Guía para pagar impuestos de Adsense en España: Autónomos y empresas

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No podía estar más en desacuerdo.

La legislación de la Seguridad Social establece como norma que estás obligado a darte de alta en autónomos si realizas de forma habitual, personal y directa una actividad económica a título lucrativo, sin sujeción a contrato de trabajo y aunque utilices el servicio remunerado de otras personas, seas o no titular de empresa individual o familiar.

Ponte en la situación de que tienes una tienda online y vendes algo en Irlanda. Por el hecho de que te paguen desde ahí dejarías de declararlo?

Precisamente en mi trabajo vino una chica que recibió un requerimiento dónde se le exigía el alta de autónomos del último año y medio creo recordar y pocos meses llegaba a 200€ de ingresos. Una cosa es que suelan no darse cuenta o incluso hagan a veces la vista gorda, pero obligado estás.


Esto es muy sencillo:

A) Adsense no realiza los pagos en España, sino en Irlanda
B) Si solo tienes a un pagador registrado, este mismo puede ingresarte hasta 8,000 euros anuales, simplemente tendrías que declarar ese dinero si SUPERASE EL IMPORTE o en caso que EXISTIESE OTRO PAGADOR.
C) Como la sede de pagos se procesa en Irlanda, los ingresos de Adsense son como los que te puede ingresar un FAMILIAR, por lo que solo DECLARAS si superas una cantidad alta de dinero anual.

Si cobran menos de 8,000 euros anuales NO tienen porque preocuparse. Si los superan, simplemente declara ese ingreso. ¡¡NO ES NECESARIO DARTE ALTA COMO AUTÓNOMO EN ESTE CASO!!
 
Esto es muy sencillo:

A) Adsense no realiza los pagos en España, sino en Irlanda
B) Si solo tienes a un pagador registrado, este mismo puede ingresarte hasta 8,000 euros anuales, simplemente tendrías que declarar ese dinero si SUPERASE EL IMPORTE o en caso que EXISTIESE OTRO PAGADOR.
C) Como la sede de pagos se procesa en Irlanda, los ingresos de Adsense son como los que te puede ingresar un FAMILIAR, por lo que solo DECLARAS si superas una cantidad alta de dinero anual.

Si cobran menos de 8,000 euros anuales NO tienen porque preocuparse. Si los superan, simplemente declara ese ingreso. ¡¡NO ES NECESARIO DARTE ALTA COMO AUTÓNOMO EN ESTE CASO!!

¿Esto te lo ha dicho un gestor? Pues no tengo entendido lo mismo y como somos vecinos, podría acercarme a ver qué dice :ambivalence:
 
¿Esto te lo ha dicho un gestor? Pues no tengo entendido lo mismo y como somos vecinos, podría acercarme a ver qué dice :ambivalence:

Esta información me la dieron en el Banco que frecuento, puedes informarte y me cuentas :encouragement:😛irate:
 
estas obligado a darte de alta desde el primer euro que ganes en cualquier trabajo .... Ahora bien, al emitir el pago desde google irlanda la unica diferencia es que no tienes que la factura que emitas a google no debe llevar iva. Por lo demas debes realizar declaraciones trimestrales y anuales.

Lo que te refieres es al minimo del salario interprofesional que esta rondando para españa los 600 euros, pero esto es un mito ya que si quieren desde hacienda te puede joder igual.

Ahora bien, para poder hacer facturas debes de estar dado de alta en la seguridad social y en hacienda, son dos cosas diferentes.

Las multas son cuantiosas:

1.- Por no estar de autonomo entre 300 y 3000 euros + del pago de las cuotas no abonadas durante el período objeto de la sanción.
2.- Multa con un 20% al 35% sobre el primer importe de cuotas pendientes por retraso
3.- Multas por el iva no pagado

.... etc... jeje si quieres ganar con internet en españa PAGAS O PAGAS y no den mas vueltas, sino conviene simplemente no trabajar en esto
 
Última edición:
a Google se le tiene que enviar factura?
ahora me he perdido
😱
 
Buenas después de mucho googlear quería compartir esta entrada de un blog donde aclara muchas de las dudas que todos tenemos.

En el texto siempre habla de como primer paso darse de alta en el Impuesto de Actividades Económicas (IAE) y como conclusiones citó:

  • ¿Qué hacer en el caso de ingresos pequeños con los que no sale a cuenta pagar la cuota de autónomos? Pues sinceramente si nos quedamos por debajo de los 3.000 euros anuales ya comentados resulta extremadamente difícil que la Seguridad Social nos vaya a descubrir. A buen entendedor...

  • ¿Y si estamos por encima de los 3.000 pero por debajo del SMI? Hacienda lo sabrá a través del 347, pero como los cruces de datos entre organismos a veces van y a veces no, esto no significa que automáticamente la Seguridad Social también esté informada. En caso de problemas podríamos alegar el tema ya comentado de no habitualidad en función de esos ingresos, pero como ya he dicho es una tesis controvertida y además hay que recordar que con la administración el procedimiento habitual suele ser del tipo te inspecciono, te sanciono, paga y luego ya vas reclamando. Tu verás...

  • ¿Y si acumulo los pagos una vez al año (opción posible en Adsense) y me doy de alta como autónomo sólo ese mes? Pues también es peligroso. Una cosa es que Google permita esa opción a nivel puramente financiero, pero en cualquier caso los importes se generan mes a mes, con lo que me parece muy difícil de defender en caso de inspección.

La entrada completa se puede leer en:
Cómo declarar los ingresos de Google Adesene

Creo que se trata de información bastante útil y no muy antigua 1/10/14. Echarle un ojo y comentamos

Saludos!
 
Última edición:
Buenas,

Tema muy interesante, en el que me gustaría realizar alguna puntualización para tratar de dar una imagen global en base a mi experiencia personal y profesional.

Lo primero que hay que tener claro es que con la ley en la mano a ojos de:

SEGURIDAD SOCIAL – Debes de estar dado de alto desde el primer minuto que realices una actividad, ingreses o no ingreses
HACIENDA – Debes de declarar los rendimientos que obtengas desde el primer al último euro.

Por tanto, bajo un prisma estrictamente legal, desde que se inicia una web deberíamos de darnos de alta de autónomos. De aquí en adelante, todo lo que se diga es opinión y opinable, pero la realidad es esta.

Entonces os preguntaréis ¿tengo que darme de alta de autónomo?

Y ahora lo siguiente tomadlo como una opinión basada en mi experiencia. Mi respuesta es que depende de tu nivel de ingresos, pero siempre asumiendo que fuera de la legalidad existe un riesgo de que te inspeccionen y te multen. Ahora bien, ese riesgo no es el mismo siempre. Yo establezco 3 niveles bien diferenciados:

1. Ingresos anuales hasta 3.200 € - Riesgo bajo o muy bajo. ¿Por qué 3.200 €? Es lo que si fueras autónomo deberías pagar aproximadamente de manera anual a la Seguridad Social (exceptuando los 18 primeros meses donde la cuota es menor). Vamos, que tus primeros 3.200 € los trabajas para el Estado. Un completo absurdo legal y difícilmente justificable que Hacienda comience a sancionar a gente con este nivel de ingresos.
2. Ingresos anuales desde 3.200 € hasta X – Riesgo medio. Pongámonos en la situación de que generamos más de 3.200 e al año y no somos autónomos ¿cómo nos puede pillar Hacienda? Nada que ver con el modelo 347, que simplemente deberíamos rellenarlo con los clientes a los que hemos facturado más de 3.000 € en un ejercicio, pero SI SOMOS AUTÓNOMOS, que no es el caso. Por tanto, por el modelo 347 no nos van a pillar, porque no lo vamos a rellenar. Entonces, ¿no nos pueden pillar? Pues me temo que sí, pero lo harán a través de nuestra entidad bancaria que está obligada a pasar información a Hacienda de transferencias recibidas de un mismo emisor a partir de cierta cantidad X. Y digo X, porque no está claro cuánto es. En el mismo hilo unos mensajes más arriba un usuario habla que su banco ha cifrado en 8.000 € esa cantidad. Puede ser plausible, pero ojo, que hay más de una Hacienda en España y no pondría la mano en el fuego por esa cifra en todos los casos. Yo, por ejemplo, soy de Navarra y aquí tengo entendido que son 5.000 €. Como no tengo del todo claro cuál es exactamente esa cantidad pongo X. Lo mejor es que consultéis a una persona que trabaje en banca con cierto nivel y que sea de vuestra confianza. No le preguntéis al primer cajero, porque o no os va a saber contestar, o peor, no os lo va a decir bien, creedme que he trabajado en banca y sé lo que hay.
3. Ingresos anuales por encima de X – Te van a pillar. Hacienda tiene tus datos a través del banco. Ese ejercicio te meterán la cifra dentro de tu base imponible y pagarás, pero ya has despertado sospechas y tarde o temprano te va a caer una inspección; y recuerda que tus últimos 4 ejercicios fiscales están abiertos a inspección. Ya dependes de la suerte y de cómo se levante el inspector de turno de la cama.

A modo de conclusión, decir que no he conocido todavía a ningún blogger o youtuber al que hayan sancionado por este asunto. Ahora bien, los que conozco con un nivel de ingresos importante, o están regularizados, o han realizado alguna estratagema fiscal para ocultar sus ingresos, algo que no os recomiendo, porque Hacienda no te pilla nunca, pero basta que te pille un único día para dejarte temblando.

Espero haber ayudado a alguien a aclarar su situación.

Saludos
 
Buen aporte.

Está claro que aquí en España nos sangran por todos los lados. Pongamos un ejemplo con cuentas a groso modo.
Una persona que gane 1000 Euros al mes como autónomo. Paga el 21% de irpf, osea que se queda con 200 Euros y a ti te quedan 800. Pagas 250 de autónomo y te quedan 550 Euros y ahora, cada vez que compres algo, estás pagando de iva otro 21, con lo que al final, para tener 350 Euros, has tenido que ganar 1000 Euros.

De todas formas, ahora con el tema de la cuota reducida a 50 Euros al mes durante 6 meses y después suba. Más el 9% que te retienen durante 3 años, yo recomendaría si se tienen unos ingresos más o menos, que se dieran de alta y no tener problemas.

Después podemos desgravar cosas como el hosting, otros gastos, luz, teléfono, Internet, móvil y hasta el sitio que ocupas en tu casa.

Saludos.
 
[MENTION=114485]Jebu[/MENTION] , para ser tu primer mensaje en Forobeta no está mal. Un comentario de excelente calidad.

Lo que más me ha llamado la atención es que eres de Navarra. Yo soy de Pamplona así que te paso mi Skype por MP por si quieres que compartamos experiencias.
 
Gracias por los comentarios. Contestaré al privado.
Soy aficionado al blogging y me he aprovechado de mucha información de forobeta, así que al menos esta es una forma de devolver algo a la comunidad sobre un tema que controlo más.

Dejo un par de puntualizaciones.

Realmente no es que se pague un 21% o 20% de IRPF. Lo que ocurre es que Hacienda trimestralmente te exige, por decirlo de una forma que nos enteremos todos, un pago por adelantado del IRPF y que se estima como ese porcentaje de tu beneficio bruto trimestral calculado como facturas de ingresos (sin IVA) – facturas de gastos (sin IVA). Pero para saber realmente lo que debes pagar por IRPF al año debes hacer es una estimación de tu declaración anual de IRPF, y ojo que dependiendo de tu situación personal, tu declaración puede variar mucho de lo que hayas pagado por adelantado, tanto a favor como en contra. Tened en cuenta que puede que ya tengas ingresos y que por tanto el tipo que pagues por los ingresos de tu web sea mayor, puede que tengas hijos, además que hay que tener en cuenta que los tipos de IRPF varían entre las distintas comunidades… Vamos un porro, pero os recomendaría que si vais a dedicaros a esto, lo tuvierais más o menos claro, porque el coste fiscal va a ser el mayor coste de vuestro negocio.

Para dejar una referencia clara, una persona en Madrid, sin hijos, ni ingresos adicionales y con una web que genere un beneficio neto de 1.000 € al mes, si se convierte en autónomo le quedarían limpios al mes, con los tipos de 2015, aproximadamente 790 € el primer año, 685 € el segundo y 650€ los sucesivos.

Como comentas uno de los temas más atractivos de convertirse en autónomo es poder desgravarse gastos. Pero cuidado, tenedlos siempre muy justificados y que sean estrictamente afectos a la actividad. Cuidado con los coches, gasolina, alquileres de tu propia vivienda etc y sobre todo si vuestra mayor fuente de ingresos proviene de Adsense. Ya que la facturación a Adsense al hacerse a Irlanda no lleva IVA lo que hace que sea bastante normal el que en lugar de pagar a Hacienda, Hacienda deba devolverte el dinero pagado por IVA. Y eso es algo que no le suele gustar mucho y por lo que si ocurre recurrentemente te caerá una inspección. No es grave, pero eso te obliga a llevarlo todo muy muy clarito.

Por último, a Hacienda le gusta mucho cobrar, por eso te hace hacer declaraciones trimestrales, pero muy poco pagar. Lo digo, porque si te sale el IVA a devolver, Hacienda no paga al siguiente trimestre, si no que espera a la declaración de final de año, si sigue saliendo a devolver de manera anual, entonces ya si que te pagan, pero habiéndoselo tú solicitado con un impreso. Eso sí, pagan, pero cuando Dios les da a entender. Y esto difiere entre territorios.

Espero haber aportado algo.

Saludos,
 
Es decir, si en 6 meses llegas a esos 55.000€ de beneficio y te están quitando el 20%....vas a trabajar GRATIS todo lo que resta del año...ya que si tienes 55.000 en los 6 primeros meses (ya guardaditos) pues resulta que vas a tener que llegar a los 100.000€ para seguir con esos 55.000 guardados, ya que te quitarán un 47%....
 
Es decir, si en 6 meses llegas a esos 55.000€ de beneficio y te están quitando el 20%....vas a trabajar GRATIS todo lo que resta del año...ya que si tienes 55.000 en los 6 primeros meses (ya guardaditos) pues resulta que vas a tener que llegar a los 100.000€ para seguir con esos 55.000 guardados, ya que te quitarán un 47%....

No es así exactamente, pero se parece bastante a lo que dices, ya que no pagas el tipo marginal desde el primer euro si no que se escala y además hay unos mínimos exentos. Es difícil ser preciso porque estas tablas son diferentes por comunidades, pero grosso modo, una web que haya generado 100.000 € de beneficio en un año debería pagar sobre los 32.000 € de IRPF, sin embargo a lo largo del año habrá pagado por adelantado entre 21 y 24.000 € con lo que la declaración de la renta al año siguiente te va a salir a pagar un pastizal.

Hay que tener muy en cuenta esto, porque la gente cree erróneamente que con el pago trimestral ya está saldado con Hacienda y no es cierto. En la mayoría de los casos no habrá muchas diferencias, pero si se tiene éxito mucho cuidado!

Saludos

- - - Actualizado - - -

Por otro lado, hay un momento en el que haciendo las cosas bien, sale más rentable crear una empresa que facturar todo a través de autónomo.

Esto es porque el tipo de impuesto de sociedades que paga una empresa es del 25% desde el primero hasta el último euro, mientras que el tipo de IRPF por encima de 15-25.000 € se va por encima de ese 25%. Esto quiere decir que existe un nivel de beneficio a partir del cual sale más rentable crear una empresa y facturar tus actividades web a través de ella. Otra vez, la legislación española, tan sumamente caótica y descentralizada, no nos deja ser precisos al calcular ese punto ya que depende de la comunidad en la que residas, de tu situación familiar, si tienes otros rendimientos, etc, etc.

A modo de referencia, una persona sin hijos y con beneficios por encima de los 45-50 mil euros anuales, debería plantearse la creación de una empresa.

Para crear una empresa, la ley te exige que al menos uno de los socios sea autónomo. Por tanto hay que facturarle sus servicios al autónomo, que seríamos nosotros y facturaríamos a la empresa servicios, por ejemplo, de redacción. Para tratar de minimizar los impuestos, el sueldo a facturar a ese autónomo, debería ser igual a la cantidad que ese autónomo puede absorber en su IRPF para pagar menos de ese 25% que paga de impuesto la empresa.

Algunos diréis si esto no es como el caso Monedero y que por tanto es ilegal. Es cierto, pero hay una diferencia sustancial. Monedero creó una empresa como falso autónomo, ya que no tenía actividad si no que facturó por las horas de trabajo que realizó. En cambio una web o red de webs es distinto, ya que nosotros facturamos no por las horas de trabajo, si no en función de lo bien o mal que lo hagamos pues al final acabamos siendo un soporte publicitario y nuestros ingresos no tienen una relación directa con las horas que metemos. Este punto habría que confirmarlo con un asesor fiscal, pero desde mi punto de vista como ex-auditor contable es que es totalmente legal y no incurriríamos en delito fiscal alguno.

Espero haberme hecho entender.

Saludos!
 
Está todo muy aclarado, gracias por tomarte la molestia de explicarnos todo con detalle.

Saluods.
 
Si dispones de unas ganancias de 150 euros al mes por ejemplo y tienes que pagar 180 al mes de autónomos,¿Que sentido tiene?

La ley dice que tienes que darte de alta en el IRPF. Alta en actividades económicas.
Pero puedes hacerte exento de seguridad social comunicándole a la misma la situación particular y cuanto cobra.
Luego ella manda una carta y te dice si debes o No pagarlo.
Eso sirve para quien quiera no pagar la seguridad social porque no llega al mínimo y sin embargo quiere desgravarse la compra de equipo y servicios para la actividad. Además de que seria la forma legal.
 
¿Alguien conoce a alguien que cobrando adsense sin facturar hacienda le haya pillado?

Evidentemente no hablo de cantidades de miles de euros al mes y tal.

Por ahora no pero no es tanto el cobrar sino el gastarlo luego.
Ya que seria cantoso al ser en tarjeta.
 
Pero esto es absurdo para muchas personas, yo hay meses que he percibido 1000 eur y hay meses que no llego a los 300 , si tengo que pagar un autonomo de 350 pero que estupidez es esta ?
Que voy a pagar mas de lo que gano ?

Esque esto te da de pensar en la peor parte,osea dar por hecho una multa y pensar que seria mejor o peor. Por ejemplo, si yo un año percibo 11.000 eur y no los declaro que multa podria venirme ? gracias

Si estas cansado de tanta tontería ve a Londres. Allí se pagan 12£ al mes de autonomo.
Y un tanto por ciento de ganancias al año.
 
Gracias por los comentarios. Contestaré al privado.
Soy aficionado al blogging y me he aprovechado de mucha información de forobeta, así que al menos esta es una forma de devolver algo a la comunidad sobre un tema que controlo más.

Dejo un par de puntualizaciones.

Realmente no es que se pague un 21% o 20% de IRPF. Lo que ocurre es que Hacienda trimestralmente te exige, por decirlo de una forma que nos enteremos todos, un pago por adelantado del IRPF y que se estima como ese porcentaje de tu beneficio bruto trimestral calculado como facturas de ingresos (sin IVA) – facturas de gastos (sin IVA). Pero para saber realmente lo que debes pagar por IRPF al año debes hacer es una estimación de tu declaración anual de IRPF, y ojo que dependiendo de tu situación personal, tu declaración puede variar mucho de lo que hayas pagado por adelantado, tanto a favor como en contra. Tened en cuenta que puede que ya tengas ingresos y que por tanto el tipo que pagues por los ingresos de tu web sea mayor, puede que tengas hijos, además que hay que tener en cuenta que los tipos de IRPF varían entre las distintas comunidades… Vamos un porro, pero os recomendaría que si vais a dedicaros a esto, lo tuvierais más o menos claro, porque el coste fiscal va a ser el mayor coste de vuestro negocio.

Para dejar una referencia clara, una persona en Madrid, sin hijos, ni ingresos adicionales y con una web que genere un beneficio neto de 1.000 € al mes, si se convierte en autónomo le quedarían limpios al mes, con los tipos de 2015, aproximadamente 790 € el primer año, 685 € el segundo y 650€ los sucesivos.

Como comentas uno de los temas más atractivos de convertirse en autónomo es poder desgravarse gastos. Pero cuidado, tenedlos siempre muy justificados y que sean estrictamente afectos a la actividad. Cuidado con los coches, gasolina, alquileres de tu propia vivienda etc y sobre todo si vuestra mayor fuente de ingresos proviene de Adsense. Ya que la facturación a Adsense al hacerse a Irlanda no lleva IVA lo que hace que sea bastante normal el que en lugar de pagar a Hacienda, Hacienda deba devolverte el dinero pagado por IVA. Y eso es algo que no le suele gustar mucho y por lo que si ocurre recurrentemente te caerá una inspección. No es grave, pero eso te obliga a llevarlo todo muy muy clarito.

Por último, a Hacienda le gusta mucho cobrar, por eso te hace hacer declaraciones trimestrales, pero muy poco pagar. Lo digo, porque si te sale el IVA a devolver, Hacienda no paga al siguiente trimestre, si no que espera a la declaración de final de año, si sigue saliendo a devolver de manera anual, entonces ya si que te pagan, pero habiéndoselo tú solicitado con un impreso. Eso sí, pagan, pero cuando Dios les da a entender. Y esto difiere entre territorios.

Espero haber aportado algo.

Saludos,

Estoy de acuerdo.
Hacienda es rápida en cobrar pero no en devolver.
Debéis tener en cuenta que podáis sobrevivir sin lo que os quita Hacienda.
Respeto a los gasto lo mas sano es acudir a un asesor y que os controle que no y que si se puede meter como gasto.
Ya que sino os tocara devolver esos gastos. Aunque como autonomo es fácil hacerlo.

Quien pueda ya sabe donde esta Irlanda. O otros países.
Para quien no lo sepa Tailandia se a convertido en el país de los blogger ya que no cobra impuestos sobre esta actividad al hacerlo como empresa y la calidad de vida es buena. Los precios son ridículamente baratos. Ya que sale muy económico vivir y comer allí.

Aunque todo depende de cada uno.
Tal vez en España se viva muy bien pero para algunos no sea para vivir todo el año.
 
Estoy de acuerdo.
Hacienda es rápida en cobrar pero no en devolver.
Debéis tener en cuenta que podáis sobrevivir sin lo que os quita Hacienda.
Respeto a los gasto lo mas sano es acudir a un asesor y que os controle que no y que si se puede meter como gasto.
Ya que sino os tocara devolver esos gastos. Aunque como autonomo es fácil hacerlo.

Quien pueda ya sabe donde esta Irlanda. O otros países.
Para quien no lo sepa Tailandia se a convertido en el país de los blogger ya que no cobra impuestos sobre esta actividad al hacerlo como empresa y la calidad de vida es buena. Los precios son ridículamente baratos. Ya que sale muy económico vivir y comer allí.

Aunque todo depende de cada uno.
Tal vez en España se viva muy bien pero para algunos no sea para vivir todo el año.

Por aclarar. Hay países como Reino Unido que tienen opciones muy ventajosas y muchos sitios web ofrecen la posibilidad de crear desde España empresas de manera rápida y barata. Cuidado con estas opciones, siendo residente español existe la obligación de tributar en España, por lo que a menos que uno se traslade a Reino Unido, estamos en una situación irregular.

Me apunto lo de Thailandia, es un país que conozco y no está nada mal. Muy interesante lo que comentas, voy a indagar un poco más.

Saludos
 
Si Google informase de todas las operaciones yo pienso que en este hilo estaríamos todos investigados.

¿A alguien le han hecho una inspección de hacienda y no le coincide su modelo 349 con lo que dice que ha pagado Google? :greedy_dollars:
 

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