genako
Delta
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Preparate para pagar la seguridad social que no has querido pagar por que no te han asesorado bien.
También puede intentar demostrar que aun siendo tu obligación como te dice la ss que no has cobrado mas de 200 euros por mes.
Un saludo.
Enviado desde mi bq Aquaris 5 mediante Tapatalk
Hola chicos,
Os cuento. Llevo tiempo ganando algo de dinero en internet, y por lo que estoy dado de alta en la AGENCIA TRIBUTARIA y por lo que pago cada tres meses el IVA y todo eso, pero no estoy dado de alta en la SEGURIDAD SOCIAL.
El caso es que ya he llegado a un punto que mis ingresos rozan el Salario Mínimo y me voy a dar de alta como autónomo para evitar algún disgusto. Bueno, tengo varias dudas, pero la principal es una.
Según he leído, para hacerse autónomo hay que darse de alta en la AGENCIA TRIBUTARIA (algo que ya hice hace meses), y luego ir a la Seguridad Social antes de 30 días con un certificado (que certifica eso).
Mi problema es que ya han pasado esos 30 días desde que me di de alta en la Agencia Tributaria (evidentemente). Así que no se qué tengo que hacer o si esto supondrá un problema. Tengo miedo de que los de la Seguridad Social pongan el grito en el cielo por no haberme dado de alta antes... Aunque por lo que he leído muchos han seguido mis pasos (empezar ganando poco y pagar solo el IVA), por lo que espero que podáis ayudarme.
Si ganas el sueldo minimo (600€) te sale a cuenta pagar 200 o 250€ de autonomos?
Piensalo bien ya que tienes otras alternativas antes de pagar ese dinero (casi la mitad de lo que ganas) imaginate que un mes generas 500€ solo y le tienes que pagar 250 de autonomos.....
Yo de ti haría una baja en la Agencia Tributaria por cese de actividad. Unos días después me daría de alta otra vez y entonces haría la de la Seguridad Social. Como dice estudiseno no hay límites en función del importe, sino que la obligatoriedad de estar de alta en el régimen de Autónomos se produce cuando hay continuidad en la actividad.
Por otro lado yo no me fiaría de lo que te han dicho en Seguridad Social, es cierto que es lo que hacen muchos, pero ten en cuenta que a menos que te lo hayan dicho por escrito, las palabras del funcionario se las lleva el viento, por lo que no te exime de la obligación. El gestor te lo puedes ahorrar porque si ya estás haciendo las declaraciones de impuestos, el autónomo solo tiene trámite la primera vez y después basta con tener domiciliado el pago.
La desinformacion en esto es total y mucha menos te van a prestar fuera de los organismos oficiales.
Yo me baso en una unica regla:
haz lo mas estricto y claro todo (y aun asi te daran un tiron de orejas)
si te has dado de alta en el IAE es porque estas ejerciendo una actividad profesional economica y esa actividad profesional tiene que ir ligada a un alta en la seguridad social (en el mismo dia que entras en las bases de datos de hacienda).
si no coinciden las fechas pues indudablemente has estado trabajando sin estar dado de alta en la seguridad social y cotizando con ello.
posible confusion o malentendido de la informacion que te dieron:
como la seguridad social se paga los dias 30 de cada mes y ese engloba el mes en curso, si te diste de alta en el IAE pagaras correctamente el mes en curso si te das de alta en la seg. social dentro de dicho mes
No es correcto pensar en 30 dias (sino en el mes en curso) pero todo esto te salva de la multa de no pagar a tiempo, pero si te corresponde pagar la multa por no darte de alta en el mismo dia.
consecuencias :
1º multa
2º si tienes un percance Dios no lo quiera antes de darte de alta en la seguridad social: quedas al descubierto de derechos de cobertura de cualquier tipo (realmente estas en situacion tal de ilegalidad que pierdes el derecho de ciudadano en desamparo pues tu solo te has colocado en vacio legal).
3º presentarte con todos tus libros de contabillidad al dia y auditoria (has sido tu el que ha llamado a las puertas de hacienda al hacer saltar las alarmas)
como ves hacer las cosas ligeramente mal trae serias consecuencias.
Ahora alguno vendra a decir que soy un alarmista y que el lo hizo de x o de z manera y no le paso nada.
Bueno pues que cada uno siga el consejo que quiera, yo me limite a decir como son las cosas y las consecuencias.
Y si ganas 200€ al mes que haces?
En España ? j o e r t e
España funciona asi
Ahora te detallo algo mas para que no parezca tan cabrona la cosa
cuando tu pagas autonomo 200€ eso es un gasto desgravable = 21% = 42 euros que pagaras de menos en tu declaracion mensual
ahora sumale el gasto de internet
electricidad
agua
telefono
gasolina
comidas fuera de casa
transporte
raton nuevo
....
con un poco de idea, se te reembolsa lo pagado y .... estas haciendo las cosas bien.
A ver, no olvides que estas tratando el tema de presentarte al mundo laboral como una persona que ejerce como persona adulta laboralmente.
Siempre tienes la opcion si no ganas lo suficiente como para entrar dentro de "los canones" de persona adulta laboralmente hablando, de delegar tus ingresos en la contabilidad de una empresa o otra persona que ya cotice y que esta te entrege el dinero que tu le generas (restando obviamente los impuestos correspondientes, pero sin el pago de la cotizacion de seguridad social)
Ya claro, pero la cosa está en cómo hacerme "legal" si llego a ganar lo suficiente (sin tener que pasar por una sanción que ahora mismo no puedo ni pagar).:ambivalence:
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