Cómo darse de alta como autónomo y evitar problemas en España

genako Seguir

Delta
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Hola chicos,

Os cuento. Llevo tiempo ganando algo de dinero en internet, y por lo que estoy dado de alta en la AGENCIA TRIBUTARIA y por lo que pago cada tres meses el IVA y todo eso, pero no estoy dado de alta en la SEGURIDAD SOCIAL.

El caso es que ya he llegado a un punto que mis ingresos rozan el Salario Mínimo y me voy a dar de alta como autónomo para evitar algún disgusto. Bueno, tengo varias dudas, pero la principal es una.

Según he leído, para hacerse autónomo hay que darse de alta en la AGENCIA TRIBUTARIA (algo que ya hice hace meses), y luego ir a la Seguridad Social antes de 30 días con un certificado (que certifica eso).

Mi problema es que ya han pasado esos 30 días desde que me di de alta en la Agencia Tributaria (evidentemente). Así que no se qué tengo que hacer o si esto supondrá un problema. Tengo miedo de que los de la Seguridad Social pongan el grito en el cielo por no haberme dado de alta antes... Aunque por lo que he leído muchos han seguido mis pasos (empezar ganando poco y pagar solo el IVA), por lo que espero que podáis ayudarme.
 

estudiseno

Eta
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Preparate para pagar la seguridad social que no has querido pagar por que no te han asesorado bien.
También puede intentar demostrar que aun siendo tu obligación como te dice la ss que no has cobrado mas de 200 euros por mes.

Un saludo.

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genako

Delta
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Preparate para pagar la seguridad social que no has querido pagar por que no te han asesorado bien.
También puede intentar demostrar que aun siendo tu obligación como te dice la ss que no has cobrado mas de 200 euros por mes.

Un saludo.

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Creo que te equivocas. Fueron los de la Seguridad Social los que me dijeron que lo hiciese así, y conozco muchos casos de gente que ha empezado así hasta que los ingresos han subido.

Si fuera como dices, prefiero cerrar el chiringuito, evidentemente.
 

andreulb

Gamma
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NO pasará nada no te preocupes.
Pero lo mejor es que te cojas un gestor: te cobrará 30-40 euros al mes y él te lo hará todo y tu dormirás mejor.
 

Gridalo

Kappa
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6 May 2012
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Hola chicos,

Os cuento. Llevo tiempo ganando algo de dinero en internet, y por lo que estoy dado de alta en la AGENCIA TRIBUTARIA y por lo que pago cada tres meses el IVA y todo eso, pero no estoy dado de alta en la SEGURIDAD SOCIAL.

El caso es que ya he llegado a un punto que mis ingresos rozan el Salario Mínimo y me voy a dar de alta como autónomo para evitar algún disgusto. Bueno, tengo varias dudas, pero la principal es una.

Según he leído, para hacerse autónomo hay que darse de alta en la AGENCIA TRIBUTARIA (algo que ya hice hace meses), y luego ir a la Seguridad Social antes de 30 días con un certificado (que certifica eso).

Mi problema es que ya han pasado esos 30 días desde que me di de alta en la Agencia Tributaria (evidentemente). Así que no se qué tengo que hacer o si esto supondrá un problema. Tengo miedo de que los de la Seguridad Social pongan el grito en el cielo por no haberme dado de alta antes... Aunque por lo que he leído muchos han seguido mis pasos (empezar ganando poco y pagar solo el IVA), por lo que espero que podáis ayudarme.

Si ganas el sueldo minimo (600€) te sale a cuenta pagar 200 o 250€ de autonomos?

Piensalo bien ya que tienes otras alternativas antes de pagar ese dinero (casi la mitad de lo que ganas) imaginate que un mes generas 500€ solo y le tienes que pagar 250 de autonomos.....
 

Totemizado

Gamma
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Me interesa el tema:

¿Y si fuera ingresando 400 o 500 eurillos a mi cuenta cada mes, y el resto lo mantuviese en el paypal? Es decir, ¿a partir de cuándo debería hacer todos esos papeleos? La verdad es que tengo muy poquitas ganas de hacerlo xD

---------- Post agregado el 06-ene-2014 hora: 15:52 ----------

Por cierto, aprovecho para meter la cuña política, pero manda huevos que tengamos más de un 20% de paro y casi media juventud sin trabajo, y si te intentas buscar la vida te roben la mitad de lo que ganas.
 
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No sé si es tu caso, pero igual puedes intentar acogerte a la tarifa plana de 50€ mensuales para nuevos autónomos.
Sobre lo de darte de alta en la seguridad social, no es obligatorio hasta facturar + de (te lo digo de memoria) 3.000 €/año (de ahí los 200€ al mes que te decían por ahí arriba, aunbque el cómputo es anual). Menos de creo que son 3.000 euros anuales los puedes facturar siendo persona física sin necesidad de ser persona jurídica, a partir de ahí ya toca pagar a la seguridad social.
 

estudiseno

Eta
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A ver esto ya se ha discutido en otros temas. Tienes obligación de cotizar si la labor que vas ha realizar es constante y no exporadicamente, dando igual el importe que factures.

Decirte te pueden decir lo que tu quieras escuchar. Pero la realidad es que tenías 30 días para darte de alta en la ss.

Ahora paga un gestor y tendrás que realizar un balance justificado junto a tus declaraciones de hacienda donde no cobres mas de lo que cuesta la ss. Y esta en la mano de ellos hacer la vista gorda o no.

No te roba nadie es mas tenemos que pagar para que todos disfrutemos de los privilegios que tenemos. O cuando te pongas malo por favor no acudas a la sanidad publica.

La bonificacion de 50 € es para quienes inician su actividad ahora y nunca se han beneficiado de ninguna otra bonificación tanto para mayores como menores de 30 años. Son 6 meses al 80% bonificado, 6meses mas al 50% y un año al 30%.

Un saludo

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genako

Delta
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Si ganas el sueldo minimo (600€) te sale a cuenta pagar 200 o 250€ de autonomos?

Piensalo bien ya que tienes otras alternativas antes de pagar ese dinero (casi la mitad de lo que ganas) imaginate que un mes generas 500€ solo y le tienes que pagar 250 de autonomos.....

Ese es el tema, que ya me va saliendo a cuenta. (Me podría beneficiar de la cuota reducida).
 

anivel19

Beta
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Yo de ti haría una baja en la Agencia Tributaria por cese de actividad. Unos días después me daría de alta otra vez y entonces haría la de la Seguridad Social. Como dice estudiseno no hay límites en función del importe, sino que la obligatoriedad de estar de alta en el régimen de Autónomos se produce cuando hay continuidad en la actividad.

Por otro lado yo no me fiaría de lo que te han dicho en Seguridad Social, es cierto que es lo que hacen muchos, pero ten en cuenta que a menos que te lo hayan dicho por escrito, las palabras del funcionario se las lleva el viento, por lo que no te exime de la obligación. El gestor te lo puedes ahorrar porque si ya estás haciendo las declaraciones de impuestos, el autónomo solo tiene trámite la primera vez y después basta con tener domiciliado el pago.
 

genako

Delta
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Yo de ti haría una baja en la Agencia Tributaria por cese de actividad. Unos días después me daría de alta otra vez y entonces haría la de la Seguridad Social. Como dice estudiseno no hay límites en función del importe, sino que la obligatoriedad de estar de alta en el régimen de Autónomos se produce cuando hay continuidad en la actividad.

Por otro lado yo no me fiaría de lo que te han dicho en Seguridad Social, es cierto que es lo que hacen muchos, pero ten en cuenta que a menos que te lo hayan dicho por escrito, las palabras del funcionario se las lleva el viento, por lo que no te exime de la obligación. El gestor te lo puedes ahorrar porque si ya estás haciendo las declaraciones de impuestos, el autónomo solo tiene trámite la primera vez y después basta con tener domiciliado el pago.

Había pensado hacer lo que dices, y es posible que lo haga. Aunque para este primer trámite quizás sí que contrate a un gestor.
Mañana hablaré con uno al que he acudido alguna vez.

Todo esto como siempre, es más complicado en España que casi en ningún lugar. El sentido común brilla por su ausencia. No deja de ser curioso que si supuestamente debería estar dado de alta en la Seguridad Social, y que si por tanto me deberían sancionar, la única forma de que me pillen es que regularice mi situación. Imagino que a muchos esto les habrá animado a seguir sin hacerlo.
 

javier29pe

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La desinformacion en esto es total y mucha menos te van a prestar fuera de los organismos oficiales.
Yo me baso en una unica regla:

haz lo mas estricto y claro todo (y aun asi te daran un tiron de orejas)

si te has dado de alta en el IAE es porque estas ejerciendo una actividad profesional economica y esa actividad profesional tiene que ir ligada a un alta en la seguridad social (en el mismo dia que entras en las bases de datos de hacienda).

si no coinciden las fechas pues indudablemente has estado trabajando sin estar dado de alta en la seguridad social y cotizando con ello.

posible confusion o malentendido de la informacion que te dieron:
como la seguridad social se paga los dias 30 de cada mes y ese engloba el mes en curso, si te diste de alta en el IAE pagaras correctamente el mes en curso si te das de alta en la seg. social dentro de dicho mes

No es correcto pensar en 30 dias (sino en el mes en curso) pero todo esto te salva de la multa de no pagar a tiempo, pero si te corresponde pagar la multa por no darte de alta en el mismo dia.

consecuencias :
1º multa
2º si tienes un percance Dios no lo quiera antes de darte de alta en la seguridad social: quedas al descubierto de derechos de cobertura de cualquier tipo (realmente estas en situacion tal de ilegalidad que pierdes el derecho de ciudadano en desamparo pues tu solo te has colocado en vacio legal).
3º presentarte con todos tus libros de contabillidad al dia y auditoria (has sido tu el que ha llamado a las puertas de hacienda al hacer saltar las alarmas)

como ves hacer las cosas ligeramente mal trae serias consecuencias.

Ahora alguno vendra a decir que soy un alarmista y que el lo hizo de x o de z manera y no le paso nada.
Bueno pues que cada uno siga el consejo que quiera, yo me limite a decir como son las cosas y las consecuencias.
 

estudiseno

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Las cosas bien hechas.

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genako

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La desinformacion en esto es total y mucha menos te van a prestar fuera de los organismos oficiales.
Yo me baso en una unica regla:

haz lo mas estricto y claro todo (y aun asi te daran un tiron de orejas)

si te has dado de alta en el IAE es porque estas ejerciendo una actividad profesional economica y esa actividad profesional tiene que ir ligada a un alta en la seguridad social (en el mismo dia que entras en las bases de datos de hacienda).

si no coinciden las fechas pues indudablemente has estado trabajando sin estar dado de alta en la seguridad social y cotizando con ello.

posible confusion o malentendido de la informacion que te dieron:
como la seguridad social se paga los dias 30 de cada mes y ese engloba el mes en curso, si te diste de alta en el IAE pagaras correctamente el mes en curso si te das de alta en la seg. social dentro de dicho mes

No es correcto pensar en 30 dias (sino en el mes en curso) pero todo esto te salva de la multa de no pagar a tiempo, pero si te corresponde pagar la multa por no darte de alta en el mismo dia.

consecuencias :
1º multa
2º si tienes un percance Dios no lo quiera antes de darte de alta en la seguridad social: quedas al descubierto de derechos de cobertura de cualquier tipo (realmente estas en situacion tal de ilegalidad que pierdes el derecho de ciudadano en desamparo pues tu solo te has colocado en vacio legal).
3º presentarte con todos tus libros de contabillidad al dia y auditoria (has sido tu el que ha llamado a las puertas de hacienda al hacer saltar las alarmas)

como ves hacer las cosas ligeramente mal trae serias consecuencias.

Ahora alguno vendra a decir que soy un alarmista y que el lo hizo de x o de z manera y no le paso nada.
Bueno pues que cada uno siga el consejo que quiera, yo me limite a decir como son las cosas y las consecuencias.

Y si ganas 200€ al mes que haces?
 

javier29pe

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En España ? j o e r t e

España funciona asi

Ahora te detallo algo mas para que no parezca tan cabrona la cosa

cuando tu pagas autonomo 200€ eso es un gasto desgravable = 21% = 42 euros que pagaras de menos en tu declaracion mensual
ahora sumale el gasto de internet
electricidad
agua
telefono
gasolina
comidas fuera de casa
transporte
raton nuevo
....

con un poco de idea, se te reembolsa lo pagado y .... estas haciendo las cosas bien.


Y si ganas 200€ al mes que haces?
 

genako

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En España ? j o e r t e

España funciona asi

Ahora te detallo algo mas para que no parezca tan cabrona la cosa

cuando tu pagas autonomo 200€ eso es un gasto desgravable = 21% = 42 euros que pagaras de menos en tu declaracion mensual
ahora sumale el gasto de internet
electricidad
agua
telefono
gasolina
comidas fuera de casa
transporte
raton nuevo
....

con un poco de idea, se te reembolsa lo pagado y .... estas haciendo las cosas bien.

No tengo tanto que desgravar, pero vamos, que ahora mismo ese no es el tema. El tema qué puedo hacer ahora, porque tal y como lo pintáis, merece la pena que me de baja de Hacienda y mande todo a tomar por culo.
 

javier29pe

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A ver, no olvides que estas tratando el tema de presentarte al mundo laboral como una persona que ejerce como persona adulta laboralmente.

Siempre tienes la opcion si no ganas lo suficiente como para entrar dentro de "los canones" de persona adulta laboralmente hablando, de delegar tus ingresos en la contabilidad de una empresa o otra persona que ya cotice y que esta te entrege el dinero que tu le generas (restando obviamente los impuestos correspondientes, pero sin el pago de la cotizacion de seguridad social)
 

genako

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A ver, no olvides que estas tratando el tema de presentarte al mundo laboral como una persona que ejerce como persona adulta laboralmente.

Siempre tienes la opcion si no ganas lo suficiente como para entrar dentro de "los canones" de persona adulta laboralmente hablando, de delegar tus ingresos en la contabilidad de una empresa o otra persona que ya cotice y que esta te entrege el dinero que tu le generas (restando obviamente los impuestos correspondientes, pero sin el pago de la cotizacion de seguridad social)

Ya claro, pero la cosa está en cómo hacerme "legal" si llego a ganar lo suficiente (sin tener que pasar por una sanción que ahora mismo no puedo ni pagar).:ambivalence:
 

javier29pe

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Cuando tu personalmente eres el que informas y no ha pasado mas de 3 meses (es algo asi no me hagas mucho caso, no soy inspector de hacienda, me baso en experiencia personal) no hay sanción, bueno realmente depende de que quien te atienda cuando pidas información, te dara dos opciones o una rectificativa que no representa coste o una ampliación (la verdad no eran estos nombres, no me acuerdo) el tema es que una de las dos no tiene coste, es algo asi como una informativa.

Tu ve de buenas y pide que te atiendan las consultas (suele funcionar pidiendo cita alli y luego yendo)


Ya claro, pero la cosa está en cómo hacerme "legal" si llego a ganar lo suficiente (sin tener que pasar por una sanción que ahora mismo no puedo ni pagar).:ambivalence:
 

luisa98

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Yo te recomiendo ir a la seguridad social. Pedir informacion y rezar que te toque alguien que sepa y te ayude. A mi me mandaron realizarun escrito a la central de la seguridad social, donde espuse mi situacion
A las dos semanas me llego una respuesta en la cual se me informaba de que mientras ganase menos del salario minimo interprofesional no tendria la obligacion de darme de alta y por ello pagar la couta.
Yo esto lo guardo por si alguna vez pasa algo. De momento llevo dos anos pagando a hacienda, estudiando y sin problemas.
 
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