Recuerda que los 2 primeros años tienes lo que se llama "tarifa plana" si cumples los requisitos y según en que comunidad autónoma vivas, te subvenciona 1 o 2 años enteros
Primer año bonificado, el segundo aumenta los primeros 6 meses, y los otros 6 vuelve a aumentar
PEGO AQUÍ EL TEXTO DE AUTONOMOS BONIFICADOS (fuente oficial de la web de la Seguridad Social:
https://www.seg-social.es/wps/porta...entasWeb/9d2fd4f1-ab0f-42a6-8d10-2e74b378ee24 )
Durante el periodo 2023-2025, las personas que causen alta inicial en el Régimen de autónomos
podrán solicitar la aplicación de una cuota reducida (tarifa plana) de 80 euros mensuales durante los primeros 12 meses de actividad. La solicitud se realizará en el momento de tramitar el alta.
Podrán beneficiarse de estas condiciones las personas autónomas que no hayan estado dadas de alta en los dos años inmediatamente anteriores a la fecha de efecto de la nueva alta, o bien tres años, en caso de haber disfrutado previamente de esta deducción.
Transcurrido esos doce primeros meses, podrá también aplicarse una cuota reducida durante los siguientes doce meses, a aquellos trabajadores por cuenta propia que prevean que sus rendimientos económicos netos anuales, vayan a ser inferiores al salario mínimo interprofesional anual que corresponda a ese período y así lo soliciten en el servicio que se habilitará en Importass.
Además, las personas autónomas con una discapacidad igual o superior al 33 por ciento, víctima de violencia de género o víctima de terrorismo, podrán solicitar la aplicación, en el momento del alta, de una cuota reducida de 80 euros durante los primeros 24 meses.
Asimismo, finalizado este período, si su rendimiento neto previsto
fuese igual o inferior al Salario Mínimo Interprofesional, podrán solicitar, a través del servicio que se habilitará en Importass, la aplicación de esta cuota reducida durante los siguientes 36 meses, por importe de 160 euros.
Todas las solicitudes de ampliación deberán acompañarse de una declaración relativa a que los rendimientos netos que se prevén obtener van a ser inferiores al salario mínimo profesional vigente.
Las reducciones en la cotización previstas en los párrafos anteriores no resultarán aplicables a los familiares de trabajadores autónomos por consanguinidad o afinidad hasta el segundo grado inclusive y, en su caso, por adopción, que se incorporen al Régimen Especial de la Seguridad Social de los Trabajadores por Cuenta Propia o Autónomos.
Los trabajadores por cuenta propia que disfruten de estos beneficios podrán renunciar en cualquier momento expresamente a su aplicación con efectos a partir del día primero del mes siguiente al de la comunicación de la renuncia correspondiente. Esta solicitud también se podrá realizar a través del servicio que se habilitará en Importass.
Los trabajadores autónomos que a 31 de diciembre de 2022 fueran beneficiarios de la antigua tarifa plana, continuarán disfrutando de la misma, hasta que se agote el periodo máximo establecido, en las mismas condiciones.
Jonay te lo ha dicho claramente, a partir de 3.000€ vivirás bien, con menos de eso, una vida normal corriente, te lo dice un ex autónomo
Bien ahogado 😂😂😂 te lo digo por experiencia propia. Y eso si tienes suerte de que no te investiguen "porque si" y te multen "porque si" con cosas ilógicas. Lo digo porque también me ha pasado
Llevo mas de dos años ya, buscando alternativa legal: LLC, Estonia, Dubai, México, Tailandia, Usa, China, Japón; todo viene ligado según tu residencia fiscal, actualmente la mejor Dubai, viviendo 3 únicos meses al año, puedes conseguir se residente fiscal, con una empresa tributando al 0%