Guía para pagar impuestos de Adsense en España: Autónomos y empresas

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Lo que ahora haré es retener las ganancias en adsense varios meses y cuando tenga al menos 1800 hacerme autónomo y cobrarlo, o no sé. Se puede programar para que adsense te dé de 200 o los euros que quieras al mes creo, no? pero me da cosa porque una vez me hice autónomo hace más de un año y me di de baja hace poco, igual es sospechoso seguir cobrando misma fecha del mismo pagador.

Que hacienda va a por los que puede, los tontos, aunque ganen una miseria.
 
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Sí, en efecto, se puede retener el pago. Si acaso, es una opción para cuando lleguen tiempos mejores y puedas volver a ser autónomo.
 
Mira, la gestoría online que he contratado acaba de publicar un artículo que quizás sea de tu interés:

https://www.txerpa.com/blog/2016/04/26/debo-ser-autonomo-si-solo-quiero-emitir-una-factura/

Lo que ahora haré es retener las ganancias en adsense varios meses y cuando tenga al menos 1800 hacerme autónomo y cobrarlo, o no sé. Se puede programar para que adsense te dé de 200 o los euros que quieras al mes creo, no? pero me da cosa porque una vez me hice autónomo hace más de un año y me di de baja hace poco, igual es sospechoso seguir cobrando misma fecha del mismo pagador.

Que hacienda va a por los que puede, los tontos, aunque ganen una miseria.
 
Si cobro un mes 2500 euros de adsense, cuanto se lleva la Hacienda española ?
 
Si tus ganancias son de Adsense, y dado que no hay IVA, la media es del 20%. Dependería de tu situación personal. En todo caso, al hacer tu declaración de Hacienda anual ya te saldría a devolver o a pagar, eso dependería de tus ingresos durante un ejercicio fiscal.
 
Hay que tener en cuenta que existe el denominado mínimo del contribuyente (5.550€ anuales si mal no recuerdo) a efectos del IRPF (además de otros mínimos que en su caso sumarían, como el mínimo por descendientes, ascendientes o por discapacidad). Este es un mínimo existencial, por debajo de esa cantidad sale a pagar sí o sí 0€ (o quizás sale a devolver, en determinados casos, pero no a pagar).

La Agencia Tributaria no se preocupa de las cantidades por debajo de dicho mínimo porque no nos podrían cobrar nada (en un momento dado, cuando estas calculando la Declaración de la Renta, aplicas dicho mínimo y si se está por debajo no hay que pagar nada). El mínimo en cuestión lo tenéis en la Ley del IRPF, art. 57, por si tenéis curiosidad (y a continuación están los restantes mínimos).

Ahora bien, por encima de ese mínimo del contribuyente, siempre y cuando no se aplique otro mínimo, sí deberíamos preocuparnos, porque la Agencia Tributaria no te avisa de irregularidades justo después de cuando deberías haber pagado por ello, sino cuando se acerca la fecha de prescripción (en la práctica con el IRPF son entre 4 y 5 años, si te lo notifican a los 4 años tendrías que pagar lo que debiste pagar, más los intereses de demora por esos cuatro años, más recargos, e incluso una sanción).

Aparte, y corríjanme si me equivoco, que lo escribo de memoria, el IRPF está exento por debajo de 12.000€ anuales.

Otra cosa es la cuota de autónomos, pero la cuota de autónomos no es un tributo, un impuesto, por lo que no está sujeto a todo lo anterior [también, de memoria, recuerdo que hay sentencias del Tribunal Supremo en las que se establece la no obligación de pagar dicha cuota cuando se gana menos de lo que cuesta dicha cuota (algo lógico, no tiene sentido ganar 100€ y pagar 270 o los que sean de cuota de autónomos)].

Así que eso, hay que preocuparse de ganar una buena cantidad, y ya entonces tendremos nuestra cita con Hacienda :encouragement:
 
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Hola, muy buen hilo, he aprendido mucho

¿ Alguien ha tenido una inspección ? He leído que si pides el Intracomunitario te cae un inspección
 
Yo no he tenido ninguna. Supongo que sí sospecharán cuando se introducen demasiados gastos. En ese caso querrán comprobar si las facturas son reales.
 
Noticias frescas.

Hoy he recibido una carta de la Agencia Tributaria (España) y en ella se dice que yo he percibido cantidades por publicidad alojada en páginas webs :s

Mi padre falleció hace 1 año y medio y un colega me dijo que cuando uno cobra una herencia hacienda siempre hace una paralela o te investiga un poco, aprovechando que cobraste un buen dinero de herencia. Así que han visto un ingreso regular de los señores de Google Ireland.

Y me dicen que tengo que pagar la parte correspondiente de lo cobrado desde 2011 hasta 2015. O sea los último 5 años. (lo anterior preescribe).

Aquí hay dos cosas: una buena y otra mala:

- La mala: a pagar. Yo gano unos 50-100 al mes con google, así que tengo que pagar un 20%. Es un buen pico, pero en el fondo yo sé que eso podía pasar. Como hacienda me tenía que pagar este año 1500, aún voy a cobrar algo este año.

- LA buena: por fin respiro tranquilo. Ni alta de autónomos ni nada... Los he llamado y me han dicho que tengo que poner lo que he ganado en la casilla de "ingresos extraordinarios" y ya está. Ni autonomos ni nada. Que este tema de publicidad (ojo, me ha dicho los que ganamos poco en esto), cuando hagamos la declaración de la renta, pongamos lo ingresado y que calculemos que el 20% es lo que pagaremos.

Así que sabiendo esto, respiro tranquilo después de tantos años.

Simplemente iré arrinconando un 20% de lo que ingreso, para saber que es lo que tendré que pagar.

Los que ganéis poco, yo no haría nada. Si no os envían la carta, pues nada y si os la envían, pues os ponéis al día como yo.
 
Noticias frescas.

Hoy he recibido una carta de la Agencia Tributaria (España) y en ella se dice que yo he percibido cantidades por publicidad alojada en páginas webs :s

Mi padre falleció hace 1 año y medio y un colega me dijo que cuando uno cobra una herencia hacienda siempre hace una paralela o te investiga un poco, aprovechando que cobraste un buen dinero de herencia. Así que han visto un ingreso regular de los señores de Google Ireland.

Y me dicen que tengo que pagar la parte correspondiente de lo cobrado desde 2011 hasta 2015. O sea los último 5 años. (lo anterior preescribe).

Aquí hay dos cosas: una buena y otra mala:

- La mala: a pagar. Yo gano unos 50-100 al mes con google, así que tengo que pagar un 20%. Es un buen pico, pero en el fondo yo sé que eso podía pasar. Como hacienda me tenía que pagar este año 1500, aún voy a cobrar algo este año.

- LA buena: por fin respiro tranquilo. Ni alta de autónomos ni nada... Los he llamado y me han dicho que tengo que poner lo que he ganado en la casilla de "ingresos extraordinarios" y ya está. Ni autonomos ni nada. Que este tema de publicidad (ojo, me ha dicho los que ganamos poco en esto), cuando hagamos la declaración de la renta, pongamos lo ingresado y que calculemos que el 20% es lo que pagaremos.

Así que sabiendo esto, respiro tranquilo después de tantos años.

Simplemente iré arrinconando un 20% de lo que ingreso, para saber que es lo que tendré que pagar.

Los que ganéis poco, yo no haría nada. Si no os envían la carta, pues nada y si os la envían, pues os ponéis al día como yo.

Me ha ocurrido lo mismo, menuda gracia (pero no por una herencia, imagino que haya llegado a todos los que llevamos en este mundillo años). Lo que no sé si es por Adsense o por otra plataforma porque solo me han indicado hasta 2014 y todavía sigo teniendo movimientos.

:fatigue:
 
Hola compañeros!

Os dejo una duda que tengo desde hace tiempo y que a dia de hoy no he resuelto. Quizas se haya comentado en este mismo hilo, pero he ojeado bastantes paginas y no la he encontrado...!

La pregunta es la siguiente:

Que pasa cuando los ingresos de Adsense son un "extra" a tu sueldo? Es decir, en mi caso, yo estoy trabajando para una empresa como empleado, pagando IRPF y todo lo necesario en base a mi sueldo. Sin embargo, Adsense lo tengo como un ingreso extra mensual.

A dia de hoy, Adsense me supone unos 200€ mensuales extras. Nada del otro mundo, pero tengo dudas de cual es el limite para empezar a declarar esos ingresos, y como hacerlo.

Se puede ser autonomo y empleado a la vez? Debo crear una empresa en paralelo?

Saludos y gracias de antemano!
(Sorry si la pregunta ya esta respuesta)

Yo estoy en un caso similar, quiero tener un extra de dinero al mes con Adsense, pero no me atrevo por el tema de que te pidan ser autónomo y en vez de vivir un poco más desahogado de la mier** de salarios que pagan en España acabar encima pagando.
Me parece normal tener que pagar Hacienda, pero lo que no es normal es que no aclaren el tema de autónomos del todo y que acabes cobrando 100€ al mes de Adsense y pagando 270€ de autónomos.
Alguién le ocurre igual?? La solución es buscar otros medios de ingreso?? Alguna solución??
 
Yo soy autónomo, así que no te puedo decir nada al respecto, pero te pego un comentario de otro usuario del foro "Ni alta de autónomos ni nada... Los he llamado y me han dicho que tengo que poner lo que he ganado en la casilla de "ingresos extraordinarios" y ya está. Ni autonomos ni nada. Que este tema de publicidad (ojo, me ha dicho los que ganamos poco en esto), cuando hagamos la declaración de la renta, pongamos lo ingresado y que calculemos que el 20% es lo que pagaremos".
 
Necesito asesoramiento serio sobre este tema, vivo de adsense.


Hombre quizás la mejor forma de salir de dudas es acudir a una gestoría, que por una consulta no van a cobrarte nada y ellos mejor que nadie podrán responderte ya sean buenas noticias o malas noticias.

Hasta donde yo se si tienes trabajo en cualquier empresa lo que ganes de Adsense se consideraría un “extra” pero si vives solamente de Adsense ahí ya creo que es “obligatorio” hacerse autónomo y pagar creo que eran 250 euros o 270 como mencionan mas arriba todos los meses, es decir que o tus ganancias se irán solo por pagar el “derecho” a ser autónomo y te quedaras en 0, o peor aun tendrás que pagar mas de lo que ganes o si ganas 300 euros (por ejemplo)…netos solo se quedaran en 30 euros aproximadamente, si ganas mas pues compensa y estarás mas tranquilo por lo que pueda pasar.

Insisto en que solo es mi opinión y no hay que tomarlo al pie de la letra mejor acude a una gestoría que por una consulta no van a cobrarte nada por lo menos antes era así y te quedas mas tranquilo. :encouragement:

Saludos
 
Yo soy autónomo, así que no te puedo decir nada al respecto, pero te pego un comentario de otro usuario del foro "Ni alta de autónomos ni nada... Los he llamado y me han dicho que tengo que poner lo que he ganado en la casilla de "ingresos extraordinarios" y ya está. Ni autonomos ni nada. Que este tema de publicidad (ojo, me ha dicho los que ganamos poco en esto), cuando hagamos la declaración de la renta, pongamos lo ingresado y que calculemos que el 20% es lo que pagaremos".

Yo igual soy autómono y es lo mismo que recomiendo, si los ingresos son mínimos 200 hacia bajo. Si son más también se pueden mirar en una gestoría o unirse a cooperativa y declarar los ingresos a través de la cooperativa y evitas darte de alta como autónomos.
 
Necesito asesoramiento serio sobre este tema, vivo de adsense.

Buenas,

Yo el 80% de mis ingresos provienen de Adsense y al final tienes que acabar haciéndote autónomo. La clave está en qué nivel de ingresos debes de darte de alta, porque según la ley es desde el primer euro. Date cuenta que para emitir una factura debes de ser autónomo, pero con la fiscalidad actual hasta los 6.000 € anuales ni me lo planteaba. Obviamente, siempre se está en riesgo.

Un saludo
 
Hola, entonces en toda europa se paga impuestos por Adsense??
 
Hola, hasta hace poco generaba entre 70-100€ con adsense y no todos los meses seguidos pero el mes de septiembre generé mas de 300€ y este mes de octubre las previsiones seran el doble de las de septiembre llegando a superar el salario medio. Mis preguntas son:
Me doy de alta de autonomos y demas o como no voy a superar los 3000€ anuales a poco de terminar el año no hace falta?
En el caso de darme de alta, los ingresos de septiembre de adsense se cobran en octubre como ya sabeis, entonces se consideran ingresos de septiembre o de octubre al cobrarlos ese mes?
Y los ingresos por otra empresa de publicidad ingresados por paypal no es necesario declararlos o mejor dicho no estan controlados o si?

Gracias

Enviado desde Tapatalk
 
Hola, hasta hace poco generaba entre 70-100€ con adsense y no todos los meses seguidos pero el mes de septiembre generé mas de 300€ y este mes de octubre las previsiones seran el doble de las de septiembre llegando a superar el salario medio. Mis preguntas son:
Me doy de alta de autonomos y demas o como no voy a superar los 3000€ anuales a poco de terminar el año no hace falta?
En el caso de darme de alta, los ingresos de septiembre de adsense se cobran en octubre como ya sabeis, entonces se consideran ingresos de septiembre o de octubre al cobrarlos ese mes?
Y los ingresos por otra empresa de publicidad ingresados por paypal no es necesario declararlos o mejor dicho no estan controlados o si?

Gracias

Enviado desde Tapatalk

Alguno simplemente lo a metido en la declaración de la renta nada más.


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Hombre quizás la mejor forma de salir de dudas es acudir a una gestoría, que por una consulta no van a cobrarte nada y ellos mejor que nadie podrán responderte ya sean buenas noticias o malas noticias.

Hasta donde yo se si tienes trabajo en cualquier empresa lo que ganes de Adsense se consideraría un “extra” pero si vives solamente de Adsense ahí ya creo que es “obligatorio” hacerse autónomo y pagar creo que eran 250 euros o 270 como mencionan mas arriba todos los meses, es decir que o tus ganancias se irán solo por pagar el “derecho” a ser autónomo y te quedaras en 0, o peor aun tendrás que pagar mas de lo que ganes o si ganas 300 euros (por ejemplo)…netos solo se quedaran en 30 euros aproximadamente, si ganas mas pues compensa y estarás mas tranquilo por lo que pueda pasar.

Insisto en que solo es mi opinión y no hay que tomarlo al pie de la letra mejor acude a una gestoría que por una consulta no van a cobrarte nada por lo menos antes era así y te quedas mas tranquilo. :encouragement:

Saludos

Una cosa es el alta en Hacienda y otra el alta en la seguridad social.
La seguridad social dice que a partir del sueldo mínimo.
Hacienda pide darse de alta desde el primer día.
Otros te dicen que lo metas en la declaración y ya está.


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