Declaración de ingresos Adsense en SUNAT, ¿obligatorio?

  • Autor Autor bacanzito
  • Fecha de inicio Fecha de inicio
Y cómo quedó ésto? cómo lo hacen? pagar 8% al mes es altísimo...
 
Mi contador me dijo según lo que le conté mi situación: que me acoja al régimen especial, cuarta categoría recibo por honorario.. y me explico mas a fondo. el cual me dijo que a ellos le importa una cosa aparte de declarar que tu tributes, pero lo importante ponerte a regla.
 
yo no pago a la sunat . alguno lo hace.. :encouragement::encouragement:😛7:😛7::topsy_turvy::topsy_turvy:
 
El 75 % de la PEA en el Peru es informal asi que no veo la necesidad de formalizarse si ganas menos de 1500 soles, ya que asi fuese emitiendo recibo por honorarios no alcanzaria al monto tope para declarar impuestos. Ahora en el tema de solicitar creditos creo que hay muchos beneficios cuando eres formal a mi me piden en creditos a libre disponibilidad boletas de pago, como tampoco tengo negocio fisico me piden algun garante, solo en crediescotia te dan dinero rapido si eres buen pagador pero estos te comen vivo con los intereses algun otro beneficio de formalizarse en la sunat betas peruanos?
 
Y cómo quedó ésto? cómo lo hacen? pagar 8% al mes es altísimo...

es alto... yo gano alrededor de 6 mil mensual... son 525 soles al mes aprox.

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Y cómo quedó ésto? cómo lo hacen? pagar 8% al mes es altísimo...

considerando que siendo Informatico no puedes estar en el regimen especial, en el regimen general se paga un porcentaje mucho mas alto...
 
Pues veo que la gente duda mucho sobre esto, lo pondré a mi manera:

Si superas el minimo que la Sunat permite declarar pero no pagar impuesto entonces declara dependiendo para que lo quieras.

- Si planeas comprar un inmueble, declara, ya que al comprar inmuebles o pedir prestamos hipotecarios te piden que muestres tus recibos por honorarios para ver si accedes o no al credito
- Si planeas comprar un auto de segunda, quizas no necesites declarar, de primera y credito vehicular, lo mismo, te pediran recibos por honorarios.
- Si planeas usarlo como para vivir nomas, viajar y cosas de la vida, no necesitas declarar.

Del metodo de pago:
- Si te depositan, al banco y no declaras, mejor ponte en regla y declara esos ingresos, especialmente a partir de este 2017:
Bancos informarán a Sunat sobre depósitos de sus clientes | Negocios | Economía | El Comercio Peru

- Si te envian por Western Union, no necesitas declarar

OJO que es sólo una opinion, por Ley deberiamos declarar todo lo que ingresa a nuestros bolsillos desde 1 sol, pero asi como muchos, me revienta pagar a SUNAT, y a pesar de muchos años en esto, recien me estoy poniendo a ley desde el 2016, porque ya quiero comprarme un depa (y sí, me pidieron mis recibos por honorarios), pero yo he estado percibiendo ingresos desde hace mucho tiempo atras, incluso trabaje en cruceros y nunca declaré ese dinero, ya que lo usaba para vivir nomas...

Pago actualmente 8% al mes, y tristemente, caballero nomas, ya que ahora me hacen depositos directos al BCP.
 
Pues veo que la gente duda mucho sobre esto.....

Entiendo tu noticia, pero que categoría y/o régimen recomiendas para los que si pasan de 5 mil soles al mes. :encouragement:
 
Entiendo tu noticia, pero que categoría y/o régimen recomiendas para los que si pasan de 5 mil soles al mes. :encouragement:

Como dije, no es la cantidad, sino el querer estar claros o no con la Sunat para que no te caigan despues. Yo personalmente no quisiera ni declarar y regalar mi dinero a la SUNAT pero por motivos que me llega una cantidad buena al banco y por motivos de querer comprar un inmueble, pienso que lo mejor es declarar.

Pero mi consejo:
1) Si ese dinero lo recibes por banco, mejor declara. Si se acumula luego te puede mandar SUNAT una carta respecto a un "incremento" y quieran que expliques de donde viene
2) Si ese dinero lo recibes por WU, quizas podrias hacerte el "vivo" y no declarar, no estoy seguro si la SUNAT se daria cuenta...

Hace años existia una cuenta IKOBO, (no se que paso con eso), donde tenia mi cuenta y ellos me mandaron una tarjeta de debito, y lo que me pagaban lo sacaba con esa tarjeta via Globalnet, claro que habia intereses pero eso nunca lo declare, ademas era usado para cosas comunes...

Recomiendo cuarta categoria. todos los meses debes declarar el 8% de lo obtenido y al año hacer una declaracion anual

Suerte y cualquier cosa me escribes

saludso
 
Hola.
Tu enfoque tiene muchos errores:

a.Si una persona recibe dinero por Western Union, el ITF queda registrado y la SUNAT lo asocia con tu DNI o RUC.
b.Eso de que "Si planeas usarlo como para vivir nomas, viajar y cosas de la vida, no necesitas declarar." es una bomba de tiempo. Por ejemplo si recibes con Payoneer, solo es cuestión de tiempo que MASTERCARD o PAYONEER le pasen esa información a la SUNAT "algún día" o por solicitud de un JUEZ. Por ejemplo PAYPAL declara en algunos países a hacienda y en algún momento seguramente pasará información a la SUNAT.

Entonces lo que yo recomiendo es pagar siempre y todos los ingresos como renta de 4ta categoría con recibos por honorarios electrónicos. Ojo que muchos dicen que se debe pagar "Renta de Fuente Extranjera" pero según lo que he consultado con contadores, este tipo aplica si es que uno viaja al extranjero a dar un servicio. Otros dicen que hay que formar una empresa pero el otro día hice una pequeña simulación en excel y no sale a cuenta pues ya que son empresas extranjeras las que generan los flujos de dinero (Adsense, Pagos de hosting, etc.) no habrá facturas que permitan deducir IGV en las declaraciones lo cual hace que se pierda la ventaja principal de tener una empresa.

En resumen, declaren todo y siempre. Recomiendo como renta de 4ta categoría si declaran de Adsense, ingresos en Payoneer, Paxum.
Si la SUNAT se entera algún día, pagarán todo lo que evadieron y encima una multasa.

Saludos y éxitos.


Pues veo que la gente duda mucho sobre esto, lo pondré a mi manera:

Si superas el minimo que la Sunat permite declarar pero no pagar impuesto entonces declara dependiendo para que lo quieras.

- Si planeas comprar un inmueble, declara, ya que al comprar inmuebles o pedir prestamos hipotecarios te piden que muestres tus recibos por honorarios para ver si accedes o no al credito
- Si planeas comprar un auto de segunda, quizas no necesites declarar, de primera y credito vehicular, lo mismo, te pediran recibos por honorarios.
- Si planeas usarlo como para vivir nomas, viajar y cosas de la vida, no necesitas declarar.

Del metodo de pago:
- Si te depositan, al banco y no declaras, mejor ponte en regla y declara esos ingresos, especialmente a partir de este 2017:
Bancos informarán a Sunat sobre depósitos de sus clientes | Negocios | EconomÃ*a | El Comercio Peru

- Si te envian por Western Union, no necesitas declarar

OJO que es sólo una opinion, por Ley deberiamos declarar todo lo que ingresa a nuestros bolsillos desde 1 sol, pero asi como muchos, me revienta pagar a SUNAT, y a pesar de muchos años en esto, recien me estoy poniendo a ley desde el 2016, porque ya quiero comprarme un depa (y sí, me pidieron mis recibos por honorarios), pero yo he estado percibiendo ingresos desde hace mucho tiempo atras, incluso trabaje en cruceros y nunca declaré ese dinero, ya que lo usaba para vivir nomas...

Pago actualmente 8% al mes, y tristemente, caballero nomas, ya que ahora me hacen depositos directos al BCP.
 
Hola.
Tu enfoque tiene muchos errores:

a.Si una persona recibe dinero por Western Union, el ITF queda registrado y la SUNAT lo asocia con tu DNI o RUC.
b.Eso de que "Si planeas usarlo como para vivir nomas, viajar y cosas de la vida, no necesitas declarar." es una bomba de tiempo. Por ejemplo si recibes con Payoneer, solo es cuestión de tiempo que MASTERCARD o PAYONEER le pasen esa información a la SUNAT "algún día" o por solicitud de un JUEZ. Por ejemplo PAYPAL declara en algunos países a hacienda y en algún momento seguramente pasará información a la SUNAT.

Entonces lo que yo recomiendo es pagar siempre y todos los ingresos como renta de 4ta categoría con recibos por honorarios electrónicos. Ojo que muchos dicen que se debe pagar "Renta de Fuente Extranjera" pero según lo que he consultado con contadores, este tipo aplica si es que uno viaja al extranjero a dar un servicio. Otros dicen que hay que formar una empresa pero el otro día hice una pequeña simulación en excel y no sale a cuenta pues ya que son empresas extranjeras las que generan los flujos de dinero (Adsense, Pagos de hosting, etc.) no habrá facturas que permitan deducir IGV en las declaraciones lo cual hace que se pierda la ventaja principal de tener una empresa.

En resumen, declaren todo y siempre. Recomiendo como renta de 4ta categoría si declaran de Adsense, ingresos en Payoneer, Paxum.
Si la SUNAT se entera algún día, pagarán todo lo que evadieron y encima una multasa.

Saludos y éxitos.


Gracias por la aclaracion, la verdad es que no me hacen pagos por Western, contados nomas, y lo de la tarjeta IKOBO que decias, fue hace mucho tiempo, ganaba a las justas 500 dolares.

Ahora lo que me pagan via transferencia bancaria, lo declaro con recibos por honorarios

saludos
 
es importante declarar y pagar los impuestos... :encouragement:😛anda: para vivir tranquilo !
 
Yo llevo recibiendo depósitos de Adsense desde el 2015,fué poco y no llegó al mínimo para declarar ese año creo que debia ser más de 34,000 soles.Ahora para declarar en el 2016 ya no te dicen cuanto es el mínimo para declarar ó cuantas UIT sino que ingreses tus ingresos y el sistema te bota si pagas al estado ó no.
La cosa es que los ingresos de Adsense en mi caso son variables,por ejemplo en Diciembre puede ser 5,000 y en Enero baja 500.A lo que voy es que si hago todos los meses recibo de honorarios y pago el 8% pero al final cuando haga la declaración no llego al monto mínimo y la SUNAT me tiene que devolver lo que he ido pagando por ese 8% ó queda como saldo para pagar la declaración del próximo año.
Todo el 2016 no hice recibos de honorarios y me han dicho que tengo que regularizarlos para la declaración,podria ser así todos los años?Hacer los recibos de honorarios como regularización para hacer la declaración jurada de cada año?
 
Hola, aquí les doy algunas luces para los que aún están confundidos.

Me fuí a SUNAT y varios contadores, en realidad algunos dicen una cosa y otros otra cosa.

¿A qué régimen acogerse?

- Hay 3 opciones: Renta de 4ta y emites recibos por honorarios, renta extranjera y en el régimen general.

Renta de 4ta: Aquí ustedes deben emitir recibos por honorarios a Google Inc, solo hay un problema, Google no tiene RUC aquí en Peru, y quien nos paga es Google USA, por lo tanto no se sabe si en la página de sunat se debe colocar la opción "Sin documento" es algo dudoso. Aquí ustedes solo pagan el 8% mensual de sus ingresos, y al fin de año el sistema les indicará si deben declarar o no.., primero descontarán 20% luego 7 UITS y luego según sus ingresos pagar desde el 8 hasta el 30%

Renta extranjera: Aquí ustedes solo tienen que hacer una única declaración anual que es el 15% o 30%, aquí no hay ninguna de deducción de UITS ni porcentaje, por lo tanto pagarán mucho más impuesto.

Ésto es lo que dice la sunat sobre renta extranjera:

"Son Rentas de Fuente Extranjera aquellas que provienen de una fuente ubicada fuera del territorio nacional. Las rentas de fuente extranjera no se categorizan y se consideran para efectos del Impuesto siempre que se hayan percibido. Por ejemplo, son Rentas de Fuente Extranjera, entre otras:

La renta obtenida por alquilar un predio ubicado en el extranjero.
Los intereses obtenidos por certificados de depósitos bancarios de entidades financieras del exterior.
La renta obtenida por prestar servicios en el exterior."

Por lo tanto, nosotros no alquilamos ni obtenemos intereses, mucho menos prestamos servicios en el exterior, ya que cada uno hace su propio negocio. Éste régimen no es el adecuado para nosotros.

Régimen General: Aquí deben llevar la contabilidad completa libros contables y éso, mensualmente declaran el 1.5%, y al fin de año el contador restará ingresos menos gastos y a ése monto se le aplica el 30%, lo que salga se debe declarar.

Aquí surge un problema, ya que los gastos que nosotros hacemos (hosting, dominios, paypal, etc...) ésos documentos no son válidos aquí en Perú, por lo tanto no podemos restar ningún gasto, es decir, si en un año generaste 50 mil en ingresos, menos gastos que es 0 = 50 000, el 30%= 15000, deberás pagar 15 mil a la sunat.

Y como la mayoría de ustedes saben, la mayoría de nuestros gastos son todo por Internet, pero aquí en Peru no vale nada. Por lo tanto el régimen general queda descartado.

======

Habiendo expuesto las 3 categorías, yo creo que se debería hacer una ley específica donde esté el rubro de comercio electrónico, hacer una reunión con las autoridades, emitir oficios/informes de tal manera que se cree un nuevo régimen especialmente para nosotros donde no haya complicaciones y declaremos muy poco impuesto ya que las opciones que hay actualmente no son nada favorables para nosotros.

Yo les recomiendo la primera opción emitir recibos y declarar 8% mensual, así pagarán mucho menos impuesto, el problema aquí es ¿A quién emitir el recibo por honorarios? elegir la opción "Sin documento en la página de Sunat"?

Si alguien sabe sobre ésto, ojalá nos pueda ayudar. Gracias.
 
Hola, aquí les doy algunas luces para los que aún están confundidos.

Me fuí a SUNAT y varios contadores, en realidad algunos dicen una cosa y otros otra cosa.

¿A qué régimen acogerse?

- Hay 3 opciones: Renta de 4ta y emites recibos por honorarios, renta extranjera y en el régimen general.

Renta de 4ta: Aquí ustedes deben emitir recibos por honorarios a Google Inc, solo hay un problema, Google no tiene RUC aquí en Peru, y quien nos paga es Google USA, por lo tanto no se sabe si en la página de sunat se debe colocar la opción "Sin documento" es algo dudoso. Aquí ustedes solo pagan el 8% mensual de sus ingresos, y al fin de año el sistema les indicará si deben declarar o no.., primero descontarán 20% luego 7 UITS y luego según sus ingresos pagar desde el 8 hasta el 30%

Renta extranjera: Aquí ustedes solo tienen que hacer una única declaración anual que es el 15% o 30%, aquí no hay ninguna de deducción de UITS ni porcentaje, por lo tanto pagarán mucho más impuesto.

Ésto es lo que dice la sunat sobre renta extranjera:

"Son Rentas de Fuente Extranjera aquellas que provienen de una fuente ubicada fuera del territorio nacional. Las rentas de fuente extranjera no se categorizan y se consideran para efectos del Impuesto siempre que se hayan percibido. Por ejemplo, son Rentas de Fuente Extranjera, entre otras:

La renta obtenida por alquilar un predio ubicado en el extranjero.
Los intereses obtenidos por certificados de depósitos bancarios de entidades financieras del exterior.
La renta obtenida por prestar servicios en el exterior."

Por lo tanto, nosotros no alquilamos ni obtenemos intereses, mucho menos prestamos servicios en el exterior, ya que cada uno hace su propio negocio. Éste régimen no es el adecuado para nosotros.

Régimen General: Aquí deben llevar la contabilidad completa libros contables y éso, mensualmente declaran el 1.5%, y al fin de año el contador restará ingresos menos gastos y a ése monto se le aplica el 30%, lo que salga se debe declarar.

Aquí surge un problema, ya que los gastos que nosotros hacemos (hosting, dominios, paypal, etc...) ésos documentos no son válidos aquí en Perú, por lo tanto no podemos restar ningún gasto, es decir, si en un año generaste 50 mil en ingresos, menos gastos que es 0 = 50 000, el 30%= 15000, deberás pagar 15 mil a la sunat.

Y como la mayoría de ustedes saben, la mayoría de nuestros gastos son todo por Internet, pero aquí en Peru no vale nada. Por lo tanto el régimen general queda descartado.

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Habiendo expuesto las 3 categorías, yo creo que se debería hacer una ley específica donde esté el rubro de comercio electrónico, hacer una reunión con las autoridades, emitir oficios/informes de tal manera que se cree un nuevo régimen especialmente para nosotros donde no haya complicaciones y declaremos muy poco impuesto ya que las opciones que hay actualmente no son nada favorables para nosotros.

Yo les recomiendo la primera opción emitir recibos y declarar 8% mensual, así pagarán mucho menos impuesto, el problema aquí es ¿A quién emitir el recibo por honorarios? elegir la opción "Sin documento en la página de Sunat"?

Si alguien sabe sobre ésto, ojalá nos pueda ayudar. Gracias.
Sí. Elijes empresa sin RUC al emitir el recibo.

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En mi caso, cobro por WU desde el 2015, cantidades que van desde los 1000 a 1300 dólares al mes.

No creo que debamos pagar impuestos en este caso, pues ya lo pagamos con el ITF (impuesto a las transferencias financieras). Por otro lado, es totalmente descabellada la proposición de un compañero que anteriormente dijo que el ITF y tu DNI se quedan almacenadas por parte de la SUNAT. ¿Se habrá puesto a pensar en la cantidad de transferencias financieras que hay en el día, semana, mes y año? Hacer una consulta de este tipo es un gasto de recursos, que un estado tan corrupto y flojo no haría.
 
En mi caso, cobro por WU desde el 2015, cantidades que van desde los 1000 a 1300 dólares al mes.

No creo que debamos pagar impuestos en este caso, pues ya lo pagamos con el ITF (impuesto a las transferencias financieras). Por otro lado, es totalmente descabellada la proposición de un compañero que anteriormente dijo que el ITF y tu DNI se quedan almacenadas por parte de la SUNAT. ¿Se habrá puesto a pensar en la cantidad de transferencias financieras que hay en el día, semana, mes y año? Hacer una consulta de este tipo es un gasto de recursos, que un estado tan corrupto y flojo no haría.

compra una casa y luego vienes y nos dice si sigues con las mismas ideas :distant: :distant: :distant:
 
Viendo el titulo nomas... que robo, y eso es para pagar el sueldo de esos infelices que ahora protestan bloqueando las carrerteas, destruyendo el país, de verdad, que robo. Hay que encontrar la forma de no pagar esto. Lamento no aportar nada pero tenía que decirlo.

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compra una casa y luego vienes y nos dice si sigues con las mismas ideas :distant: :distant: :distant:

Yo me dedico al rubro inmobiliario. Hay formas estimado, me parece va contra las reglas el decirlo pero todo se puede si acaso se quiere.
 
compra una casa y luego vienes y nos dice si sigues con las mismas ideas :distant: :distant: :distant:

Acabo de comprar un terreno de 120 m2, puedes verlo en mis mensajes iniciados.
 
Última edición:
Bueno yo me puse a investigar y de casualidad viendo el sistema de la sunat ya que tengo renta de 4 categoría independiente y no pago impuestos por adsense sino por otro negocio que tengo, me di la sorpresa que la sunat tiene un registro del itf de todos los pagos por WU, es decir si tienes alguna renta o no la sunat guarda los itf con el dni asi que la sunat no te dice nada hasta ahora... pero al momento que compres un auto o departamento si empiezan a ponerse las pilas los de la sunat e investigan... y ese es el momento que tienes que empezar a pagar impuestos con adsense a menos que las pongas a nombre de un familiar las propiedades y sigas pasando como si nada... porque nadie quiere pagar impuestos sabiendo la gran corrupción que hay en perú... de los últimos 3 presidentes ya van 1 preso y otro prófugo en el extranjero... yo me rehuso a pagar impuestos a la sunat!!!
 
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