Declaración de ingresos Adsense en SUNAT, ¿obligatorio?

  • Autor Autor bacanzito
  • Fecha de inicio Fecha de inicio
Declaro como persona natural - Rentas de fuente extranjera.

Un solo pago anual (Renta Anual) según cantidad generada puede ser el 15%, 20% o 30%.
 
Declaro como persona natural - Rentas de fuente extranjera.

Un solo pago anual (Renta Anual) según cantidad generada puede ser el 15%, 20% o 30%.

Siempre me he confundido eso de "Rentas de Fuente Extranjera", si sé que los de 4ta Categoría y Renta de Fuente Extranjera están en el mismo grupo de pagos en la Renta Anual.

Si entiendo bien, a ti te han pagado todos los meses del 2015 y sólo has ido recién este 2016 a pagar el impuesto que te tocaba este Marzo 2016, estoy en lo correcto?

saludos
 

La renta de fuente extranjera se paga en la declaración anual. En estos días vence el plazo. Obviamente, se paga por el periodo 2015.
 
La renta de fuente extranjera se paga en la declaración anual. En estos días vence el plazo. Obviamente, se paga por el periodo 2015.

O sea todo lo que te depositaron mensual desde Enero hasta Diciembre no lo declaraste mensual?, sino en la renta anual de Marzo, verdad?

saludos
 
O sea todo lo que te depositaron mensual desde Enero hasta Diciembre no lo declaraste mensual?, sino en la renta anual de Marzo, verdad?

saludos

Si entregas recibos por honorarios, cada mes del 2015 debiste hacer una declaración y retención correspondiente. En el caso de 'renta de fuente extranjera', esta no necesita eso, solo el informe anual que es en estas fechas. Ambos están dentro de 4ta categoría y se le aplican las mismas tasas, excepto por un detalle importante:

Si entregaste recibos por honorarios, te hacen dos descuentos; si no, si es como 'fuente extranjera', te aplican el impuesto directo.
 

Gracias por la respuesta.

Pero osea tú trabajas y ganas por interenet como muchos de nosotros, y sólo estás paganod Renta de Fuente Extranjera?...
 
Gracias por la respuesta.

Pero osea tú trabajas y ganas por interenet como muchos de nosotros, y sólo estás paganod Renta de Fuente Extranjera?...

Los ingresos por 'fuente extranjera', se pagan sin importar la cantidad (no hay un mínimo) o si realizas otro tipo de actividades. Si tienes un trabajo (por quinta categoría), además emites recibos (cuarta), también debes sumar la renta extranjera y así. En ese sentido, sería bueno si buscas la ayuda de un contador.

En mi caso, todos mis ingresos son por fuera, pero aún estoy viendo lo de los pagos, ya que como muchos, quisiera pagar menos, pero para eso debí haber realizado la emisión de recibos por honorarios, cosa que no hice.
 
No tenia conocimiento de que la SUNAT interviene 😱 , gracias por la info amigos.
 
Dense de alta en sunat como persona natural con negocio, regimen geneal. Emitan facturas a Google sin igv. Paguen el 30% de renta anual.

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Última edición:

La pregunta es, esto califica como Renta de Fuente Extranjera??

He leido por ahi:
"Si bien la Ley peruana no define qué es RFE, queda en claro que la ejecución de servicios en un determinado país genera rentas defuente de dicho país. Así, en el caso de los servicios es claro establecer que una empresa peruana genera RFE cuando desarrolla servicios en el territorio de otro país."

O sea, renta de fuente extranjera es cuando uno VA a otro pais y genera rentas alla... en si, si uno esta cobrando por un servicio que OFRECE desde el Peru, la renta no es Peruana? Al generarse el servicio aca?

Saludos...
 
Yo llevo generando 4 años y no me ha pasado nada
 
Nunca pasa nada hasta que pasa, hermano... asi es la cosa...
 
hermanos peruanos :topsy_turvy: éxitos a todos :greedy_dollars: :greedy_dollars: :greedy_dollars: :greedy_dollars:
 
Hay un mínimo de ganancias para tributar?
 

No. La renta extranjera es cualquier ingreso de dinero que sea por actividad económica en otro país en beneficio de alguien domiciliado en el Perú.
 
No. La renta extranjera es cualquier ingreso de dinero que sea por actividad económica en otro país en beneficio de alguien domiciliado en el Perú.

Tienes alguna base legal que explique eso? No es asi de sencillo.
 
Soy de Perú, saco más de 30k y nunca he pagado impuestos, y al momento de pagar a mis socios, sólo les digo que me tramiten un recibo por honorario, suspendiendo sus retenciones de 4 categoría, para no pagar impuestos. :topsy_turvy:
 
Hola.

Entonces la mejor tu mejor opción fue declarar mensualmente con el 8% de pago a cuenta?

Por qué queda descartado declarar como Renta de Fuente Extranjera?
Has evaluado declarar como empresa asignándote un sueldo y pagando el 28% de las ganancias netas? (quizás así pagas menos impuestos)

Saludos



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Amigo, si "renta de fuente extranjera" hace pagar más impuestos por qué no eliges el pago del 8% mensual? (porque no permite deducir el 20% y las 7 UITs)

Un contador me está diciendo que haga lo segundo.

Saludos


- - - Actualizado - - -

No. La renta extranjera es cualquier ingreso de dinero que sea por actividad económica en otro país en beneficio de alguien domiciliado en el Perú.

A mí un contador me ha dicho que no es renta de fuente extranjera justamente porque solo lo sería si es que uno FUERA al extranjero para generar el ingreso.
Me ha dicho que pague con recibos por honorarios electrónicos.
 

Como dije, Yo me guié con un conocido que trabaja dentro de la SUNAT, incluso él me dijo que aún la SUNAT no entiende bien eso de "ganar por internet", y me recomendó que lo hiciera mejor por recibos por honorarios que es lo más fácil, desde que yo no tengo una empresa.

No he evaludado los otros metodos que dices, te pediria si sabes algo me lo hicieras saber.

Pero me doy cuenta que es incluso importante, a parte de que hay menos riesgo de que SUNAT me caiga por los ingresos que recibo en mi cuenta, cuando quise ver sobre un credito hipotecario me pidieron que mostrara mis ingresos via recibos por honorarios, quizás no sea la gran cosa pero por lo pronto le seguire el juego a la SUNAT.

saludos