Mmmmm, no, no toca pagar un 35% es absurdo, para empezar debes entrar en el régimen de incorporación fiscal, por concepto de ventas de espacios publicitarios (no paga IVA, ya lo definió el SAT), que se reporta como "Ventas al Público en General". Como en 2014 y 2015 la deducción del ISR es del 100%, te tocará pagar 0 pesos y tú mismo puedes hacer tu reporte. Que un contador te diga lo contrario es que no está bien informado.
Lo que importa estos años para el SAT es saber cuanto ganas y si realmente perteneces al Régimen de Incorporación, ahora que si quieren pagar mes con mes a un contador, pagar un 35% de ISR y con 0 deducciones ¡adelante!.