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Muy buenos días, llevo algunos meses investigando sobre el pago de impuestos en Perú. La SUNAT viene con fuerza en este 2020 y aquí algunos pasos para formalizarse y pagar impuestos por los ingresos que generes por tus bloques de anuncios adsense, ingresos de facebook, videos de YouTube y más. Antes de empezar, aclaro que SUNAT ha puesto a todos en el mismo saco, bajo el nombre de "influencers".
Al final de este post colocaré mis fuentes de referencia. Te invito a dejar tus comentarios en este post, pero con fuentes de referencia, no se vale soltar cualquier comentario al azar sin fuente. Mucho menos se vale decir: "yo tengo un amigo que es contador, dice que Google paga impuestos en áfrica, yo no pago nada". Solo fuentes que se puedan referenciar por favor.
Pasos para formalizarse:
1) Sacar tu RUC. Acércate a un centro de atención de SUNAT y solicita tu RUC. Inscríbete en el régimen de TERCERA CATEGORÍA. Puedes inscribirte como personal natural con negocio. También está la opción de constituir una empresa (persona jurídica).
2) Luego de inscribirte en tercera categoría, puedes inscribirte en el régimen MYPE Tributario para obtener beneficios. El monto del impuesto a la renta se calcula así:
- 10% por las primeras 15 UIT.
- 29.5% por el exceso de las 15 UIT. Ojo: EXCESO, es decir, lo que está por encima de las 15 UIT.
* 1 UIT en el año 2022 equivale a S/ 4600.
3) Deberás comprar en la librería los libros contables, legalizarlos en el notario y entregarlos a tu contador. En el régimen MYPE tributario los libros contables son:
- Registro de compras.
- Registro de ventas.
- Libro diario de formato simplificado.
* Aquí es mejor contratar un contador que te ayude. Si es jovencito, mucho mejor, para que entienda del business.
4) Listo, es momento de empezar a emitir boletas a Google, a Facebook y demás.
Preguntas relevantes
5) Los canjes también los debes facturar. ¿Te envían un celular por canje? Factura. ¿Te mandan una laptop para unboxing? Factura. ¿Respiras? Factura.
6) ¿Se debe pagar IGV o es una exportación de servicios exenta del IGV? Pues las 2 cosas. Pongo el siguiente caso, el mes pasado ganaste $1000 dólares de Adsense, ves en tu analytics que $300 vienen de Perú y los $700 restantes del extranjero, entonces haces 2 boletas:
- 1 boleta por $300 dólares con IGV a nombre de Google LLC (ingresos de Perú, se paga IGV).
- 1 boleta por $700 dólares por exportación de servicios sin IGV a nombre de Google LLC (ingresos del extranjero, no se paga IGV).
Una locura.
Preguntas frecuentes:
a) ¿No puedo solamente emitir recibo por honarios (renta de cuarta categoría)?
- De acuerdo a SUNAT, el influencer que ya vive de esto, como muchos de Forobeta, usa equipos, tiene un estudio, tiene todo un montaje, por ello, no es recibo por honorarios. Es tercera categoría.
b) ¿Puedo estar en primera categoría o en el RUS?
- Nicaragua, la SUNAT lo dijo fuerte y claro en su Facebook: los influencers son tercera categoría, no insista joven. Abajo está el post para que mandes un saludo a toda su familia del jefe de SUNAT o hagas alguna pregunta que consideres necesaria.
c) Yo soy un niño rata y no quiero pagar nada porque la vecina que tiene una bodega me ha dicho que no pague, ¿tengo que pagar?
- Haz lo que quieras, es tu vida.
d) ¿Realmente me va ampayar la SUNAT?
- Si tu ganas buenas cifras, tarde o temprano te van a ampayar. Vamos que si estás ganando 5 dólares al mes con Adsense, no te preocupes.
e) ¿No me crees? Está bien, siempre es mejor averiguar por cuenta propia, escribe al chat de la SUNAT:
f) ¿Voy a pagar impuestos para que se lo robe el alcalde?
- Shi.
g) ¿Cómo me va a ampayar la SUNAT?
- Esa está fácil, te ampayan por el ITF. Si no quieres pagar ITF, puedes abrir una cuenta en otro país. Igual cuando traigas el dinero y lo lleves al banco, también pagarás ITF.
Fuentes de referencia:
- Documento de SUNAT con los detalles: https://www.sunat.gob.pe/legislacion/oficios/2022/informe-oficios/i044-2022-7T0000.pdf
- Régimen MYPE tributario: http://orientacion.sunat.gob.pe/ind...mype-tributario/6825-01-personas-comprendidas
- Link de evento: https://diariocorreo.pe/economia/su...-nuestro-pais-partir-del-2020-918439/?ref=dcr
- Link de SUNAT donde aclara que es tercera categoría:
Al final de este post colocaré mis fuentes de referencia. Te invito a dejar tus comentarios en este post, pero con fuentes de referencia, no se vale soltar cualquier comentario al azar sin fuente. Mucho menos se vale decir: "yo tengo un amigo que es contador, dice que Google paga impuestos en áfrica, yo no pago nada". Solo fuentes que se puedan referenciar por favor.
Pasos para formalizarse:
1) Sacar tu RUC. Acércate a un centro de atención de SUNAT y solicita tu RUC. Inscríbete en el régimen de TERCERA CATEGORÍA. Puedes inscribirte como personal natural con negocio. También está la opción de constituir una empresa (persona jurídica).
2) Luego de inscribirte en tercera categoría, puedes inscribirte en el régimen MYPE Tributario para obtener beneficios. El monto del impuesto a la renta se calcula así:
- 10% por las primeras 15 UIT.
- 29.5% por el exceso de las 15 UIT. Ojo: EXCESO, es decir, lo que está por encima de las 15 UIT.
* 1 UIT en el año 2022 equivale a S/ 4600.
3) Deberás comprar en la librería los libros contables, legalizarlos en el notario y entregarlos a tu contador. En el régimen MYPE tributario los libros contables son:
- Registro de compras.
- Registro de ventas.
- Libro diario de formato simplificado.
* Aquí es mejor contratar un contador que te ayude. Si es jovencito, mucho mejor, para que entienda del business.
4) Listo, es momento de empezar a emitir boletas a Google, a Facebook y demás.
Preguntas relevantes
5) Los canjes también los debes facturar. ¿Te envían un celular por canje? Factura. ¿Te mandan una laptop para unboxing? Factura. ¿Respiras? Factura.
6) ¿Se debe pagar IGV o es una exportación de servicios exenta del IGV? Pues las 2 cosas. Pongo el siguiente caso, el mes pasado ganaste $1000 dólares de Adsense, ves en tu analytics que $300 vienen de Perú y los $700 restantes del extranjero, entonces haces 2 boletas:
- 1 boleta por $300 dólares con IGV a nombre de Google LLC (ingresos de Perú, se paga IGV).
- 1 boleta por $700 dólares por exportación de servicios sin IGV a nombre de Google LLC (ingresos del extranjero, no se paga IGV).
Una locura.
Preguntas frecuentes:
a) ¿No puedo solamente emitir recibo por honarios (renta de cuarta categoría)?
- De acuerdo a SUNAT, el influencer que ya vive de esto, como muchos de Forobeta, usa equipos, tiene un estudio, tiene todo un montaje, por ello, no es recibo por honorarios. Es tercera categoría.
b) ¿Puedo estar en primera categoría o en el RUS?
- Nicaragua, la SUNAT lo dijo fuerte y claro en su Facebook: los influencers son tercera categoría, no insista joven. Abajo está el post para que mandes un saludo a toda su familia del jefe de SUNAT o hagas alguna pregunta que consideres necesaria.
c) Yo soy un niño rata y no quiero pagar nada porque la vecina que tiene una bodega me ha dicho que no pague, ¿tengo que pagar?
- Haz lo que quieras, es tu vida.
d) ¿Realmente me va ampayar la SUNAT?
- Si tu ganas buenas cifras, tarde o temprano te van a ampayar. Vamos que si estás ganando 5 dólares al mes con Adsense, no te preocupes.
e) ¿No me crees? Está bien, siempre es mejor averiguar por cuenta propia, escribe al chat de la SUNAT:
Contáctenos - Chat, asistencia informática
sunatchat.sunat.gob.pe
f) ¿Voy a pagar impuestos para que se lo robe el alcalde?
- Shi.
g) ¿Cómo me va a ampayar la SUNAT?
- Esa está fácil, te ampayan por el ITF. Si no quieres pagar ITF, puedes abrir una cuenta en otro país. Igual cuando traigas el dinero y lo lleves al banco, también pagarás ITF.
Fuentes de referencia:
- Documento de SUNAT con los detalles: https://www.sunat.gob.pe/legislacion/oficios/2022/informe-oficios/i044-2022-7T0000.pdf
- Régimen MYPE tributario: http://orientacion.sunat.gob.pe/ind...mype-tributario/6825-01-personas-comprendidas
- Link de evento: https://diariocorreo.pe/economia/su...-nuestro-pais-partir-del-2020-918439/?ref=dcr
- Link de SUNAT donde aclara que es tercera categoría:
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