el valor total, si lo amerita).

Una vez clara la diferencia entre los impuestos generales y el impuesto sobre la renta, considero necesario explicar el concepto de pago de salud y pensión.

c). SOBRE EL PAGO DE SALUD Y PENSIÓN
Por disposiciones de la legislación vigente en Colombia, todos los trabajadores colombianos (propietarios de Pymes, empleados comunes, trabajadores informales e independientes) deben realizar sus aportes a salud y a pensión como garantía para el empleado y sus familias.

En el caso de los propietarios de Pymes y los empleados comunes, el empleador o responsable de realizar el pago de nómina descuenta de manera automática el valor total mensual del importe por concepto de salud y pensión. Por su parte, los trabajadores informales e independientes deben realizar esos pagos por cuenta propia (aunque nadie los obliga a ello); sería ideal que pensasen en su futuro y el de sus familias y realizaran los pagos a salud y pensión.

En tu caso, como veo que eres trabajador informal o independiente, es decir, no tienes un contrato laboral (ni fijo ni por prestación de servicios), sería ideal que empieces a aportar a salud y pensión desde ahora, pues recibirás sus beneficios luego de 1.200 semanas laboradas (realiza el cálculo pues cada año lectivo tiene sólo 52 semanas, ¿comprendes que serás mayor al término de este período?).

Es necesario que consultes en Protección o en Suramericana, entre otras entidades que ofrecen el servicio integral de salud, pensión y riesgos laborales para trabajadores informales e independientes. Con tu salario actual de 1'000.000, el pago que realizarás mensualmente no superará los 100.000 aproximados. No dejes para mañana esta diligencia. El SISBÉN es funcional cuando eres soltero dependiente de tus padres o estás desempleado temporalmente. Aún yo me he beneficiado del sistema de salud estatal, sin embargo, sus beneficios no se acercan al régimen diseñado para cuando alcanzamos la mayoría de edad e ingresamos al mundo laboral (como propietario de una Pyme, empleado común o trabajador informal o independiente).

Espero que mi aporte te ayude a analizar el tema, buscar mayor información sobre ello y tomar una decisión informada.

Hola pero el tema de salud y pension es que no hay un contrato de servcios en google adsense por ello no estoy dentro de los independientes ya que independiente es aquellas personas que no están vinculadas a una empresa mediante un contrato de trabajo, sino mediante un contrato de servicios y son remunerados bajo la figura de honorarios o comisiones que no es el caso de adsense y es por que ello que no debemos pagar pension ni salud, ademas yo soy un regimen simplificado y cumplo los requisitos establecidos en el ET para no pasar el regimen comun, asi que no debo pagar impuesto alguno y menos impto de renta. en mi opinión personal no debo pagar salud ni pension de forma obligatoria, ya seria otra cosa si yo quiero pagarla pero no estoy obligado, yo se que aportar a salud seria lo conveniente pero no estoy obligado legalmente

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Hola [MENTION=146351]sella[/MENTION]

¿Estás registrado con RUT? ¿Cómo haces para acudir al médico?

En el futuro, cuando la vejez esté cerca ¿no consideras que sería mejor tener ahorrado para tu pensión?

Hola tengo siben para salud,no no estoy inscrito en el RUT y pues uso pc e internet de mi familia que me apoya xd, yo se algo de contaduría por que estudie varios semestres en una U publica
 
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Mas de 6 años con Adsense y ningun problema sin pagar pension ni salud (prefiero invertir el dinero en negocios que en una pension)
 
Mas de 6 años con Adsense y ningun problema sin pagar pension ni salud (prefiero invertir el dinero en negocios que en una pension)

eso es lo que pienso yo amigo, y es que ademas legalmente no estamos obligados por que no hay un contrato de servicios de por medio ya que el de adsense no se configura como tal
 
eso es lo que pienso yo amigo, y es que ademas legalmente no estamos obligados por que no hay un contrato de servicios de por medio ya que el de adsense no se configura como tal

llevo 7 años y siempre he pagado salud por aparte, no porque este obligado. porque nunca me a gustado el sisben.
 
llevo 7 años y siempre he pagado salud por aparte, no porque este obligado. porque nunca me a gustado el sisben.

a bueno eso es otro asunto, en mi ciudad emsanar me atiende bien xd, es lo que digo voluntariamente si, legalmente no
 
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