AdSense Declaración de ingresos de Adsense: Preguntas frecuentes

  • Autor Autor goku-saiyan
  • Fecha de inicio Fecha de inicio
Si los datos que he dado son al mes.
Si son 250 euros al mes no debería pasarte nada, como te he comentado el 99% no tienen que declarar nada. En el caso de que tuvieses la mala suerte de que te pillaran, cosa que debería ser por otros movimientos, te tocaría pagar la multa más los intereses junto con el dinero que tendrías que haber pagado. Pero vamos que es realmente muy complicado, siendo la probabilidad más baja cuento menores sean los pagos.

Vamos que legalmente deberías pagar, pero si no lo haces no pasa nada.

Por otra parte si tus ganancias son superiores a los 250 euros ya tendrías que declarar al menos el Irpf con Adsense y si no cobras más del SMI no deberías darte de alta. Solo te recomendaría si este es tu caso, que fueses a la seguridad social para que te diesen un escrito en el cual se reafirme que si no sobrepasas el SMI no tienes porque darte de alta en la seguridad social y pagar las cuotas mensuales.
 
Mientras no pases del salario minimo interprofesional (creo que ahora esta en unos 460€) no hace falta que hagas perder el tiempo a hacienda

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Si los datos que he dado son al mes.
Si son 250 euros al mes no debería pasarte nada, como te he comentado el 99% no tienen que declarar nada. En el caso de que tuvieses la mala suerte de que te pillaran, cosa que debería ser por otros movimientos, te tocaría pagar la multa más los intereses junto con el dinero que tendrías que haber pagado. Pero vamos que es realmente muy complicado, siendo la probabilidad más baja cuento menores sean los pagos.

Vamos que legalmente deberías pagar, pero si no lo haces no pasa nada.

Por otra parte si tus ganancias son superiores a los 250 euros ya tendrías que declarar al menos el Irpf con Adsense y si no cobras más del SMI no deberías darte de alta. Solo te recomendaría si este es tu caso, que fueses a la seguridad social para que te diesen un escrito en el cual se reafirme que si no sobrepasas el SMI no tienes porque darte de alta en la seguridad social y pagar las cuotas mensuales.
ok todo entendido gracias

---------- Post agregado el 08-jul-2013 hora: 12:12 ----------

Mientras no pases del salario minimo interprofesional (creo que ahora esta en unos 460€) no hace falta que hagas perder el tiempo a hacienda

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de acuerdo gracias
 
El Salario Mínimo Interprofesional no es de 460, es de 645,30€, en España.
 
Hacienda quiere hasta el último euro que pueda recaudar. Otra cosa es que se ponga a perseguir a la gente. El problema puede venir cuando hacienda hace una inspección por cualquier otro tema o irregularidad en la declaración y descubre ingresos no declaradados. Ahí viene la multa, y dependiendo de la cantidad defraudada es mayor o menor. Los delitos por fraude prescriben a los 4 años.

Para darse de alta de autónomo o no lo que prima es si la actividad económica es habitual o esporádica, si no se puede demostrar que sea habitual la seguridad social puede emplear el criterio del salario mínimo y si con esas tampoco se demuestra nada se puede alegar que los ingresos no constituyen el medio de vida del interesado (por ejemplo si tienes un trabajo en el que ganas 3 o 4 veces más que con lo que ingreses de adsense).
 
Os lo voy a simplificar, luego que cada uno haga lo que quiera:

Actividad economica = darte de alta en la seguridad social (pagando la cotizacion que como minimo 256€/mes) + Darte de alta en algun epigrafe como actividad economica en hacienda.

LLevar contabilidad y declararla realizando las correspondientes declaraciones.

Pagar lo que os salga.

Si luego os sale en junio del siguiente año a devolver porque ganasteis poco, perfecto.
Pero si no habeis hecho las declaraciones literalmente habeis cometido delito fiscal con sus consiguientes multas y requerimientos.

Y si me libro? y si no me pillan? literalmente ABSURDO, quien te factura realiza una retencion de tus pagos y paga un iva y espera recuperar ese iva en su contabilidad, con lo que si o si declara haberte pagado a ti, hacienda ve que iva se envia en una direccion e iva no se devuelve por tu parte a hacienda mmmmmmmmmmmm hacienda te envia una cartita certificada citandote con un inspector.

ahora si quieres lee todos los numeros de si gano esto pago o no pago, o si me libro o si yo se de alguien que lo hace asi o si ....
 
Un duda: Adsense lleva IVA?

Os lo voy a simplificar, luego que cada uno haga lo que quiera:

Actividad economica = darte de alta en la seguridad social (pagando la cotizacion que como minimo 256€/mes) + Darte de alta en algun epigrafe como actividad economica en hacienda.

LLevar contabilidad y declararla realizando las correspondientes declaraciones.

Pagar lo que os salga.

Si luego os sale en junio del siguiente año a devolver porque ganasteis poco, perfecto.
Pero si no habeis hecho las declaraciones literalmente habeis cometido delito fiscal con sus consiguientes multas y requerimientos.

Y si me libro? y si no me pillan? literalmente ABSURDO, quien te factura realiza una retencion de tus pagos y paga un iva y espera recuperar ese iva en su contabilidad, con lo que si o si declara haberte pagado a ti, hacienda ve que iva se envia en una direccion e iva no se devuelve por tu parte a hacienda mmmmmmmmmmmm hacienda te envia una cartita certificada citandote con un inspector.

ahora si quieres lee todos los numeros de si gano esto pago o no pago, o si me libro o si yo se de alguien que lo hace asi o si ....
 
Eres tu el que le factura a adsense por tu trabajo y tu trabajo lo realizas en España, y en España todo lleva IVA.

Por cierto no olvides date de alta en operaciones intracomunitarias, adsense tiene su sede si no recuerdo mal en Irlanda (fuera de España)


Un duda: Adsense lleva IVA?
 
No os hagáis un lío, las auto-facturas que emitais a adsense NO deben llevar IVA ya que a quien prestáis el servicio es una empresa europea (irlandesa): Google Irland. Tendréis que daros de alta en el ROI (registro de operadores intracomunitarios) y presentar el modelo 349 anualmente/ trimestral / mensual dependiendo de los ingresos, a parte del los modelos del IVA e IRPF.

---------- Post agregado el 08-jul-2013 hora: 14:41 ----------

Por cierto más alclaraciones, la cuota mínima de autónomos son 225 euros si estás en pluriactividad.

La contabilidad exigida al autónomo es simplemente un libro de ingresos, gastos e inversiones. No es contabilidad pura y dura como se le exige a una empresa. Yo uso un excel.

Es obligatorio para todo autónomo tener libro de visitas (se compra en papelerías y vale unos 7 euros) legalizado por la inspección de trabajo.

El alta en el ROI se solicita a través del modelo 036 en hacienda.
 
Macho, es un lío. Alguien que lleve ganandose la vida con Adsense un tiempo puede crear (o ha creado) una guía con TODO lo que hay que hacer? Cada uno dice una cosa y es una locura. Llevo un par de meses ganando 200-300€ y de momento no he hecho nada.
 
Macho, es un lío. Alguien que lleve ganandose la vida con Adsense un tiempo puede crear (o ha creado) una guía con TODO lo que hay que hacer? Cada uno dice una cosa y es una locura. Llevo un par de meses ganando 200-300€ y de momento no he hecho nada.

Ya hay un hilo creado al respecto. Cada uno te dirá una cosa diferente.

Mira, hasta que no ganes más de 640 euros al mes de una forma estable no te hagas autónomo.

Lo que sí puedes hacer, si quieres, es darte de alta en el IAE y declarar esos 300 euros que ganas al mes.
 
Ya hay un hilo creado al respecto. Cada uno te dirá una cosa diferente.

Mira, hasta que no ganes más de 640 euros al mes de una forma estable no te hagas autónomo.

Lo que sí puedes hacer, si quieres, es darte de alta en el IAE y declarar esos 300 euros que ganas al mes.

Sí, lo he visto, pero es eso, cada uno dice una cosa y luego llega otro para contradecirle...

Sobre lo del IAE, eso es lo que tengo pensado hacer. De momento llevo varios años como redactor (no soy autónomo) para otras webs, gano poco pero declaro el IVA ya que la empresa es española y me retiene IRPF (que luego me devuelven en la declaración de la renta). Por lo que supongo que podría meter en el mismo saco las ganancias de Adsense. El problema (duda) es que lo que cobro como redactor sí que lleva un IVA claramente definido que la empresa me paga, y eso es lo que declaro únicamente cada tres meses a la Agencia Tributaria, pero en el caso de Adsense, no se qué IVA le corresponde ni qué ni cómo tendría que declararlo.
 
Sí, lo he visto, pero es eso, cada uno dice una cosa y luego llega otro para contradecirle...

Sobre lo del IAE, eso es lo que tengo pensado hacer. De momento llevo varios años como redactor (no soy autónomo) para otras webs, gano poco pero declaro el IVA ya que la empresa es española y me retiene IRPF (que luego me devuelven en la declaración de la renta). Por lo que supongo que podría meter en el mismo saco las ganancias de Adsense. El problema (duda) es que lo que cobro como redactor sí que lleva un IVA claramente definido que la empresa me paga, y eso es lo que declaro únicamente cada tres meses a la Agencia Tributaria, pero en el caso de Adsense, no se qué IVA le corresponde ni qué ni cómo tendría que declararlo.

Las ganancias de Adsense están exentas de IVA pero tienes que darte de alta como operador intracomunitario y rellenar el modelo 349.

En la declaración trimestral de IVA sumas también tus ganancias de Adsense pero no te deduces ningún iVA de esas ganancias.
 
Cuando alguien dicce que si una cantidad u otra hacerse o no autonomo, lo que os estan diciendo es que os sera o no rentable hacerlo, pero la obligacion es si ganas 1 centimo declararlo y obviamente pagar tu seguridad social por desarrollar una actividad economica.

Luego que lo quieres hacer o no ya tu mismo, que te sea rentable o no, tu mismo, que si crees que la empresa que te factura no va a entregar la contabilidad a hacienda? hombre si es tu amigo intimo y te hace ese favor de regalarte todo el dinero de ese iva de esa factura pues adelante, de lo contrario no dudes que enviara los datos a hacienda, por el simple interes economico que le representa, asi que indirectamente esta dando el chivatazo.


Sí, lo he visto, pero es eso, cada uno dice una cosa y luego llega otro para contradecirle...

Sobre lo del IAE, eso es lo que tengo pensado hacer. De momento llevo varios años como redactor (no soy autónomo) para otras webs, gano poco pero declaro el IVA ya que la empresa es española y me retiene IRPF (que luego me devuelven en la declaración de la renta). Por lo que supongo que podría meter en el mismo saco las ganancias de Adsense. El problema (duda) es que lo que cobro como redactor sí que lleva un IVA claramente definido que la empresa me paga, y eso es lo que declaro únicamente cada tres meses a la Agencia Tributaria, pero en el caso de Adsense, no se qué IVA le corresponde ni qué ni cómo tendría que declararlo.
 
Sí, lo he visto, pero es eso, cada uno dice una cosa y luego llega otro para contradecirle...

Sobre lo del IAE, eso es lo que tengo pensado hacer. De momento llevo varios años como redactor (no soy autónomo) para otras webs, gano poco pero declaro el IVA ya que la empresa es española y me retiene IRPF (que luego me devuelven en la declaración de la renta). Por lo que supongo que podría meter en el mismo saco las ganancias de Adsense. El problema (duda) es que lo que cobro como redactor sí que lleva un IVA claramente definido que la empresa me paga, y eso es lo que declaro únicamente cada tres meses a la Agencia Tributaria, pero en el caso de Adsense, no se qué IVA le corresponde ni qué ni cómo tendría que declararlo.

Adsense no lleva IVA, te tienes que dar de alta en el ROI con el modelo 036 de hacienda y presentar el modelo 349 a parte del modelo para el IVA normal, donde también tendrás que meter el IVA total de las operaciones exentas, es decir, lo de adsense. Ojo con no darte de alta de autónomo porque el principal criterio que manejan es si la actividad es habitual o no, ganes 50, 100, o 500 euros al mes. Si no te das de alta y te cazan te obligarían a pagar las cuotas atrasadas desde que se inició tu actividad. Para cazarte tendrías que tener realmente mala suerte o que hacienda te haga una inspección por algo muy muy extraño que vieran en tu declaración de la renta.
 
Las ganancias de Adsense están exentas de IVA pero tienes que darte de alta como operador intracomunitario y rellenar el modelo 349.

En la declaración trimestral de IVA sumas también tus ganancias de Adsense pero no te deduces ningún iVA de esas ganancias.

Vale, osea que pondría los ingresos de Adsense (la cantidad), pero al 0% en el modelo del IVA?
¿Cual es el modelo 349?
¿Vale dinero darme de alta como operador intracomunitario?

Cuando alguien dicce que si una cantidad u otra hacerse o no autonomo, lo que os estan diciendo es que os sera o no rentable hacerlo, pero la obligacion es si ganas 1 centimo declararlo y obviamente pagar tu seguridad social por desarrollar una actividad economica.

Luego que lo quieres hacer o no ya tu mismo, que te sea rentable o no, tu mismo, que si crees que la empresa que te factura no va a entregar la contabilidad a hacienda? hombre si es tu amigo intimo y te hace ese favor de regalarte todo el dinero de ese iva de esa factura pues adelante, de lo contrario no dudes que enviara los datos a hacienda, por el simple interes economico que le representa, asi que indirectamente esta dando el chivatazo.

Eso está claro, pero según me han dicho varios asesores, llegados al punto de que te sancionen por no estar dado de alta en autónomos ganando menos del SMI el juez que lleva la reclamación suele fallar a favor del trabajador ya que aunque no está escrito (vacío legal) toma como "habitual" el SMI. Además, si estás declarando los ingresos y pagando el IVA correspondiente hay indicios de "buena fe". Por eso no suelen perseguirse estos casos, se consumen recursos y es difícil que el denunciado termine pagando (rápido).

De todas formas, lo que dices de que la empresa paga y tal, hay que diferenciar entre la Seguridad Social (Autónomos) y la Agencia Tributaria (IVA, etc). Varias veces he ido a la Agencia Tributaria para preguntar si me tengo que dar de alta de autónomo y me han dicho que eso a ellos no les importa, que ellos lo que buscan es que pagues impuestos y que el tema de la cuota de autónomo lo llevan los de la Seguridad Social y no ellos.
 
Cuando alguien dicce que si una cantidad u otra hacerse o no autonomo, lo que os estan diciendo es que os sera o no rentable hacerlo, pero la obligacion es si ganas 1 centimo declararlo y obviamente pagar tu seguridad social por desarrollar una actividad economica.

Luego que lo quieres hacer o no ya tu mismo, que te sea rentable o no, tu mismo, que si crees que la empresa que te factura no va a entregar la contabilidad a hacienda? hombre si es tu amigo intimo y te hace ese favor de regalarte todo el dinero de ese iva de esa factura pues adelante, de lo contrario no dudes que enviara los datos a hacienda, por el simple interes economico que le representa, asi que indirectamente esta dando el chivatazo.

Esto no es exáctamente así. Una cosa es tu obligación frente Hacienda y otra tu obligación frente a la Seguridad Social.

Hacienda te obliga a que declares cualquier ingreso que obtengas y para eso te va a exigir que te des de alta en el IAE (unos 70 euros al año creo)... pero si ganas 200 euros al mes, por ejemplo, no creo que haga nada.

La obligación con la Seguridad Social (hacerte autónomo) consiste en que si tienes unos ingresos considerados como habituales y que constituyen tu principal fuente de ingresos entonces tienes que hacerte autónomo. Esto da lugar a muchas interpretaciones y existe una ley no escrita pero que existe jurisprudencia al respecto que establece en el SMI todo ese rollo de ingresos considerados como importantes.

[MENTION=23917]egnaro[/MENTION] el modelo 349 solo se puede hacer vía online y no cuesta nada darte de alta como operador intracomunitario

En cuanto a la declaración trimestral de IVA es un modelo (no recuerdo cual) que tiene varios apartados. En uno ingresos (operaciones intracomunitarias) y en otro deducciones por IVA. En las deducciones por IVA no pones nada por tus ingresos adsense.
 
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Eres tu el que le factura a adsense por tu trabajo y tu trabajo lo realizas en España, y en España todo lleva IVA.

Por cierto no olvides date de alta en operaciones intracomunitarias, adsense tiene su sede si no recuerdo mal en Irlanda (fuera de España)

va a ser que no
 
Gracias por tus aclaraciones. Este mes me pongo al día con esto.
 
Amigo, ten cuidado con lo que dices, cuando le dices a la gente "no creo que haga nada" le estas dando a entender a la gente que es reducido el riesgo y nada es mas lejano de la realidad, es tan simple como que la empresa que te factura indica a quien le pago el iva asi que es radicalmente imposible no ser detectado. Tu mismo has dicho las obligaciones fiscales que tenemos "obligaciones". Cada vez que alguien habla de cantidades con las que declarar o no, yo tiemblo, es una obligacion pagar no una decision de si uno gana mas o menos, no se trata de si se molestaran o no en citarte se trata simple y llanamente de hacerlo o ser citado.

Incluso diria mas es mucho mas idiota defraudar por poca cantidad que por mucha, la razon es que la apertura de una citacion tiene unos costes fijos (aparte por supuesto del interes) y esta apertura de expediente resulta de idiotas pagarla por una cantidad incluso inferior defraudada que los simples costes de la apertura.



Esto no es exáctamente así. Una cosa es tu obligación frente Hacienda y otra tu obligación frente a la Seguridad Social.

Hacienda te obliga a que declares cualquier ingreso que obtengas y para eso te va a exigir que te des de alta en el IAE (unos 70 euros al año creo)... pero si ganas 200 euros al mes, por ejemplo, no creo que haga nada.

La obligación con la Seguridad Social (hacerte autónomo) consiste en que si tienes unos ingresos considerados como habituales y que constituyen tu principal fuente de ingresos entonces tienes que hacerte autónomo. Esto da lugar a muchas interpretaciones y existe una ley no escrita pero que existe jurisprudencia al respecto que establece en el SMI todo ese rollo de ingresos considerados como importantes.

[MENTION=23917]egnaro[/MENTION] el modelo 349 solo se puede hacer vía online y no cuesta nada darte de alta como operador intracomunitario

En cuanto a la declaración trimestral de IVA es un modelo (no recuerdo cual) que tiene varios apartados. En uno ingresos (operaciones intracomunitarias) y en otro deducciones por IVA. En las deducciones por IVA no pones nada por tus ingresos adsense.
 
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