Hola Panamericano,
respuesta " corta", yo te la puedo responder;
Si tu objetivo es “evitar el 30%”, la respuesta honesta es: a veces sí, pero no por crear la LLC sin más. Si el pago está correctamente estructurado y el tipo de ingreso no cae en retención obligatoria, puedes reducir o evitar la retención; si el ingreso sí está sujeto y no hay tratado aplicable, la LLC no te salva.
En una frase: la LLC ayuda a operar mejor, pero no es un atajo fiscal automático contra la retención de EE. UU.
Antes de mover nada, revisa estos 3 puntos:
Quién es el titular real del canal/cuenta de cobro, qué formulario fiscal está registrado en Google/Meta, y si el ingreso es monetización por contenido, servicios, publicidad o regalías, porque el tratamiento puede cambiar, he supùesto tu caso porque veo la Bandera de Ecuador. =) tu pregunta por el ; W-8, 1042-S y retención del 30%.