Buenas, este es mi primer mensaje en este foro, al que he llegado buscando ayuda sobre adsense y cómo proceder con el tema fiscal en España. Os cuento toda mi experiencia que es bastante larga...
Empecé en esto de la publicidad por internet allá por el año 2003. Mi página web era un hobby que empezó a tener cierta trascendencia, con lo cual empezamos a añadir publicidad de los típicos afiliados (adsense, netfilia...).
Yo en aquel momento no tenía ni idea de cómo proceder con los temas fiscales así que fui preguntando en Hacienda y al final comencé por darme de alta en el regimen general bajo el epígrafe de relaciones públicas o algo así (la verdad es que no me acuerdo muy bien). El caso es que para hacer facturas a netfilia necesitaba ser autónomo, algo que ya era pues por aquel entonces (y actualmente) tengo un trabajo regular en la empresa de mi padre.
Bien, llevando una contabilidad muy básica (pocos gastos y pocos ingresos) el único modelo que hacía era el 330 (por aquel entonces, ahora el 303) - el del IVA trimestral-. A los dos trimestres de registrar la actividad descubrí que en las facturas aparte del IVA también tenia que meter el IRPF y por lo tanto tenía que presentar otro modelo más, el 130. Como presenté con retraso dos trimestres Hacienda me multó con 250 euros por cada retraso. En aquellos momentos todos los 130 me salían negativos así que presentando una nota donde lloraba un poco explicando el desconocimiento y la falta de lucro me perdonaron y no tuve que pagar nada.
Y así pasó el tiempo, desde siempre he incluido lo ganado en adsense en los 130 y en la declaración anual de IVA (390).
El año pasado la relación con adsense despuntó y la web ganó más de 6000 euros. Ante tal cantidad se me ocurrió que igual debía presentar el 347 (declaración anual con terceras personas), que es de carácter informativo pero que hay que presentarlo cuando se sobrepasen los 3000 euros en la relación comercial. Pregunté a la gestoría de la empresa de mi padre y me dijo lo siguiente:
Que estaba haciendo mal (todo el tiempo :s), porque al no ser un operador intracomunitario debería repercutir el IVA en mis ingresos con adsense. Y que lo que debería hacer para la próxima vez es darme de alta en el 036 como operador intracomunitario. Cuando lo sea entonces podría hacer facturas a adsense autorepercutiéndome el IVA (que no es otra cosa que hacerlas sin IVA), ya que adsense también es un operador intracomunitario, si no lo fuera tampoco podría hacerles factura autorepercutiéndome el IVA.
A partir de ese momento tengo que presentar los ingresos de adsense en el 303 trimestral (antes no lo hacía, aunque no influye en el resultado), en el 130 (son ingresos de la actividad, esto SÍ lo hacía) y en el 349, que es un modelo de carácter informativo donde se detallan las operaciones intracomunitarias. Haciendo este último trimestralmente no hace falta presentar el 347 de forma anual.
También me dijo que este año presentara el 347 y rezará porque hacienda no quisiera meterme mano... pero yo creo que este año me voy a hacer el despistado y no lo voy a presentar (igual es peor el remedio que la enfermedad, y aunque no tengo nada que esconder, ven irregularidades o qué se yo) Así que empezaré 2013 haciéndome operador intracomunitario y presentando todas las novedades trimestralmente...
Espero que todo el rollo os ayude en algo, si tenéis alguna duda o comentario, intentaré ser más lúcido 😛
Ah, y una pregunta, vosotros presentáis el 347?
Gracias por la ayuda y por la información. Me gusta este foro, un saludo!