Es
totalmente inaplicable tratar de regular por derecho préstamos que se van a dar de forma internacional, porque cada transacción habría que tratarla de forma personalizada en base a los países del prestamista y el solicitante, y de todas formas
ninguno hace la operación en blanco (de forma legal), no queda registrado por ningún organismo de gobierno ni paga impuestos, por lo cual el solicitante pierde la posibilidad de exigir intereses más bajos y el prestamista pierde la posibilidad de tener cobertura legal si no le devuelven su dinero.
Por ejemplo
en Argentina no existen las limitaciones legales para prestar que mencionaron para España, ¿entonces cómo los regulamos? Miren éstos intereses:
ADELANTO DE SUELDO EN EL ACTO (interés DIARIO del 19%, lo que sería +7000% anual)
https://www.vivus.com.ar/ (interés mensual del 40%, 480% anual)
Más ejemplos:
https://moni.com.ar/
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Son sitios legales (con teléfonos, oficinas físicas, etc) y
aún así cobra una locura, simplemente porque no es ilegal hacerlo aquí. ¿Vamos a revisar la legislación de cada país a la hora de regular los préstamos? ¿Están dispuestos el prestamista y el solicitante a blanquear su negocio y pagar impuestos?
Si la respuesta es no, es muy complicado regular la actividad.