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No podía estar más en desacuerdo.
La legislación de la Seguridad Social establece como norma que estás obligado a darte de alta en autónomos si realizas de forma habitual, personal y directa una actividad económica a título lucrativo, sin sujeción a contrato de trabajo y aunque utilices el servicio remunerado de otras personas, seas o no titular de empresa individual o familiar.
Ponte en la situación de que tienes una tienda online y vendes algo en Irlanda. Por el hecho de que te paguen desde ahí dejarías de declararlo?
Precisamente en mi trabajo vino una chica que recibió un requerimiento dónde se le exigía el alta de autónomos del último año y medio creo recordar y pocos meses llegaba a 200€ de ingresos. Una cosa es que suelan no darse cuenta o incluso hagan a veces la vista gorda, pero obligado estás.
La legislación de la Seguridad Social establece como norma que estás obligado a darte de alta en autónomos si realizas de forma habitual, personal y directa una actividad económica a título lucrativo, sin sujeción a contrato de trabajo y aunque utilices el servicio remunerado de otras personas, seas o no titular de empresa individual o familiar.
Ponte en la situación de que tienes una tienda online y vendes algo en Irlanda. Por el hecho de que te paguen desde ahí dejarías de declararlo?
Precisamente en mi trabajo vino una chica que recibió un requerimiento dónde se le exigía el alta de autónomos del último año y medio creo recordar y pocos meses llegaba a 200€ de ingresos. Una cosa es que suelan no darse cuenta o incluso hagan a veces la vista gorda, pero obligado estás.
Esto es muy sencillo:
A) Adsense no realiza los pagos en España, sino en Irlanda
B) Si solo tienes a un pagador registrado, este mismo puede ingresarte hasta 8,000 euros anuales, simplemente tendrías que declarar ese dinero si SUPERASE EL IMPORTE o en caso que EXISTIESE OTRO PAGADOR.
C) Como la sede de pagos se procesa en Irlanda, los ingresos de Adsense son como los que te puede ingresar un FAMILIAR, por lo que solo DECLARAS si superas una cantidad alta de dinero anual.
Si cobran menos de 8,000 euros anuales NO tienen porque preocuparse. Si los superan, simplemente declara ese ingreso. ¡¡NO ES NECESARIO DARTE ALTA COMO AUTÓNOMO EN ESTE CASO!!