Pago de impuestos por publicidad de Adsense en Perú: ¿Cómo hacerlo correctamente?

  • Autor Autor Luisin
  • Fecha de inicio Fecha de inicio
Buenas, gracias por poner el link, leyendo un poco que también habla del régimen RER, y que fácilmente podemos saltar la restricción de no encuandrarnos como informáticos. Por ejemplo alguien que vende frutas por internet, en que régimen entra? Obviamente en venta de frutas, supongo que será venta de perecederos y que usa internet y su página como medio de venta, así que es imposible encuadrarlo como informático. Que opinas [MENTION=3254]BloggerAmigo[/MENTION]

Entonces, nosotros hacemos prácticamente lo mismo, cedemos espacios en nuestra web para que un tercero realice sus ventas. Nosotros no trabajamos para google ni para ese tercero, simplemente le cedemos espacios en nuestro medio para sus ventas. Eso nos quita de la categoría de informáticos(donde si estarían los programadores, administradores de servidores, dueños de empresas de software, etc etc).

Esta semana me reúno de nuevo con el contador a ver que me dice.
Sigan aportando sus averiguaciones, la idea es pagar lo menos posible pero que sea legal, ya que un 15% del que habla Rickroma, me parece como mucho....:grumpy: Si ganas poco, parece poco, pero si tus ganancias son altas, se va sintiendo la diferencia.

Yo pago el 10% mensual y hay meses que pague mas de 2800 soles es demasiado pero es lo que toca sino la sunat de va a coger de los testículos

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Desaprobado en comprensión lectora ...

Estoy viendo Lost luego vuelvo [emoji1]


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Pero si dijo lo correcto 100 es el 10% de lo que debe pagar mensualmente si gana 1mil soles mensuales

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yo saco varios miles de soles por mes y no he pagado ni un sol, ya me verán algún día.. forobetano está preso, colaboración para sacarlo :s la última parte no creo que lo pongan..

saludos :encouragement:

Parece chiste pero la verdad es que la sunat te meterá multa hasta por respirar y lo por que si te meten preso por lavado de activos

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El que debe de tener experiencia en este tema es Exchangerperu.
A mi hasta ahora en el banco no me dicen nada 😕

Si ganas bien, luego la sunat te metera una auditoria y te sacan el total de impuestos evadidos + una inmensa multa te dejaran en la calle

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A ver sin tanto tecnicismos y palabras tecnicas.

10% se paga si vas a la Sunat y te presentas como Trabajador Independiente. Si pasas los 1500 soles (500$ aprox mensual) debes pagar el 10%, si es menos no pagas. Pero declaras con tu Recibos por Honorario. Ahora se preguntaran pero como le voy a Girar Recibos a Google. No importe que le hagas llegar, solamente emitelo y es una constancia ante la SUNAT que estas tributando.

Si ganas 5000$ mensual logicamente se recontra paso. Pero tu decide si quieres seguir como trabajador indpendiente pagando el 10%. Acogete al RER y pagas 2% de Renta mensual, el RER no esta obligado a presentar Declaracion de Renta Anual donde te hacen pagar el 30% de tus ingresos. Pero solo si no pasas los 525,000 Soles al año (175,000$)

Suerte

Creo que no es recomendable siquiera mencionar el régimen especial (RER) seria un gran daño que alguien se vaya por el sabiendo que las actividades informáticas no lo acogen y luego tendra muchos problemas

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Perdona que te siga citando, pero veo que entendés mucho del tema, yo me reuno con un contador online y le pago la consulta, pero veo que perdió el interés en asesorarme, o es que no entiende del tema y no tiene ganas de averiguar... Y mi socio que esta en perú y tiene la cuenta compartida conmigo no tiene tiempo, ya que trabaja full time y solo tiene tiempo libre a la noche, así que yo me tengo que hacer cargo de las averiguaciones.


Bueno, al punto. Lógicamente lo ideal seria entrar el el regimem de RER, solo se pagaria 2% y nada más? Lo ultimo que hable con el contador es que se puede uno acoger al RER, ya que nosotros alquilamos espacios para que otros hagan sus ventas. No somos programadores, ni trabajamos para google, somos independientes y no entraria en el rubro "servicios informáticos" mas bien en "venta, alquiles de servicios" o algo así. Incluso no se pagaría impuestos IGV?

Tendrás algún contador de confianza que me asesore? Pagaría la consulta, no es problema eso, pero necesito uno que entienda muy bien del tema. No quiero que mi pata :witless: vaya en cana por hacerme el favor... 😡

Saludos.

Como se dijo el RER no es recomendable mas adelante tendrás problemas si tienes ingresos grandes, una cosa que no seas programador/diseñador el hecho que ya toques una computadora para hacer el trabajo y generar los ingresos por ello la sunat ya te clasifica en esa categoría. mejor es la cuarta categoría aunque duela pagar tanto.

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Buenas, no es por contradecir, ya que entiendo poco y nada del tema, pero se lo mencione al contador y me dijo algo asi: Suponiendo que hay una persona que vende huevos de pajaro dodo, y para mejorar las ventas lo hace mediante internet, en que categoría encuadra, comerciante vendedor de huevos o informático?

No carga el pdf que pusiste.

Al margen de ello, no entiendo por que pagar impuestos es tan complicado en un pais que en teoría esta encabezando el crecimiento de la región.... Que dificil loco!

Lo de usar internet para vender un producto, los ingresos y ganancias lo genera el producto internet solo es un medio para llegar a hacer la venta. Nuestro trabjo no vendemos nada fisico todo es virtual y ganamos dinero por ello hay esta la diferencia.
 
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Yo pago el 10% mensual y hay meses que pague mas de 2800 soles es demasiado pero es lo que toca sino la sunat de va a coger de los testículos

Y anual cuanto pagas? Como los declaras? Yo también pago 10% mensual pero son como pagos a cuenta de la renta anual.
 
Y anual cuanto pagas? Como los declaras? Yo también pago 10% mensual pero son como pagos a cuenta de la renta anual.

El anual se calcula sobre los topes que la sunat tiene sino me equivoco yo estare pagando el 21% por que sobrepasare los 100 mil soles
 
El anual se calcula sobre los topes que la sunat tiene sino me equivoco yo estare pagando el 21% por que sobrepasare los 100 mil soles

Osea estas declarando como personal natural (Renta de fuente extranjera) o me equivoco.
 
Lo de usar internet para vender un producto, los ingresos y ganancias lo genera el producto internet solo es un medio para llegar a hacer la venta. Nuestro trabjo no vendemos nada fisico todo es virtual y ganamos dinero por ello hay esta la diferencia.

Lo del 10% es mas aceptable, pero sigo en mi postura de que hay un pequeño vacio, nosotros no vendemos nada, ni trabajamos para un tercero, puede darse el caso de que nos "regalaron una pagina HTML" y "alquilamos" espacios para que "otros vendan" Supongo que con tiempo corregiran este punto. Hay muchas artucias legales para evadir eso.... En caso de que te caiga el fisco.

Pero bueno vos que sabes tanto, podrias darnos con mas detalle como sería el pago, quedarian estos puntos por definir:


1. En que categoria o como te registras(supongo que es en la Sunat)
2. El pago 10% lo haces cada mes, ¿como? vas a la sunat, presentas el comprobantem haces una factura? Explica pro favor.
3. Al año fiscal vencido, pagas un porcentaje del bruto, neto? que porcentaje es?
4. si ya has estado ganando y decides darte de alta para pagar impuestos, que pasa con esos ingresos que nunca declaraste?

Muchas gracias.
Saludos.
 
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Osea estas declarando como personal natural (Renta de fuente extranjera) o me equivoco.

Así es como fuente extranjera

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Lo del 10% es mas aceptable, pero sigo en mi postura de que hay un pequeño vacio, nosotros no vendemos nada, ni trabajamos para un tercero, puede darse el caso de que nos "regalaron una pagina HTML" y "alquilamos" espacios para que "otros vendan" Supongo que con tiempo corregiran este punto. Hay muchas artucias legales para evadir eso.... En caso de que te caiga el fisco.

Pero bueno vos que sabes tanto, podrias darnos con mas detalle como sería el pago, quedarian estos puntos por definir:


1. En que categoria o como te registras(supongo que es en la Sunat)
2. El pago 10% lo haces cada mes, ¿como? vas a la sunat, presentas el comprobantem haces una factura? Explica pro favor.
3. Al año fiscal vencido, pagas un porcentaje del bruto, neto? que porcentaje es?
4. si ya has estado ganando y decides darte de alta para pagar impuestos, que pasa con esos ingresos que nunca declaraste?

Muchas gracias.
Saludos.

Solo ve a la sunat y dile que vas a tributar como cuarta categoria por ingresos de fuente extranjera y ellos te daran los folletos con toda la info
 
Así es como fuente extranjera

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Solo ve a la sunat y dile que vas a tributar como cuarta categoria por ingresos de fuente extranjera y ellos te daran los folletos con toda la info

amigo te puedo agregar al skype :topsy_turvy:

PD tbm de Peru xD
 
Acá en colombia quieren ponerle impuestos a los comercios por internet, hace poco leí la noticia, esque acá les encanta encontrar maneras de hacerse del dinero del pueblo.
 
Así es como fuente extranjera

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Solo ve a la sunat y dile que vas a tributar como cuarta categoria por ingresos de fuente extranjera y ellos te daran los folletos con toda la info

Es que no vivo en Perú, soy de Argentina, mi socio vive en Peru(también Argentino), pero trabaja hasta las 20hrs y no tiene tiempo, por eso me encargo de las averiguaciones, y mas o menos cuando tenga todo averiguado le digo mas o menos a donde ir o como hacerlo...

Voy a esperar a ver que dicen los demás compañeros.

Gracias.
 
En mi caso por manejar montos relativamente altos y por recomendación de mi contador me acogí al régimen general y como soy informático abrí un empresa del rubro. Actualmente como mencionaron muchos estoy pagando el 2% mensual que corresponde al general y ahora para cerrar el año tendré que pagar el 30% menos lo ya pagado. Me preocupa porque va ser una gran suma que daré a la SUNAT como regalo de navidad.

Al igual que muchos de ustedes estaba preocupado sin saber lo que debería de hacer porque generaba buenos ingresos sin pagar impuestos buen tiempo, es así que conseguí a un contador tributarista él me explico que no puedo encajar en otro régimen por eso ahora tendré que pagar el 30% de mis utilidades :S.

Como abrí una empresa informática durante estos meses lo que estoy haciendo es juntar recibos tanto locales es decir recibos por honorarios por trabajos de programación, diseño, recibos de servicios de Internet, celulares, y además acumulando los comprobantes de los pagos de servicios extranjeros ya sea por servidores, dominios, cloudflare y diversos servicios que alquilo para mantener mis sitios con la idea de generar gastos y reducir el impuesto total, según lo que me explico mi contador los recibos de empresas extranjeras si me sirven como gastos, sin embargo esta parte la verdad no entiendo mucho y me queda duda, todavía no lo sé porque no cierro el año. Me gustaría alguien con más experiencia explique formas de reducir los impuestos de esta forma. Ya que como a todos lo que interesa es pagar menos sobre todo cuando son fuertes sumas.
 
En mi caso por manejar montos relativamente altos y por recomendación de mi contador me acogí al régimen general y como soy informático abrí un empresa del rubro. Actualmente como mencionaron muchos estoy pagando el 2% mensual que corresponde al general y ahora para cerrar el año tendré que pagar el 30% menos lo ya pagado. Me preocupa porque va ser una gran suma que daré a la SUNAT como regalo de navidad.

Al igual que muchos de ustedes estaba preocupado sin saber lo que debería de hacer porque generaba buenos ingresos sin pagar impuestos buen tiempo, es así que conseguí a un contador tributarista él me explico que no puedo encajar en otro régimen por eso ahora tendré que pagar el 30% de mis utilidades :S.

Como abrí una empresa informática durante estos meses lo que estoy haciendo es juntar recibos tanto locales es decir recibos por honorarios por trabajos de programación, diseño, recibos de servicios de Internet, celulares, y además acumulando los comprobantes de los pagos de servicios extranjeros ya sea por servidores, dominios, cloudflare y diversos servicios que alquilo para mantener mis sitios con la idea de generar gastos y reducir el impuesto total, según lo que me explico mi contador los recibos de empresas extranjeras si me sirven como gastos, sin embargo esta parte la verdad no entiendo mucho y me queda duda, todavía no lo sé porque no cierro el año. Me gustaría alguien con más experiencia explique formas de reducir los impuestos de esta forma. Ya que como a todos lo que interesa es pagar menos sobre todo cuando son fuertes sumas.

Pero esto no cabe en la actividad que realizamos(o entendí mal, todas tus ganancias son de adsense y publicidad?), ya que no trabajamos para nadie y el 30% es una locura, me pregunto, a donde van esos fondos, hay inversión en ese país, o es un salvense quien pueda y si se puede evadir, que se evada y listo. supongo que la informalidad en las empresas hacia los empleados debe ser atroz, Si se paga el 30% solo en impuestos, queda algo para los empleados? queda rentabilidad a la empresa.... o es que las grandes empresas tienen una "ayudita"? Que espanto... No me imagino tener una empresa y tener que pagar esa cantidad y con empleados mucho menos...

Con ese 30% prefiero abrir una empresa off-shore en algun otro país, e irme mensualmente a traerme el dinero, y me sobra para vacacionar...
 
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Como abrí una empresa informática durante estos meses lo que estoy haciendo es juntar recibos tanto locales es decir recibos por honorarios por trabajos de programación, diseño, recibos de servicios de Internet, celulares, y además acumulando los comprobantes de los pagos de servicios extranjeros ya sea por servidores, dominios, cloudflare y diversos servicios que alquilo para mantener mis sitios con la idea de generar gastos y reducir el impuesto total, según lo que me explico mi contador los recibos de empresas extranjeras si me sirven como gastos, sin embargo esta parte la verdad no entiendo mucho y me queda duda, todavía no lo sé porque no cierro el año. Me gustaría alguien con más experiencia explique formas de reducir los impuestos de esta forma. Ya que como a todos lo que interesa es pagar menos sobre todo cuando son fuertes sumas.

Pero los "recibos de empresas extranjeras" en si tienen validez para la Sunat? Cómo ellos pueden comprobar la validez de esos documentos?. Los recibos digitales que te dan las empresas de hosting, por ejemplo, se pueden modificar, alterar, o crearte uno si quieres.

Ahora si contrato redactores del foro, como sería la demostración de estos pagos a la Sunat?. Lo único que se tendría sería las transacciones hechas a través de paypal.

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SUNAT dice renta neta extranjera. Fui a la SUNAT y le pregunté si es que necesitaba servidores y esos asuntos, me dijeron que presente las facturas y normal. De todas formas no me parece lo mejor.

creo que toca offshore xD.

Creo que ni con off shore nos salvamos jaja :ambivalence:

"Según el citado experto, las compañías peruanas abrían empresas off shore en los paraísos fiscales (como Panamá, Luxemburgo, Islas Caimán) para evitar pagar impuestos al Perú, pues sólo pagaban en el país donde tenían su inversión. Ahora todos tendrán que declarar los movimientos que realizan, porque eso es lo que exige el régimen de transparencia fiscal internacional", explicó.

más detalles:
Todo peruano con negocio en el exterior pagará Impuesto a la Renta
 
De la ley de impuesto a la renta.

Los gastos incurridos en el extranjero se acreditarán con los correspondientes documentos emitidos en el exterior de conformidad a las disposiciones legales del país respectivo, siempre que conste en ellos, por lo menos, el nombre, denominación o razón social y el domicilio del transferente o prestador del servicio, la naturaleza u objeto de la operación; y, la fecha y el monto de la misma.
El deudor tributario deberá presentar una traducción al castellano de tales documentos cuando así lo solicite la Superintendencia Nacional de Administración Tributaria - SUNAT.


Lo que hay con respecto a la renta extranjera lo encuentran en el articulo 51, 51 A de la ley de impuesto a la renta. Les dejo el enlace.
Capítulo VI del T.U.O. de la Ley del Impuesto a la Renta

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Creo que falta conciencia tributaria, aunque vivamos en un país que el 30% de lo que ganamos se va a alimentar a congresistas que no tienen educación, para carreteras que no sirven, y monumentos sin sentido; el simple hecho de estar domiciliados en el Perú nos obliga a tributar por cualquier ingreso de fuente mundial, así dice la ley.
 
De la ley de impuesto a la renta.

Los gastos incurridos en el extranjero se acreditarán con los correspondientes documentos emitidos en el exterior de conformidad a las disposiciones legales del país respectivo, siempre que conste en ellos, por lo menos, el nombre, denominación o razón social y el domicilio del transferente o prestador del servicio, la naturaleza u objeto de la operación; y, la fecha y el monto de la misma.
El deudor tributario deberá presentar una traducción al castellano de tales documentos cuando así lo solicite la Superintendencia Nacional de Administración Tributaria - SUNAT.


Lo que hay con respecto a la renta extranjera lo encuentran en el articulo 51, 51 A de la ley de impuesto a la renta. Les dejo el enlace.
Capítulo VI del T.U.O. de la Ley del Impuesto a la Renta

Todo indica a que tenemos que ir por "Renta de fuente extranjera". Una pregunta, crees que si Adsense decidiera pagar desde una cuenta bancaria en soles en Perú a nuestras cuentas, cambiaría en algo el asunto o no tiene nada que ver.
 
esta bueno el hilo voy a leerlo al rato 😀
 
Todo indica a que tenemos que ir por "Renta de fuente extranjera". Una pregunta, crees que si Adsense decidiera pagar desde una cuenta bancaria en soles en Perú a nuestras cuentas, cambiaría en algo el asunto o no tiene nada que ver.

No cambia , la fuente de los ingresos es de USA (Google)


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el 30% es una locura,.

Jejeje no se porque te admiras si en argentina el impuesto es de 35% y esta tipificado como impuesto a las ganancias.


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Jejeje no se porque te admiras si en argentina el impuesto es de 35% y esta tipificado como impuesto a las ganancias.


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Eso no aplica a todos, como monotributista autonomo pago menos del 10% en el pago del monotributo ya viene incluido el impuesto a las ganancias, este regimen es para pequeños contribuyentes y no tanto:

Te pongo un ejemplo.

Hay varias categorías, partiendo de la categoría B, yo estoy en la D AFIP - Administración Federal

Mis ingresos anuales declarados no superan los 96.000 pesos arg. (tomando un valor de referencia dolar a 10 pesos arg) serian US$9600 de esos ingresos según mi categoría solo pago 518 pesos ARG al mes que en 1 año fiscal sería: 6216 pesos ARG. Y si pagás en tiempo y forma, solo pagás 11 meses.

Bien suponiendo que esté ganando 96.000 pesos ARG anuales - 6212 de impuestos = 89.784 Pesos netos que van a mi bolsillo. Sacando el porcentaje, regla de tres simples, solo pagaría el 6.5% de mis ingresos... No es interesante....?

Ahora preguntaran, por que no llevas todo el dinero a Argentina si se paga tan poco...
El tema es simple, tengo una sociedad con un amigo en Perú, el cual podemos tener ingresos en dolar billete(ahorro, pagos, etc), lo que en Argentina sería un sueño.

Incluso puedo tener empleados a mi cargo, ahí si tengo que soltar mucha plata, pero es en beneficio del empleado, no en beneficio del estado . El impuesto a las ganancias aplica a los que tienen un determinado salario en caso de ser empleados, y como empresa si ganas sumas siderales. El salario de bolsillo, neto, de un empleado con descuentos(obra social, jubilación, sindicato, etc,) es de un poco mas de us$1000 Esos no pagan impuesto a las ganancias.

No digo que en Argentina no se paguen impuestos altos, pero esto lo asumen los que mas ganan, y por lo menos están bien delimitados y englobados. Mal no estamos, lo único que jode es tener que perder un 40% de los pagos en dolares que recibimos y no poder tener acceso a un dolar billete. Y que la mugre de gobierno se robe lo poco queda y regalen nuestra plata a los parias chupasangre.

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Ahora me surge una duda...
Como hacen las empresas que envian remesas desde perú al extranjero, si solo te cobran el 5% promedio del envío... Como pagan ese 30%...?
como hacés exchangerperu ? 😛anda:
 
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Hola a todos, soy contadora titulada, bueno espero que les sirva un poco de ayuda con algunas de mis opiniones. Entré aquí por una recomendación de un usuario, para a ver si podía dilucidar los puntos que están tocando sobre este tema en especial.

Muchas personas casi la mayoría no tiene consciencia tributaria y de raíz la poca cultura tributaria que tenemos y un sin fin de variables más. Creo que esto también se está aplicando en el internet con los servicios digitales que uds ofrecen actualmente.

Nuestro país todavía no está contemplado en algunos servicios digitales que uds ofrecen exactamente para que paguen impuestos. Por eso muchos de uds no lo hacen. Tampoco es muy audaz para cobrarles, yo no trabajo para la Sunat pero sí por conocimiento uno de sus principios en el Código tributario, es que su fiscalización es discrecional. Poco a poco a la Sunat está siendo más efectiva; algunos han sido detectado, y por ende pagando sus impuestos.

¿Por qué se debe pagar impuestos? Porque la ley lo establece así :

Lo establece en virtud al artículo N°6 de la LIR.

“Están sujetas al Impuesto a la Renta la totalidad de las rentas gravadas que obtengan los contribuyentes que, conforme a las disposiciones de esta Ley, se consideran domiciliados en el país, sin tener en cuenta la nacionalidad de las personas naturales, el lugar de constitución de las jurídicas, ni la ubicación de la fuente productora”.

  • Si sus ingresos por renta extranjera son eventuales es decir, un mes sí y otro mes no les pagan, entonces uds, van en la categoría de Renta de Trabajo que va desde el 8%-30% según sus ingresos, y el pago es neto.
  • Si perciben mensualmente uds, pueden acogerse como persona natural con negocio a la tercera categoría pagando un 28% más deducciones lo cual le permite pagar menos.

Espero haber liberado alguna de sus dudas, y bueno bienvenida cualquier consulta. Saludos cordiales,
 
es demasiado el impuesto! y no hay posibilidad que los webmaster como nosotros podamos ingresar a regimen especial ? que se paga 1.5% y como es para el extranjero esta exonerado el igv!

Hola a todos, soy contadora titulada, bueno espero que les sirva un poco de ayuda con algunas de mis opiniones. Entré aquí por una recomendación de un usuario, para a ver si podía dilucidar los puntos que están tocando sobre este tema en especial.

Muchas personas casi la mayoría no tiene consciencia tributaria y de raíz la poca cultura tributaria que tenemos y un sin fin de variables más. Creo que esto también se está aplicando en el internet con los servicios digitales que uds ofrecen actualmente.

Nuestro país todavía no está contemplado en algunos servicios digitales que uds ofrecen exactamente para que paguen impuestos. Por eso muchos de uds no lo hacen. Tampoco es muy audaz para cobrarles, yo no trabajo para la Sunat pero sí por conocimiento uno de sus principios en el Código tributario, es que su fiscalización es discrecional. Poco a poco a la Sunat está siendo más efectiva; algunos han sido detectado, y por ende pagando sus impuestos.

¿Por qué se debe pagar impuestos? Porque la ley lo establece así :

Lo establece en virtud al artículo N°6 de la LIR.

“Están sujetas al Impuesto a la Renta la totalidad de las rentas gravadas que obtengan los contribuyentes que, conforme a las disposiciones de esta Ley, se consideran domiciliados en el país, sin tener en cuenta la nacionalidad de las personas naturales, el lugar de constitución de las jurídicas, ni la ubicación de la fuente productora”.

  • Si sus ingresos por renta extranjera son eventuales es decir, un mes sí y otro mes no les pagan, entonces uds, van en la categoría de Renta de Trabajo que va desde el 8%-30% según sus ingresos, y el pago es neto.
  • Si perciben mensualmente uds, pueden acogerse como persona natural con negocio a la tercera categoría pagando un 28% más deducciones lo cual le permite pagar menos.

Espero haber liberado alguna de sus dudas, y bueno bienvenida cualquier consulta. Saludos cordiales,
 
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