Buenos días.
Creo que el enfoque que tienes está mal. Te explico un poco, para complementar lo que te han explicado los compañeros en sus comentarios.
a). IMPUESTOS
Todos los colombianos pagamos impuestos, estemos trabajando en el sector productivo o no; es decir, si eres propietario de una Pyme (empleador), trabajador común (empleado), trabajador informal o independiente (sin vínculos laborales) o desempleado. Estos impuestos se corresponden con los servicios de energía, telecomunicaciones, etc. Otra cosa diferente es el llamado:
b). IMPUESTO SOBRE LA RENTA
El importe sobre la renta es un impuesto especial para todos los colombianos que deriven un salario de 3'200.000 mensuales aproximadamente (multiplicar por 12 meses para obtener el ingreso anual). Esto indica que todo trabajador (propietario de Pyme, empleado común, trabajador informal o trabajador independiente) que gane el salario en mención o más de ello debe pagar el impuesto sobre la renta. Evadir este impuesto puede traer consecuencias fiscales desagradables para los trabajadores evasores. Para calcular el valor de su importe anual sobre la renta, es recomendable consultar a un contador cualificado para que le ayude con el papeleo y le indique cuáles son los documentos para anexar (lo que le permitirá enviar un reporte exacto o recibir descuentos sobre el valor total, si lo amerita).
Una vez clara la diferencia entre los impuestos generales y el impuesto sobre la renta, considero necesario explicar el concepto de pago de salud y pensión.
c). SOBRE EL PAGO DE SALUD Y PENSIÓN
Por disposiciones de la legislación vigente en Colombia, todos los trabajadores colombianos (propietarios de Pymes, empleados comunes, trabajadores informales e independientes) deben realizar sus aportes a salud y a pensión como garantía para el empleado y sus familias.
En el caso de los propietarios de Pymes y los empleados comunes, el empleador o responsable de realizar el pago de nómina descuenta de manera automática el valor total mensual del importe por concepto de salud y pensión. Por su parte, los trabajadores informales e independientes deben realizar esos pagos por cuenta propia (aunque nadie los obliga a ello); sería ideal que pensasen en su futuro y el de sus familias y realizaran los pagos a salud y pensión.
En tu caso, como veo que eres trabajador informal o independiente, es decir, no tienes un contrato laboral (ni fijo ni por prestación de servicios), sería ideal que empieces a aportar a salud y pensión desde ahora, pues recibirás sus beneficios luego de 1.200 semanas laboradas (realiza el cálculo pues cada año lectivo tiene sólo 52 semanas, ¿comprendes que serás mayor al término de este período?).
Es necesario que consultes en Protección o en Suramericana, entre otras entidades que ofrecen el servicio integral de salud, pensión y riesgos laborales para trabajadores informales e independientes. Con tu salario actual de 1'000.000, el pago que realizarás mensualmente no superará los 100.000 aproximados. No dejes para mañana esta diligencia. El SISBÉN es funcional cuando eres soltero dependiente de tus padres o estás desempleado temporalmente. Aún yo me he beneficiado del sistema de salud estatal, sin embargo, sus beneficios no se acercan al régimen diseñado para cuando alcanzamos la mayoría de edad e ingresamos al mundo laboral (como propietario de una Pyme, empleado común o trabajador informal o independiente).
Espero que mi aporte te ayude a analizar el tema, buscar mayor información sobre ello y tomar una decisión informada.