Guía para pagar impuestos de Adsense en España: Autónomos y empresas

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Voy a arrojar un poco de luz sobre los famosos 3.000 euros, cuando una persona factura a un mismo cliente 3.000 euros al año o más, esa facturación pasa por una vía determinada en Hacienda, por lo que el riesgo es total. Cuando una persona no factura los 3.000 a un mismo cliente al año, no hay esa vía especial pero sigue existiendo el riesgo, y más ahora conforme está Hacienda.

No es cierto que ni no llegas a los 3.000 euros no debes facturar, si no llegas al mínimo profesional mensual (unos 600 euros) puedes no darte de alta en la SS pero sí tendrás que facturar y presentar los modelos con IVA e IRPF. Si el cliente es extranjero, será un cliente intracomunitario, irá sin IVA pero hay que presentar un modelo especial para intracomunitarios.

Os recomiendo Asesores JR | Asesoría - Gestoría | Alicante ellos me llevan a mí los papeleos y son de confianza y muy amables.
 
Si el cliente es extranjero, será un cliente intracomunitario, irá sin IVA pero hay que presentar un modelo especial para intracomunitarios.

Sip, es el famoso 349 y para rellenarlo tienes que estar dado de alta como operador intracomunitario.
 
Que complicado todo.

Aquí donde vivo es más fácil.

Si no vendes no pagas IVA, en este caso no vendes así que no pagas IVA.

Lo que haces es hacerte contribuyente ( autónomo )

Como contribuyente declaras una vez al año todo lo que has ganado, si ganas màs de 3.2 millones unos 5 mil euros creo, pagas el 10% de lo que te pasas.

O sea si ganas menos de 3.2 millones no pagas nada si ganas 4.2 millones pagas el 10% del millón que te has pasado, así de simple, no se por que no lo hacen así en todo lado.

Me parece una tontería ser autonomo y pagar cada 3 meses 250 euros ¿? si no ganas por que has de pagar ? 🙁
 
Impuestos Adsense en España (Autonomos y Empresas) Guia

Buenas, este es mi primer mensaje en este foro, al que he llegado buscando ayuda sobre adsense y cómo proceder con el tema fiscal en España. Os cuento toda mi experiencia que es bastante larga...

Empecé en esto de la publicidad por internet allá por el año 2003. Mi página web era un hobby que empezó a tener cierta trascendencia, con lo cual empezamos a añadir publicidad de los típicos afiliados (adsense, netfilia...).

Yo en aquel momento no tenía ni idea de cómo proceder con los temas fiscales así que fui preguntando en Hacienda y al final comencé por darme de alta en el regimen general bajo el epígrafe de relaciones públicas o algo así (la verdad es que no me acuerdo muy bien). El caso es que para hacer facturas a netfilia necesitaba ser autónomo, algo que ya era pues por aquel entonces (y actualmente) tengo un trabajo regular en la empresa de mi padre.

Bien, llevando una contabilidad muy básica (pocos gastos y pocos ingresos) el único modelo que hacía era el 330 (por aquel entonces, ahora el 303) - el del IVA trimestral-. A los dos trimestres de registrar la actividad descubrí que en las facturas aparte del IVA también tenia que meter el IRPF y por lo tanto tenía que presentar otro modelo más, el 130. Como presenté con retraso dos trimestres Hacienda me multó con 250 euros por cada retraso. En aquellos momentos todos los 130 me salían negativos así que presentando una nota donde lloraba un poco explicando el desconocimiento y la falta de lucro me perdonaron y no tuve que pagar nada.

Y así pasó el tiempo, desde siempre he incluido lo ganado en adsense en los 130 y en la declaración anual de IVA (390).

El año pasado la relación con adsense despuntó y la web ganó más de 6000 euros. Ante tal cantidad se me ocurrió que igual debía presentar el 347 (declaración anual con terceras personas), que es de carácter informativo pero que hay que presentarlo cuando se sobrepasen los 3000 euros en la relación comercial. Pregunté a la gestoría de la empresa de mi padre y me dijo lo siguiente:

Que estaba haciendo mal (todo el tiempo :s), porque al no ser un operador intracomunitario debería repercutir el IVA en mis ingresos con adsense. Y que lo que debería hacer para la próxima vez es darme de alta en el 036 como operador intracomunitario. Cuando lo sea entonces podría hacer facturas a adsense autorepercutiéndome el IVA (que no es otra cosa que hacerlas sin IVA), ya que adsense también es un operador intracomunitario, si no lo fuera tampoco podría hacerles factura autorepercutiéndome el IVA.

A partir de ese momento tengo que presentar los ingresos de adsense en el 303 trimestral (antes no lo hacía, aunque no influye en el resultado), en el 130 (son ingresos de la actividad, esto SÍ lo hacía) y en el 349, que es un modelo de carácter informativo donde se detallan las operaciones intracomunitarias. Haciendo este último trimestralmente no hace falta presentar el 347 de forma anual.

También me dijo que este año presentara el 347 y rezará porque hacienda no quisiera meterme mano... pero yo creo que este año me voy a hacer el despistado y no lo voy a presentar (igual es peor el remedio que la enfermedad, y aunque no tengo nada que esconder, ven irregularidades o qué se yo) Así que empezaré 2013 haciéndome operador intracomunitario y presentando todas las novedades trimestralmente...

Espero que todo el rollo os ayude en algo, si tenéis alguna duda o comentario, intentaré ser más lúcido 😛

Ah, y una pregunta, vosotros presentáis el 347?

Gracias por la ayuda y por la información. Me gusta este foro, un saludo!

Me has dejado con más dudas. No me gusta la fórmula de España.
Como no residente o como LTD va mejor
 
Que complicado todo.

Aquí donde vivo es más fácil.

Si no vendes no pagas IVA, en este caso no vendes así que no pagas IVA.

Lo que haces es hacerte contribuyente ( autónomo )

Como contribuyente declaras una vez al año todo lo que has ganado, si ganas màs de 3.2 millones unos 5 mil euros creo, pagas el 10% de lo que te pasas.

O sea si ganas menos de 3.2 millones no pagas nada si ganas 4.2 millones pagas el 10% del millón que te has pasado, así de simple, no se por que no lo hacen así en todo lado.

Me parece una tontería ser autonomo y pagar cada 3 meses 250 euros ¿? si no ganas por que has de pagar ? 🙁

¿Dónde vives? que me mudo xD

En España la verdad es que el tema de los autónomos no está muy bien hecho, pero bueno, la sociedad aquí es muy de izquierdas, no veo posible a corto medio plazo que se favorezca el emprendimiento o a la pequeña y mediana empresa.
 
¿Dónde vives? que me mudo xD

En España la verdad es que el tema de los autónomos no está muy bien hecho, pero bueno, la sociedad aquí es muy de izquierdas, no veo posible a corto medio plazo que se favorezca el emprendimiento o a la pequeña y mediana empresa.

Costa Rica.

Aquí es así solo pagas el 10% una vez al año después de superar el limite y si eres empresa pues igual solo que las empresas pagan el 10% de lo que ganen sea 2 euros o 500 mil euros. :encouragement:
 
Creo que este extracto del enlace que te puse cumple con lo que dice Google:

"Estaríamos obligados a realizar una autofactura a Google, tiene CIF intracomunitario, donde incluiríamos un IVA repercutido y a su vez un IVA soportado que nos deduciríamos en nuestra declaración trimestral de IVA, modelo 303, pero que no declararíamos en el modelo 349.

Al existir una prestación intracomunitaria, entendemos que la empresa debería darse de alta como operador intracomunitario para poder realizar la autofactura, por ello será necesario presentar el modelo 036 para su solicitud."

Ese "entendemos que la empresa debería darse de alta como operador intracomunitario" me ha sido confirmado por los mismos gestores de Hacienda que en este sentido no tienen nada que ganar. Hacerse operador intracomunitario es gratis, obligatorio y no contamina :encouragement:

No entiendo lo del IVA repercutido y soportado en la factura para luego incluirlo en el 303... Yo pensaba que la factura iba sin IVA y la cantidad había que mostrarla en el 349 trimestral que por lo que se ve puede ser incluso anual si no llegas a una cantidad mínima... ¿?

Vaya lío... :s
 
🙂🙂 Lo dicho un lio. ¡Vamos a preguntar a Hacienda fijo que nos lian más!

---------- Post agregado en la hora: 17:02 ---------- Anterior post agregado en la hora: 17:00 ----------

Costa Rica.

Aquí es así solo pagas el 10% una vez al año después de superar el limite y si eres empresa pues igual solo que las empresas pagan el 10% de lo que ganen sea 2 euros o 500 mil euros. :encouragement:

Aqui tenemos la ventaja que somos Europeos así que podemos abrir la empresa donde nos de al gana. Con lo que puede llegar a ser 0% de impuestos o cercano.
Es hora de hablar con un asesor financiero Londinense. :devilish:
 
Dependerá si tienes oficina propia o trabajas en tu domicilio. Si es en oficina lo desgravas todo, si es en casa será una parte proporcional, ya que tanto la luz, teléfono e internet, incluso algo más, pero cada caso es diferente: número de personas que habita en la casa es uno de ellos. Si trabajas en tu domicilio debes consultarlo con tu asesor o en la oficina de hacienda que te corresponde.
 
Que complicado todo.

Aquí donde vivo es más fácil.

Si no vendes no pagas IVA, en este caso no vendes así que no pagas IVA.

Lo que haces es hacerte contribuyente ( autónomo )

Como contribuyente declaras una vez al año todo lo que has ganado, si ganas màs de 3.2 millones unos 5 mil euros creo, pagas el 10% de lo que te pasas.

O sea si ganas menos de 3.2 millones no pagas nada si ganas 4.2 millones pagas el 10% del millón que te has pasado, así de simple, no se por que no lo hacen así en todo lado.

Me parece una tontería ser autonomo y pagar cada 3 meses 250 euros ¿? si no ganas por que has de pagar ? 🙁

250€ al mes! esto si que es promover el autotrabajo ¿eh?
 
Muy interesante el tema, a favoritos. Gracias por las aportaciones, yo de momento estoy empezando así que si gano algo será poco y de momento no tendré que declarar nada, a ver si hay suerte y en un futuro tengo que hacerlo.
 
Hola, ojalá pudierais ayudarme también en esto. EN 2006 por probar hice mi cuenta personal adsense en un blog sin audiencia alguna... no recuerdo el motivo pero juraría que al poco tiempo esta cuenta dejó de servir, estaba bloqueada, suspendida o algo... con los años hice bastante audiencia con un blog de futbol y ahora quiero crear mi web y desde hace un año que me registre de nuevo en adsense con todos mis datos y la cuenta va perfectamente, de hecho el otro día compré el dominio y tardaron unos minutos en salir los anuncios como si la estuvieran revisando, pero ahora ya salen, como si la hubieran aceptado.

Bien, el caso es que esto lo he preguntado ya en el foro y unos dicen que si todo está bien es que funciona y no me preocupe y otros dicen que no... así que no me fio y probaré a llegar a la cantidad mínima exigida para cobrar a ver si Adsense acepta verdaderamente mi cuenta, y si no fuera así pues tendría que hablar con alguien de mi entorno y aquí viene la pregunta:

¿A quién debo pedírselo? Mi idea es pedirselo a una persona de confianza y él está casado, tanto él como su mujer trabajan (cobran algo más de 1.000 al mes) y están pagando un piso, por lo que yo me pregunto....¿qué pasaría si mi web va bien, cada vez mejor y utilizo el adsense a nombre de alguno de ellos?, ¿les afectaría en algo del piso? Me imagino que en la declaración de la renta sí, ¿no? Mi idea sería pagar yo todo lo que le toque pagar a él, pero...¿cómo hago para saber que lo que estoy pagando es todo por culpa de adsense? Es decir, igual a ellos les sale a pagar 200 euros sin Adsense y con Adsense se pone en 600 o 700... y yo debería pagar 400 o 500... pero pago 600/700 porque no sé qué parte es de Adsense y que parte es de ellos...

Espero haberme explicado bien, a ver si alguien por aquí sabe ayudarme, me daría mucha confianza para poder lanzar mi web, ya que obviamente la cuenta de adsense me es imprescindible al no contar con patrocinadores.
 
Hola, ojalá pudierais ayudarme también en esto. EN 2006 por probar hice mi cuenta personal adsense en un blog sin audiencia alguna... no recuerdo el motivo pero juraría que al poco tiempo esta cuenta dejó de servir, estaba bloqueada, suspendida o algo... con los años hice bastante audiencia con un blog de futbol y ahora quiero crear mi web y desde hace un año que me registre de nuevo en adsense con todos mis datos y la cuenta va perfectamente, de hecho el otro día compré el dominio y tardaron unos minutos en salir los anuncios como si la estuvieran revisando, pero ahora ya salen, como si la hubieran aceptado.

Bien, el caso es que esto lo he preguntado ya en el foro y unos dicen que si todo está bien es que funciona y no me preocupe y otros dicen que no... así que no me fio y probaré a llegar a la cantidad mínima exigida para cobrar a ver si Adsense acepta verdaderamente mi cuenta, y si no fuera así pues tendría que hablar con alguien de mi entorno y aquí viene la pregunta:

¿A quién debo pedírselo? Mi idea es pedirselo a una persona de confianza y él está casado, tanto él como su mujer trabajan (cobran algo más de 1.000 al mes) y están pagando un piso, por lo que yo me pregunto....¿qué pasaría si mi web va bien, cada vez mejor y utilizo el adsense a nombre de alguno de ellos?, ¿les afectaría en algo del piso? Me imagino que en la declaración de la renta sí, ¿no? Mi idea sería pagar yo todo lo que le toque pagar a él, pero...¿cómo hago para saber que lo que estoy pagando es todo por culpa de adsense? Es decir, igual a ellos les sale a pagar 200 euros sin Adsense y con Adsense se pone en 600 o 700... y yo debería pagar 400 o 500... pero pago 600/700 porque no sé qué parte es de Adsense y que parte es de ellos...

Espero haberme explicado bien, a ver si alguien por aquí sabe ayudarme, me daría mucha confianza para poder lanzar mi web, ya que obviamente la cuenta de adsense me es imprescindible al no contar con patrocinadores.

Hola,

En primer lugar, si la cantidad cobrada empieza a ser considerable, tendría que hacerse autónomo o tener una sociedad para declarar los ingresos.

Si esa persona ya es autónomo, no sería tanto problema, aunque aún así sería difícil calcular qué parte de IRPF corresponde a los ingresos de AdSense.

Si no es autónomo, peor todavía, no creo que quiera darse de alta para eso, ya que además de pagar Seguridad Social cada mes, tendría problemas con el paro si le echan de su trabajo, etc.

Vamos, todo facilidades ... :topsy_turvy:
 
al hacerte autonomo automaticamente IRPF es 21% y en la declaración anual se recalcula ascendiendo normalmente y pagando la diferencia no adelantada en las trimestrales.
 
Impuestos Adsense en España (Autonomos y Empresas) Guia

Hola, ojalá pudierais ayudarme también en esto. EN 2006 por probar hice mi cuenta personal adsense en un blog sin audiencia alguna... no recuerdo el motivo pero juraría que al poco tiempo esta cuenta dejó de servir, estaba bloqueada, suspendida o algo... con los años hice bastante audiencia con un blog de futbol y ahora quiero crear mi web y desde hace un año que me registre de nuevo en adsense con todos mis datos y la cuenta va perfectamente, de hecho el otro día compré el dominio y tardaron unos minutos en salir los anuncios como si la estuvieran revisando, pero ahora ya salen, como si la hubieran aceptado.

Bien, el caso es que esto lo he preguntado ya en el foro y unos dicen que si todo está bien es que funciona y no me preocupe y otros dicen que no... así que no me fio y probaré a llegar a la cantidad mínima exigida para cobrar a ver si Adsense acepta verdaderamente mi cuenta, y si no fuera así pues tendría que hablar con alguien de mi entorno y aquí viene la pregunta:

¿A quién debo pedírselo? Mi idea es pedirselo a una persona de confianza y él está casado, tanto él como su mujer trabajan (cobran algo más de 1.000 al mes) y están pagando un piso, por lo que yo me pregunto....¿qué pasaría si mi web va bien, cada vez mejor y utilizo el adsense a nombre de alguno de ellos?, ¿les afectaría en algo del piso? Me imagino que en la declaración de la renta sí, ¿no? Mi idea sería pagar yo todo lo que le toque pagar a él, pero...¿cómo hago para saber que lo que estoy pagando es todo por culpa de adsense? Es decir, igual a ellos les sale a pagar 200 euros sin Adsense y con Adsense se pone en 600 o 700... y yo debería pagar 400 o 500... pero pago 600/700 porque no sé qué parte es de Adsense y que parte es de ellos...

Espero haberme explicado bien, a ver si alguien por aquí sabe ayudarme, me daría mucha confianza para poder lanzar mi web, ya que obviamente la cuenta de adsense me es imprescindible al no contar con patrocinadores.

Vamos por partes:
Cada persona solo puede tener una cuenta Adsense.
Pero si tengo tres autónomos en mi empresa les puedo crear tres cuentas.
En la familia igual.
Puedo crear una cuenta a mi madre y otra cuenta a mi padre.
Puedo crear muchas cuentas. Pero sólo una única cuenta a cada persona.
Aunque el cobrador puede ser diferente.
Ya que en el apartado de pagos puedes poner otros datos, además de cambiar la cuenta corriente.
Pero es que una cuenta bancaria puede tener varios titulares o autorizados.
Así qué puedes tener varias cuentas de Adsense que pagan a una misma cuenta bancaria.
Esto pasa al trabajar con escritores que reciben un porcentaje se los beneficios.
Pero que reciben su pago a través de una empresa.
Para tener una serie de ventajas.

Fiscalmente debes declarar el dinero de Adsense.
Sea la cantidad que sea.
Pero puedes retener pagos de Adsense. Gracias al límite de pago.
Por ejemplo, Pepe sólo puede pagarse una vez al año el autónomo.
Ya que Pepe gana 1000 euros al año de Adsense.
Pues Pepe se da de alta un único mes y ese mes cobra y paga todo lo del año.

Esa es una forma.
Ahora bien lo ideal sería poder pagar los doce meses. Pero si te das de cuenta deberías dinero al final del año si lo haces del tirón.

Ventajas: ese mes consigues teléfono móvil de autónomo, te deduces gasolina, coche, adsl, facturas webs.

Inconveniente: el autónomo se lleva el 20% de tus ingresos.
A parte de la declaración de la renta que se lleva su IRPF.

Ahí que contar con el pago a los dos sitios. La seguridad social y Hacienda.
 
Muchas gracias a todos por la información, creo que guardaré este tema a marcadores para si algún día llego a esas cantidades:topsy_turvy:😱nthego:

Saludos:encouragement:
 
bueno al final me he tenido que hacer autonomo, ademas de estar trabajando en una empresa por cuenta ajena, tengo que pagar autonomos para declarar los ingresos, es una faena, porque tengo todos los meses un gasto extra.
 
Impuestos Adsense en España (Autonomos y Empresas) Guia

bueno al final me he tenido que hacer autonomo, ademas de estar trabajando en una empresa por cuenta ajena, tengo que pagar autonomos para declarar los ingresos, es una faena, porque tengo todos los meses un gasto extra.

Podías haberte puesto de acuerdo con la empresa
 
Vamos por partes:
Cada persona solo puede tener una cuenta Adsense.
Pero si tengo tres autónomos en mi empresa les puedo crear tres cuentas.
En la familia igual.
Puedo crear una cuenta a mi madre y otra cuenta a mi padre.
Puedo crear muchas cuentas. Pero sólo una única cuenta a cada persona.
Aunque el cobrador puede ser diferente.
Ya que en el apartado de pagos puedes poner otros datos, además de cambiar la cuenta corriente.
Pero es que una cuenta bancaria puede tener varios titulares o autorizados.
Así qué puedes tener varias cuentas de Adsense que pagan a una misma cuenta bancaria.
Esto pasa al trabajar con escritores que reciben un porcentaje se los beneficios.
Pero que reciben su pago a través de una empresa.
Para tener una serie de ventajas.

Fiscalmente debes declarar el dinero de Adsense.
Sea la cantidad que sea.
Pero puedes retener pagos de Adsense. Gracias al límite de pago.
Por ejemplo, Pepe sólo puede pagarse una vez al año el autónomo.
Ya que Pepe gana 1000 euros al año de Adsense.
Pues Pepe se da de alta un único mes y ese mes cobra y paga todo lo del año.

Esa es una forma.
Ahora bien lo ideal sería poder pagar los doce meses. Pero si te das de cuenta deberías dinero al final del año si lo haces del tirón.

Ventajas: ese mes consigues teléfono móvil de autónomo, te deduces gasolina, coche, adsl, facturas webs.

Inconveniente: el autónomo se lleva el 20% de tus ingresos.
A parte de la declaración de la renta que se lleva su IRPF.

Ahí que contar con el pago a los dos sitios. La seguridad social y Hacienda.


Primeramente muchas gracias a tod@s y especialmente a ti por vuestras contestaciones. Ahora voy al tema, que ojalá haya entendido bien porque me daríais una alegría tremenda... ¿si le digo a mi hermano que cree una cuenta de Adsense y ponga sus anuncios en mi web, puedo a la vez ponerme yo de beneficiario de esa cuenta y SÓLO YO SERÍA EL RESPONSABLE A LA HORA DE PAGAR IMPUESTOS? ¿Él o ellos quedarían excluídos de cualquier responsabilidad fiscal ya que el beneficiario de la cuenta soy yo? Ojalá me digáis que sí, me llevaría una tremenda alegría.
 

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