Si enlazas a un material con copyright, alguien accede a tu web y lo descarga,
lo estás distribuyendo. No importa que crees la copia o tomes el enlace de otra persona,
distribuir significa brindar algo a alguien, y es exactamente lo que haces cuando distribuyes películas en una web.
distribuir - RAE
Derecho de autor - Wikipedia
Hace bastante que trabajo con webs de warez y soy totalmente consciente de que
es ilegal. Otra cosa es que esté penado o no en cada país, que haya una posibilidad real de que tengas algún problema o no. En la mayoría de los paises de Latinoamérica es muy dificil que suceda algo (tienes que tener un sitio enorme como Taringa para tener problemas, por eso esa web dejó de distribuir material con copyright hace un tiempo). En España parece que son algo más estrictos, al igual que en varios países de Europa.
Solo estoy de acuerdo contigo en que en españa son mas estrictos, sin embargo tu citas de la RAE la definicion de distribuir sin embargo yo te cito estas enlaces (para españa) donde la Audiencia Provincial de Madrid (que no es poco..) afirma que enlazar no es delito.
La Audiencia de Madrid confirma que enlazar a redes P2P no es delito | Edición impresa | EL PAÍS (prestigioso periodico español) por si alguno no es de españa y no lo sabe.
Rojadirecta.com: la Audiencia Provincial de Madrid establece de nuevo que enlazar no es delito | Bufet Almeida (sentencia contra rojadirecta) (cabe decir que EEUU secuesto rojadirecta.com y al final tuvieron que devolverselo) si fuera ilegal enlazar por que se lo devolvieron? ya que en USA con mucho mas estrictos aun que en españa... y hablamos de que un pais como EEUU secuestre un dominio... y a tener en cuenta que en españa fue declarada legal (como otras tantas paginas)
Por lo tanto no entiendo por que a la gente se llena tanto la boca diciendo que es ilegal... sera por que quizas es lo que escuchan en los medio y lo repiten cual papagayo? por que solo hace falta indagar un poco para encontrar cientos de casos de paginas webs que siguen abiertas y que han sido declaradas inocentes (o no cumpables) que viene a ser lo mismo...
Podria citar por lo menos 30 sentencias de sitios warez,deportes etc que solo enlazan... pero no me apetece buscar... el que quiera que lo busque...
Pero creo que seria interesante que la gente de vez en cuando buscara informacion y se leyera las leyes antes para poder aplicarlas y/o dictarlas en publico sabiendo lo que dicen.
(dice el codigo penal español) siempre y cuando basandose en españa.
Artículo 270
1. Será castigado con la pena de prisión de seis meses a dos años y multa de 12 a 24 meses quien, con
ánimo de lucro y en perjuicio de tercero, reproduzca, plagie, distribuya o comunique públicamente, en todo o en parte, una obra literaria, artística o científica, o su transformación, interpretación o ejecución artística fijada en cualquier tipo de soporte o comunicada a través de cualquier medio, sin la autorización de los titulares de los correspondientes derechos de propiedad intelectual o de sus cesionarios.
No obstante, en los casos de distribución al por menor, atendidas las características del culpable y la reducida cuantía del beneficio económico, siempre que no concurra ninguna de las circunstancias del artículo siguiente, el Juez podrá imponer la pena de multa de tres a seis meses o trabajos en beneficio de la comunidad de treinta y uno a sesenta días. En los mismos supuestos, cuando el beneficio no exceda de 400 euros, se castigará el hecho como falta del artículo 623.5. Ir a Norma modificadora Párrafo 2.º del número 1 del artículo 270 introducido por el apartado sexagésimo noveno del artículo único de la L.O. 5/2010, de 22 de junio, por la que se modifica la L.O. 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal («B.O.E.» 23 junio).Vigencia: 23 diciembre 2010
2. Será castigado con la pena de prisión de seis meses a dos años y multa de 12 a 24 meses quien intencionadamente exporte o almacene ejemplares de las obras, producciones o ejecuciones a que se refiere el apartado anterior sin la referida autorización. Igualmente incurrirán en la misma pena los que importen intencionadamente estos productos sin dicha autorización, tanto si éstos tienen un origen lícito como ilícito en su país de procedencia; no obstante, la importación de los referidos productos de un Estado perteneciente a la Unión Europea no será punible cuando aquellos se hayan adquirido directamente del titular de los derechos en dicho Estado, o con su consentimiento.
3. Será castigado también con la misma pena quien fabrique, importe, ponga en circulación o tenga cualquier medio específicamente destinado a facilitar la supresión no autorizada o la neutralización de cualquier dispositivo técnico que se haya utilizado para proteger programas de ordenador o cualquiera de las otras obras, interpretaciones o ejecuciones en los términos previstos en el apartado 1 de este artículo.
Ir a Norma modificadora Artículo 270 redactado por el apartado nonagésimo quinto del artículo único de la L.O. 15/2003, de 25 de noviembre, por la que se modifica la L.O. 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal («B.O.E.» 26 noviembre).Vigencia: 1 octubre 2004
Como bien claro dice el codigo penal de españa y en concreto el articulo 270 de nuestro pais (algo que nadie puede atreverse a contradecir) Será castigado con la pena de prisión de seis meses a dos años y multa de 12 a 24 meses quien, con
ánimo de lucro y en perjuicio de tercero, reproduzca, plagie, distribuya o comunique públicamente, en todo o en parte, una obra literaria, artística o científica
Por lo tanto en primer lugar deberiamos centrarnos en que lo ilegal es el animo de lucro y no enlazar...
por que asi lo dice la ley no? o a caso sabe mas la gente que dice que es ilegal por que si y basta que el codigo penal?
---------- Post agregado el 12-may-2014 hora: 11:17 ----------
Ah y se me olvidaba... el motivo por el que no es ilegal (y por eso no se culpa a nadie por la distribucion sin animo de lucro) es por que en españa (todavia) existe un derecho que se llama "Derecho a la copia privada" por tanto yo tengo derecho a copiar esa obra y colgarla en internet (no por colgarla la estoy distribuyendo)
Otra cosa distinta es el Parrafo 3 donde no podemos aplicar esta ley a los juegos,programas etc de ordenador...
Y por ultimo por si cabe alguna duda, respecto al parrafo 2 recordar que el almacenamiento se hace en los servidores de mega,uploaded,freakshare etc... y no en las paginas webs, de lo contrario si seria ilegal... precisamente por eso este tipo de cyberlockers tienen tanta relevancia...
El que quiera documentarse mas sobre este tema puede ver estos dos videos (son uno solo)
https://www.youtube.com/watch?v=JQaoRJtUUxc
https://www.youtube.com/watch?v=Ek7CC-Tz0sM
(para el que quiera ir al grano que vaya al minuto 18 del segundo video)