Si no me equivoco, eres de España pero los productos que se venden en la tienda proceden de fuera de España y se venden a través de dropshipping. Si no es así, corrígeme Enlace eliminado. Dependiendo de cómo sea el caso, la respuesta será una u otra.
En este sentido, sería necesario gestionar el alta como autónomo en la seguridad social y como actividad empresarial en la Agencia Tributaria. Para ahorrarse la seguridad social, es muy utilizado aferrarse a lo de que ''no es una actividad habitual, los ingresos no son recurrentes, y además los ingresos no llegan al salario mínimo interprofesional anual" (basándose en algunas sentencias). Aún así, en la Agencia Tributaría sí deberías registrar la actividad, y no te escapas independientemente de la cifra de negocios. En el caso de tener productos de una temática específica, deberás de darte de alta en dicho epígrafe; en caso de tener variedad de productos, te recomiendo darte de alta en el epígrafe 665 "Comercio al por menor por catálogo o correo". La alta en hacienda supondrá que tengas que vender con un 21% de IVA, lo que de primeras ya te quita gran parte de la rentabilidad y empieza a darte problemas.